Un ciudadano hizo la solicitud de acceso a la información pública

Ordena Itaipue buscar información sobre megáfonos en I. Zaragoza

El comisionado presidente del Instituto al final concluyó que la Comuna poblana no acreditó haber realizado los trámites internos que justifiquen la búsqueda exhaustiva de la información solicitada por el ciudadano

Por Kara Castillo

El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla (Itaipue), ordenó al Ayuntamiento Municipal de Puebla que busque nuevamente información que clasificó como “inexistente”; sobre la licencia de megáfonos instalados en la presidencia auxiliar de Ignacio Zaragoza.

El comisionado presidente, Francisco Javier García Blanco, y la comisionada, Laura Marcela Carcaño Ruiz, votaron de manera unánime en la resolución del recurso de revisión con el Expediente: RR-0156/2020; en el que revocan la contestación del gobierno municipal de Puebla.

Solicitud ciudadana

Un ciudadano hizo una solicitud de acceso a la información pública ante el Honorable Ayuntamiento Municipal de Puebla; en la que requirieron el expediente administrativo o en su caso la concesión o licencia otorgada con respecto al conjunto de cuatro megáfonos instalados en la parte superior del reloj tipo torre (también conocido como el reloj municipal), ubicado en el camellón de la calle 5 de mayo Col. Ignacio Zaragoza, frente a la presidencia auxiliar Ignacio Zaragoza en ésta ciudad de Puebla.

“Que después de una búsqueda de la información en el área de Licencias Menores con los datos descritos en la pregunta; no se encontró registro de licencias otorgadas bajo el concepto de megáfonos”

Dirección de Desarrollo Urbano

El ciudadano llevó su recurso de revisión al Itaipue por la declaratoria de inexistencia de la información.

Cuando le solicitaron un informe con justificación; los empleados municipales respondieron a su favor “que la contestación, aunque negativa” fue elaborada en tiempo y forma.

Recurso de Revisión

En la resolución del Recurso de Revisión, el comisionado dijo que luego de estudiar el expediendiente llegó a la conclusión, que el Ayuntamiento no acreditó haber realizado los trámites internos que justifiquen la búsqueda exhaustiva de la información y la inexistencia confirmada por el Comité de Transparencia.

Resultando insuficiente la respuesta para dar por cumplido el derecho de acceso a la información en favor del ciudadano

“El Ayuntamiento no generó en él la certeza de que su solicitud haya sido debidamente atendida”

Francisco Javier García Blanco
Comisionado presidente

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