Encarcelarían 16 años por dañar a mujeres con sustancias corrosivas

La propuesta sugiere que la misma agresión, contra cualquier persona, amerite sanción de 5 a 8 años de prisión

Las personas que utilicen ácido o cualquier otra sustancia corrosiva para dañar a una mujer podrían ser sancionadas hasta con 16 años de cárcel, de acuerdo con la propuesta de la legisladora Julieta Kristal Vences Valencia, presidenta de la Comisión de Género de la Cámara de Diputados.

No obstante, los ataques que se cometa en contra de cualquier persona serán castigados con cinco a ocho años de prisión; además, la misma pena aplicaría para los autores intelectuales de las agresiones en caso de que ser perpetrado por un tercero.

La representante del Distrito 8 de Ciudad Serdán presentó una iniciativa para adicionar los párrafos primero, segundo, tercero, cuarto y quinto al Artículo 294 del Código Penal Federal.

Con dichas modificaciones, el personal de salud tendría que notificar al Ministerio Público sobre los casos de lesiones provocadas por agentes químicos que reciban para atención médica.

“Los ataques con ácido y otras sustancias corrosivas son agresiones con una altísima carga simbólica. Pretenden marcar de por vida. Dejar en el rostro desfigurado y en el cuerpo de la víctima la estampa de su crimen, de sus celos, de su odio”

Vences Valencia dijo que su propuesta nació por las agresiones reportadas en varios estados del país, como el de Luz Raquel en Jalisco, quien falleció tras ser quemada viva; Margarita, que murió a consecuencia de un ataque gasolina en Ciudad de México; y una mujer que fue rociada con ácido en la zona de Angelópolis, en Puebla.

De aprobarse, será el Ministerio Público quién “otorgará el reconocimiento de la calidad de víctimas”, de acuerdo con los lineamientos establecidos en la Ley General de Víctimas, para que se tramiten los procedimientos de reparación integral del daño.

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Pena aumentaría si las víctimas son mujeres

La propuesta de Julieta Kristal Vences Valencia prevé adicionar los párrafos primero, segundo, tercero, cuarto y quinto al Artículo 294 del Código Penal Federal, para imponer de cinco a ocho años de prisión a los agresores.

Estos están definidos como “cualquier persona dejando un daño físico, motriz, psicológico o económico, utilizando para ello ácidos o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable o cualquier otra sustancia que por sí misma o mezclada con otros agentes, genere lesiones internas, externas o ambas”.

Cuando las lesiones se cometan en contra de una mujer, la sanción aumentará el doble, es decir, hasta 16 años de prisión.

En ambos casos, el castigo será para el agresor directo o para el autor intelectual del crimen, aunque sea cometido a través de una tercera persona.

En Puebla, piden 21 años de cárcel si el agresor es cercano a la víctima

Desde el Congreso del Estado, buscarán castigar este tipo de agresiones con una pena mínima de siete años de prisión; sin embargo, el castigo aumentaría hasta 21 años y seis meses en caso de que el atacante sea un familiar, pareja sentimental o persona de confianza de la víctima.

El diputado local y dirigente del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en Puebla, Néstor Camarillo Medina, propuso adicionar el artículo 309 Bis al Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla para castigar a quien “por sí o por interpósita persona, cause a otras lesiones usando para ello cualquier tipo de agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica, o inflamable, alcanos o sustancias similares”.

Su iniciativa plantea penas de siete a 13 años de prisión, así como una multa de 300 a 700 Unidades de Medida y Actualización (UMAS), es decir, de 28 mil 866 a 67 mil 354 mil pesos.

Las sanciones aumentarán hasta dos terceras partes, en caso de que el agresor sea un familiar, pareja sentimental, o cualquier persona con la que establezca un vínculo de confianza.

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Foto: Agencia Enfoque

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