Portavoz del Ministerio de Asuntos Exteriores ruso, María Zajárova

Rusia: ayuda humanitaria a Venezuela «será una provocación para que los guardias fronterizos y los militares recurran a la fuerza”

Se espera lograr una división entre los militares o numerosas víctimas que servirían de justificación para una intervención militar, precisó

Por Pedro Guzmán

18/02/2019

Publicado en

Venezuela

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Los planes de EE. UU. de enviar ayuda humanitaria a Venezuela son una provocación, aseguró la portavoz del Ministerio de Asuntos Exteriores, María Zajárova.

«Dada la postura que ocupan sobre este asunto las autoridades legítimas del país, los autores de esta acción se proponen realizar una irrupción lo que será una provocación para que los guardias fronterizos y los militares recurran a la fuerza», señaló en un comunicado publicado por la Cancillería.

De este modo, subrayó, se espera lograr una división entre los militares o numerosas víctimas que servirían de justificación para una intervención militar.

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La portavoz aseguró que esos planes previstos para el 23 de febrero se podrían denominar «Crónica de una provocación anunciada».

«Es de interés que están fijados en el día cuando expira formalmente el mandato del así llamado ‘presidente encargado'», recalcó.

La selección de la fecha para hacer entrar mercancías llamadas ayuda humanitaria desde Colombia se debe, explicó, a que «después del 23 de febrero su actividad de amateur (de Juan Guaidó) carecerá de legitimidad incluso en el marco del modelo construido por él y sus patrocinadores de Washington».

Esta afirmación se basa en el artículo 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el que se sustenta el «presidente interino»Juan Guaidó, el cual en su segundo párrafo indica: «Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional».

Sin embargo, Guaidó, no ha llamado ni convocado a elección alguna en el país suramericano, por lo que, cualquier detención de este supuesto «cargo» será, hasta desde ese punto de vista, ilegal.

Zajárova se interrogó si no sería mejor «en vez del intento hipócrita de hacer entrar un par de cientos de millones de dólares de ayuda» desbloquear las cuentas de las empresas de Estado de Venezuela en los bancos de EE. UU. por un valor de 11.000 millones de dólares o los activos de PDVSA.

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«El perjuicio total de las restricciones de EE. UU. en contra de Venezuela desde 2013 se valora en 345.000 millones de dólares, es poco probable que esas sanciones ilegales que buscan asfixiar la economía venezolana tengan como propósito aliviar la situación de los venezolanos de a pie», realzó.

También se preguntó por qué no recurrir para la entrega de la ayuda a las agencias especializadas de la ONU que tienen una vasta experiencia.

«¿Acaso porque su actividad se basa en la imparcialidad, neutralidad, independencia y humanidad y se tiene que coordinar sin falta con las autoridades legítimas del país o con organizaciones regionales influyentes y que gozan de la confianza de todas las partes (por ejemplo, Caricom)?», recalcó.

La portavoz admitió que estas preguntas pierden sentido si se trata de «una provocación orquestada y una especulación sobre los buenos propósitos» en una región que históricamente tiene «una resistente alergia ante toda intervención militar extranjera» sobre todo de EE. UU.

«La voz de los latinoamericanos en contra de la provocación, a favor de una América Latina como zona de la paz tal y como se declaró antes, hoy en día tendría una particular importancia», sugirió.

Venezuela atraviesa una crisis económica y política que se agravó el 23 de enero, después de que el jefe de la opositora Asamblea Nacional (parlamento unicameral), Juan Guaidó, se autoproclamara «presidente encargado» del país.

El jefe del Estado venezolano, Nicolás Maduro, quien asumió el segundo mandato el 10 de enero, calificó la declaración de Guaidó como un intento de golpe de Estado y responsabilizó a EE. UU. de haberlo orquestado.

Guaidó fue reconocido por EE. UU., la mayoría de los países integrantes del Grupo de Lima y varias naciones más del continente americano, así como por buena parte de los Estados miembros de la Unión Europea.

Rusia, así como Bolivia, China, Cuba, Irán, Turquía y otros países, reafirmaron su respaldo al actual Gobierno venezolano.

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A continuación dejamos el artículo 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela para el análisis del lector o lectora:

«Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: su muerte, su renuncia, o su destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, su incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo, declarado como tal por la Asamblea Nacional, así como la revocación popular de su mandato.

Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional.

Si la falta absoluta del Presidente o Presidenta de la República se produce durante los primeros cuatro años del período constitucional, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva.

En los casos anteriores, el nuevo Presidente o Presidenta completará el período constitucional correspondiente.

Si la falta absoluta se produce durante los últimos dos años del período constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva asumirá la Presidencia de la República hasta completar dicho período».

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