Reflexiones en torno a la Ley de Violencia en los Estadios

Mi experiencia de más de 20 años como espectador del fútbol profesional en distintos estadios del país me ha permitido constatar que todos los incidentes delictuales o de violencia que se generan al interior de los estadios o en su entorno inmediato pueden ser tipificados (y por ende sancionados) dentro de la legislación común y […]

Por Francisco

04/04/2014

Publicado en

Chile / Deportes / Portada

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violenciaestadiosMi experiencia de más de 20 años como espectador del fútbol profesional en distintos estadios del país me ha permitido constatar que todos los incidentes delictuales o de violencia que se generan al interior de los estadios o en su entorno inmediato pueden ser tipificados (y por ende sancionados) dentro de la legislación común y corriente que rige la interacción social en cualquier espacio público: daños a la propiedad pública y privada, lesiones, robos, hurtos, porte de arma blanca, porte, consumo y tráfico de drogas, falsificación y reventa de entradas e incluso homicidios. Por el contrario, salvo algunos planchazos abiertamente criminales (como olvidar la dupla Meléndez-Sanhueza) y algunos cobros referiles que lindan en la estafa (Polic en Osorno, la mano de Bochardeau, el banderín que cae en el minuto 92, y un larguísimo etcétera), no recuerdo en ningún caso haber sido testigo presencial, ni haberme enterado a través de los medios de comunicación, de algún hecho que pudiera ser calificado como un delito específico del ámbito futbolístico.

En este sentido, es posible inferir que la alta frecuencia con que se registran estos hechos de violencia en los estadios tiene que ver, más que con elementos propios del fútbol, con la alta concentración y heterogeneidad de la población que concurre a los partidos. Del mismo modo, otros espacios sociales masivos, como los espectáculos artísticos, el transporte público, las protestas, e incluso las calles con alta afluencia de público representan también escenarios privilegiados para la comisión de delitos, sin que por ello se haya generado una legislación ad-hoc.

Ante esta argumentación, cobra fuerza la tesis planteada por el sociólogo Iñigo García en torno a que el surgimiento de la denominada “Ley de Violencia en los Estadios”, más que responder a una verdadera necesidad de generar un ordenamiento jurídico específico para el fútbol profesional, representa una reacción a la creciente presencia del tema en los medios de comunicación masivos durante la primera mitad de la década de los ’90.

(Cabe aquí reflexionar hasta qué punto esta misma lógica se encuentra detrás de numerosas iniciativas legales de connotación pública, como demuestran iniciativas como el “SERNAC financiero” o la regulación del lucro en la educación superior)

A partir del análisis de cifras de denuncias, procesados y condenados, el mentado artículo da cuenta también del escaso impacto real de la Ley de Violencia en los Estadios desde su entrada en vigencia. En un plano más simbólico, pueden detectarse también otros efectos indeseados de la aprobación de una Ley que recoge, y por ende legitima, el discurso mediático imperante en el período histórico señalado:

Por una parte, la Ley legitima el discurso que señala a las “barras” y/o “hinchas” como causantes de delitos. Ello supone una distinción entre los asistentes al estadio, considerados colectivamente como una amenaza al orden público, y el resto de la sociedad, que debe ser protegida de esta amenaza. Por el contrario, la legislación en ningún momento establece que la asistencia a espectáculos deportivos masivos constituya una actividad social positiva, lo que impide brindar una adecuada protección policial a aquellas personas que desean asistir a ellos en condiciones seguras. Desde una perspectiva más amplia, esto parece replicar lo que ocurre en otros ámbitos del quehacer nacional, donde no existe tampoco un reconocimiento legal y valoración de la participación social (por ejemplo, en marchas o manifestaciones).

Adicionalmente, al diluir el carácter individual de la responsabilidad por las acciones que cometen quienes asisten al estadio, la Ley termina por obstaculizar la identificación y sanción de los delincuentes, ya que estas acciones son cometidas por “las barras”. De este modo, contribuye a la sensación generalizada de impunidad e inseguridad de los restantes asistentes a los estadios, así como de los vecinos de estos recintos deportivos.

Por otra parte, una ley específica para la violencia en los estadios implica la identificación del fútbol profesional como un espacio que genera delitos y violencia, al tiempo que habilita a la fuerza policial a desplegar procedimientos represivos poco amigables con los asistentes. De esta manera, se activa un círculo vicioso que expulsa a aquellos asistentes que se sienten más amenazados por ambos tipos de violencia (delictual y policial), vale decir, los que comúnmente se identifican como “la familia”, acota el espectro de asistentes a aquellos más dispuestos a tolerar este tipo de hechos (los que tienen más “aguante”), y finalmente termina por transformar efectivamente a los estadios en espacios sociales de alta conflictividad, en una suerte de autoprofecía cumplida.

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