Corte de Santiago ordena al Fisco indemnizar a hermanas de detenido desaparecido

Manuel Edgardo del Carmen Cortez Joo fue detenido en febrero de 1975, en la Región Metropolitana, fecha desde la que se desconoce su paradero y destino final.

Por Absalón Opazo

09/09/2020

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH

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La Corte de Apelaciones de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización de veinticinco millones de pesos a cada una las hermanas de Manuel Edgardo del Carmen Cortez Joo, detenido en febrero de 1975, en la Región Metropolitana, fecha desde la que se desconoce su paradero y destino final. 

En fallo unánime (causa rol 929-2020), la Sexta Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Jessica González, María Rosa Kittsteiner y Gloria Solís– revocó la sentencia impugnada, dictada por el 28° Juzgado Civil de Santiago, tras establecer que las demandantes deben ser indemnizadas por el daño moral provocado por agentes del Estado al secuestrar y hacer desaparecer a su hermano, actuar constitutivo de un crimen de lesa humanidad, imprescriptible en el ámbito penal y civil. 

«Que con el mérito de la prueba testimonial se tiene por acreditado en autos la existencia del daño moral padecido por las actoras a consecuencia del secuestro y desaparición de su hermano. Asimismo, se acreditan las consecuencias que ello ocasionó a la familia en general y a la vida de cada una de las hermanas de la víctima en particular».

«En efecto», agrega el fallo, «la familia se desintegró, las hermanas mayores debieron salir a exilio, la menor que se queda junto a sus padres debió soportar hostigamiento, cambio de casa y allanamientos, de todo lo cual es dable presumir el sufrimiento y aflicción emocional que ese actuar ilícito trajo a sus vidas, afectando su entorno, estabilidad emocional, familiar y social, circunstancias acreditadas con los antecedentes tenidos a la vista, padecimientos que se han extendido por años al desconocer el paradero y destino final de su hermano y que por supuesto dan cuenta del vínculo causal entre los hechos delictivos acreditados y el daño padecido por la familia del detenido desaparecido». 

Manuel Edgardo del Carmen Cortez Joo

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