A cuatro años de libertad vigilada es condenado el ex RN Maximiano Errázuriz

“Delito de fraude al fisco reiterado y uso malicioso de instrumento privado mercantil”: 3 años y un día

Por Cesarius

12/12/2011

Publicado en

Actualidad / Política

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“Delito de fraude al fisco reiterado y uso malicioso de instrumento privado mercantil”: 3 años y un día. Esa es la condena que recibió el ex diputado de Renovación Nacional (RN), Maximiano Errázuriz… sin embargo, cumplirá su sentencia bajo libertad vigilada. ¿El motivo del atenuante? Su “irreprochable” conducta anterior, sumado el pago de una reparación por cerca de 30 millones de pesos y su sustancial contribución al esclarecimiento de las circunstancias del delito.

El Ministerio Público, encabezado por la magistrada Carla Cappello, luego de que acreditara que Errázuriz se apropió de 25 millones de pesos, determinó que deberá devolver al Fisco el 10% del monto total defraudado, es decir, 2,5 millones de pesos. Esto -recordemos- al arrendar, entre 2004 y julio de 2006, una oficina distrital ubicada en calle Huérfanos para asuntos personales con las asignaciones parlamentarias, lo que le reportó un beneficio personal de $8.723.061. Luego, entre 2006 y 2009, el parlamentario volvió a arrendar el inmueble falsificando la firma de su supuesta dueña e ingresando a su cuenta corriente un monto de $7.019.864.

El juicio abreviado, que se realizó en el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, determinó, además, que de acuerdo a la pena aflictiva establecida por el tribunal, el ex parlamentario no podrá ejercer nunca más en su vida cargos de representación popular, lo que en otras palabras significa que está incapacitado para volver a participar en política y a ejercer su derecho a sufragio.

De acuerdo a la Ley 18.216, publicada en el Diario Oficial el 14 de mayo de 1983, se le concedió al ex parlamentario la “remisión condicional de la pena”, que consiste en la suspensión de su cumplimiento y la vigilancia discreta por parte de la autoridad administrativa durante cierto tiempo. Para ello, el condenado debe cumplir los siguientes requisitos: -Que la pena no sea superior a tres años. -Que no existan condenas anteriores. -Que no vuelva a delinquir, y –Que la ejecución de la pena sea innecesaria. Requisitos que, según el criterio de la jueza, cumple Errázuriz.

El Ciudadano

 

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