A 85,4% aumenta respaldo al segundo retiro del 10% de las AFP, revela encuesta de Pulso Ciudadano

El proyecto de reforma constitucional que fue presentado por la diputada Pamela Jiles y los diputados Karim Bianchi y René Saffirio, busca permitir un segundo retiro del 10% de los fondos de las AFP para enfrentar las consecuencias de la pandemia.

Por Leonardo Buitrago

19/10/2020

Publicado en

Chile / Portada

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El apoyo al proyecto que propone un segundo retiro del 10% de los fondos AFP experimentó un alza en la más reciente encuesta de Pulso Ciudadano, correspondiente a la primera quincena de octubre, donde llegó al 85,4%.

Ante la consulta “¿Qué tan de acuerdo o en desacuerdo estás con este proyecto de ley para retirar otro 10% de los fondos de pensiones de las AFP?”, un 85,4% dice estar muy de acuerdo o de acuerdo, mientras que 6,6% sostuvo estar muy en desacuerdo o en desacuerdo con la iniciativa.

Por su parte, un 8% aseguró no estar ni de acuerdo, ni en desacuerdo

Desde que fue ingresado esta iniciativa en agosto pasado, el estudio ha registrado altos niveles de apoyo entre sus encuestados, recibiendo un 78,1% de respaldo en agosto y un 77,8% en septiembre.

El proyecto de reforma constitucional que fue presentado el pasado 25 de agosto por la diputada Pamela Jiles (PH) y los diputados Karim Bianchi y René Saffirio (independientes), busca permitir un segundo retiro del 10% de los fondos de las AFP para contrarrestar los problemas económicos causados por la pandemia del COVID-19.

La iniciativa pide que se agregue a la Constitución el siguiente párrafo: «Excepcionalmente, y para mitigar los efectos sociales derivados del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por calamidad pública decretado a causa del COVID-19, autorízase a los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, de forma voluntaria y de forma excepcional, a realizar un segundo retiro hasta el 10 por ciento de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias».

Concretamente, la modalidad se asemeja a la normativa que ya está vigente, y le permitiría a los afiliados:

Retirar un monto máximo de retiro el equivalente a 150 Unidades de Fomento y un mínimo de 35 Unidades de Fomento.

-En el evento de que el 10% de los fondos acumulados sea inferior a 35 Unidades de Fomento, el afiliado podrá retirar hasta dicho monto.

-En el caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a 35 Unidades de Fomento, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta.

Asimismo, plantea ciertas diferencias, como la obligatoriedad de retiro para deudores de pensión alimenticia, y que los montos estén libres de impuestos y otras retenciones.

«Los fondos retirados se considerarán extraordinariamente intangibles para todo efecto legal, y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, ni podrá rebajarse del monto ya decretado de la compensación económica en el juicio de divorcio, sin perjuicio de la retención, suspensión y embargabilidad por deudas originadas por obligaciones alimentarias», señala el proyecto.

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