¿Cómo se sancionan en Puebla la violencia de género?

El feminicidio se castiga con 40 a 60 años de cárcel y multas de 48 mil 110 pesos a 96 mil 220 pesos

Por Anaid Piñas

26/11/2022

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Actualmente, la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Puebla detalla qué hechos o acciones se consideran un ataque o violación a los derechos humanos de las niñas, adolescentes y mujeres.

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Además, el Código Penal local señala cuáles son las sanciones para los agresores, mismas que van desde las amonestaciones, prisión y sanción pecuniaria, que comprende la reparación del daño.

En el estado de Puebla, de acuerdo con el Código Penal, el feminicidio se castiga con 40 a 60 años de cárcel y multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMAS), es decir, 48 mil 110 pesos a 96 mil 220 pesos.

En tanto, a quien cometa el delito de violencia familiar, se le impondrán de dos a ocho años de prisión y multa de 50 hasta 200 UMAS, lo que representa de 4 mil 811 pesos a 19 mil 244 pesos.

El delito aumentará en caso de que la víctima sea mayor de 70 años, niña, niño o adolescente, persona con discapacidad, o mujer en periodo de gestación y pasará de tres a 12 años de cárcel y multa de 75 a 300 UMAS, lo que equivale a 7 mil 217 pesos y hasta 28 mil 866 pesos.

El delito de violación está penado con 10 a 30 años de prisión y multa de 50 a 500 UMAS, es decir, de 4 mil 811 pesos a 48 mil 110 pesos.

El hostigamiento sexual está penado con ocho meses a tres años cuatro meses de prisión y multa de 67 a 500 UMAS, lo que corresponde a 6 mil 447 pesos y hasta 48 mil 110 pesos.

Por su parte, el responsable del delito de acoso sexual será multado con 50 a 300 UMAS, que equivalen de 4 mil 811 pesos a 28 mil 866 pesos.

Cuando la víctima sea mujer, se deberá cumplir una sanción pecuniaria; además, tiene agravantes como su comisión en espacios públicos.

La pena por cometer violencia vicaria va de los 2 años con 8 meses y hasta los 10 años y 8 meses de cárcel y multas de 66.6 hasta 266.6 UMAS, es decir, 6 mil 408 pesos y hasta los 25 mil 652 pesos.

Tratados y ordenamientos nacionales e internacionales

De manera general, los derechos humanos de las niñas, adolescentes y mujeres también se encuentran protegidos por varios ordenamientos. Algunos son de carácter federal y otros internacionales, pero todos buscan la erradicación de la desigualdad por razón de género.

Entre ellos se encuentran el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres (PROIGUALDAD) 2013-2018; la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos; y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La Declaración Universal de Derechos Humanos Adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948; la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres (CEDAW, 1979); y la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra las mujeres (1994).

Asimismo, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará, 1994); y el protocolo de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones contra la Delincuencia Organizada Transnacional del 2004.

Foto: Agencia Enfoque

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