Cámara de Diputados

Presentan iniciativa para ampliar plazos de demandas por daño ambiental

En nuestro país se establece que una vez producido daño ambiental se debe dar la reparación del medioambiente dañado

Por CVN

26/12/2014

Publicado en

Chile / Medio Ambiente

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En nuestro país se establece que una vez producido daño ambiental se debe dar la reparación del medioambiente dañado.

La Ley 19.300 establece como daño ambiental “toda pérdida, disminución, detrimento o menoscabo significativo inferido al medioambiente o a uno o más de sus componentes. A su vez, la letra s) del mismo artículo define “reparación” como “la acción de reponer el medio ambiente o uno o más de sus componentes a una calidad similar a la que tenían con anterioridad al daño causado o, en caso de no ser ello posible, restablecer sus propiedades básicas”.

Para ello existe el procedimiento que contempla una etapa de discusión, de prueba y sentencia que a juicio de los legisladores debe tener un mayor plazo de análisis y reflexión más profundo y acabado.

El texto (boletín 9762), que fue presentado por los diputados UDI David Sandoval, Jaime Bellolio, Romilio Gutiérrez, Gustavo Hasbún, María José Hoffmann, Javier Macaya, Andrea Molina, Celso Morales, Ernesto Silva y Arturo Squella, pretende ampliar los plazos del procedimiento por daños ambientales para mejorar la calidad de los resultados sobre los procesos de constatación de la demanda, peritaje y medidas para mejor resolver.

El proyecto plantea:

– Ampliar de 15 días a 18 días la constatación de la demanda
– Ampliar de 15 a 12 días para la pericia
– Ampliar de 18 a 20 días las medidas para mejor resolver

La iniciativa ingresó a la Comisión de Medio Ambiente para su análisis y discusión.

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