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Víctor Pey y Fundación Presidente Allende demandan al Ministerio de Relaciones Exteriores por conflicto de interés con los árbitros del «Caso Clarín»

El Estado de Chile viene remunerando desde 2005 a la fecha a miembros de la oficina de abogados Essex Court Chambers, dos de los cuales son árbitros del CIADI en el "Caso Clarín". Por orden del 28º Juzgado de Garantía de Santiago, el 5 de septiembre el Ministerio de RREE debía exhibir esos pagos, pero no cumplió.

Por Absalón Opazo

09/09/2017

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Medios / Portada

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Foto: El Mostrador

Tras la negativa del Ministerio de Relaciones Exteriores de exhibir los pagos realizados por el Estado de Chile a la oficina de abogados Essex Court Chambers (ECC) de Londres, dos de cuyos miembros son árbitros del CIADI en el denominado «Caso Clarín», Víctor Pey, en conjunto con la Fundación Salvador Allende decidieron llevar a los Tribunales al Ministerio por este aparente conflicto de interés.

De acuerdo a un comunicado difundido por la parte querellante, el 28° Juzgado Civil de Santiago ordenó el 24 de julio de 2017 al Ministerio de Relaciones Exteriores que el 5 de septiembre exhibiera los pagos que el Estado de Chile ha efectuado, desde el 1 de enero del 2005 hasta la fecha, a la oficina de abogados Essex Court Chambers (E.C.C., de Londres), de la que dos de sus miembros (Sir Franklin Berman Q.C. et M. V.V. Veeder, Q.C.) son a su vez árbitros del Tribunal del CIADI en la fase actual del «caso Clarín» (Pey Casado y Fundación « Presidente Allende » c.la República de Chile, CasoARB/98/2, revisión, rectificación de errores materiales en el Laudo de 13 de septiembre de 2016).

El monto de los pagos es requerido a fin de interponer una demanda por responsabilidad civil por el presunto encubrimiento intencionado de un conflicto de intereses en el Laudo de 2016 (declaración fraudulenta). Sin embargo, llegado el 5 de septiembre, el Ministerio de Asuntos Exteriores no ha exhibido en el Tribunal de Santiago los pagos efectuados a las E.E.C.

«El 21 de febrero de 2017 se hizo creer al Presidente del Consejo administrativo del CIADI que las relaciones entre el Estado de Chile y la oficina de abogados de los Sres. Berman y Veeder eran del dominio público, y en base a esa información incierta se desestimó la recusación de los árbitros por un conflicto objetivo aparente de intereses con el Estado demandado y su negativa a que fuera revelada la relación entre el Estado de Chile y la oficina de abogados«, señala el comunicado.

Posteriormente, el 13 de abril de 2017, las autoridades chilenas reconocieron formalmente que el Estado de Chile vienen remunerando a miembros de las E.C.C. desde al menos enero de 2005, hasta hoy. Pero, «el 15 de junio de 2017 los árbitros Sres. Berman, Veeder y Alexis Mourre inadmitieron la demanda del 9 de junio del 2017 de invitar al Gobierno de Chile a que comunicara al Tribunal, al CIADI y a todas las partes, la información sobre los pagos efectuados a miembros de referida oficina de abogados que no es del dominio público, y rechazaron también que el Tribunal de arbitraje y el Secretariado del CIADI llevara a cabo una investigación razonable al respecto y comunicara el resultado al Centro y a todas las partes», añade el escrito.

Por todo lo anterior, concluyen, «se decidió interponer una demanda de medidas prejudiciales por parte de la Fundación». Los documentos en los que se fundamenta esta acción y las sucesivas actuaciones procesales están publicadas en el sitio electrónico del Poder Judicial, a través del rol C-14985, 2017.

Más información sobre el caso Clarín en este link.

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