Revés gubernamental

Corte Federal declara anticonstitucional el decreto antimigratorio de Macri

El decreto de necesidad y urgencia que contenía duras políticas contra los migrantes que llegan a Argentina recibió críticas de organismos defensores de los derechos humanos

Por Luis Yañez

23/03/2018

Publicado en

Argentina / Latinoamérica

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La Justicia argentina declaró inconstitucional el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2017 mediante el cual el presidente Mauricio Macri modificó, sin intervención del Congreso la Ley de Migraciones.

Ese DNU endureció la política migratoria, a través de restricciones al ingreso de extranjeros al país y de herramientas para facilitar la expulsión del territorio nacional y había sido cuestionado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La Sala V de la Cámara Contencioso Administrativa Federal de Argentina declaró inconstitucional el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) mediante el cual el presidente Mauricio Macri endureció las políticas migratorias del país.

Para la aprobación del DNU no es necesario el aval del Congreso y generó polémica por tratarse de una decisión unilateral del Ejecutivo respecto a cuáles migrantes recibir y cuáles no.

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Entre otros puntos controversiales, el DNU 70/2017 abría paso a procesos de detención y deportación exprés de extranjeros con procesos penales o irregularidades en su estatus migratorio.

La norma había recibido amplias críticas de la oposición y de grupos de derechos humanos. A pesar de ello, el Gobierno reivindicó el DNU y el director de Migraciones, Horacio García, llegó a decir que restringir el acceso de extranjeros “no significa ser xenófobos”.

La medida fue tildada de xenófoba por la oposición argentina, mientras que algunos organismos internacionales y defensores de derechos humanos también la reprobaron.

El decreto reducía, además, de 30 a 3 días el plazo en que el migrante podía apelar la decisión que, de acuerdo con la legislación ahora restaurada, suspendía automáticamente el trámite.

El decreto de Macri contemplaba también la potestad de detener a los extranjeros no solo cuando pesara sobre ellos una orden de expulsión firme sino en cualquier instancia del proceso judicial.

La medida había modificado, asimismo, los requisitos para acceder a la ciudadanía, que durante la vigencia del DNU exigía dos años de residencia legal, contados a partir del otorgamiento del DNI.

El DNU fue apelado por la Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes y el Colectivo por la Diversidad y fue establecido a lugar por los jueces Jorge Alemany, Pablo Gallegos Fedriany y Guillermo Treacy.

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