Avances en inclusión

Proyecto busca que todas las plazas públicas cuenten con juegos para niños con discapacidad

Una moción ingresada al Senado propone modificar el artículo 28 de la ley N°20

Por Daniel Labbé Yáñez

12/12/2016

Publicado en

Chile / Política

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Foto: soychile.cl

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Una moción ingresada al Senado propone modificar el artículo 28 de la ley N°20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades de personas con discapacidad, en lo relativo al acceso de los niños y niñas con discapacidad a los bienes nacionales de uso público.

El proyecto -presentado por los senadores Carlos Bianchi, Manuel José Ossandón, Baldo Prokurica y Patricio Walker, y que deberá ser analizado por la Comisión de Salud- pretende «que en las plazas de acceso público deba contarse con instalaciones recreativas que permita a los menores divertirse con la misma habilidad que los otros niños, así como en todo bien nacional de uso público que exista en los distintos espacios de nuestro país».

Los autores de la moción señalan que en el mencionado artículo 28 se indican una serie de obligaciones respecto a todo edificio de uso público, así como en las obras que se ejecuten en el espacio público al interior de los límites urbanos. «Dentro de esta misma línea es que mediante este proyecto de ley queremos ampliar estos derechos de accesibilidad con especial preocupación respecto a los niños, de manera tal que todos los bienes nacionales de uso público deberán contar con las instalaciones que sean necesarias para que los niños con discapacidad puedan gozar de los derechos que la misma ley les asegura en el artículo 9″, explican los legisladores.

Los avances pendientes

No obstante este eventual progreso, los autores reconocen que «todavía hay que avanzar mucho en diversas materias, tales como inclusión laboral y sobre todo en materia de las pensiones de invalidez a las que pueden acceder estas personas, las que hoy en día resultan más que insuficientes». Junto con ello, agregan que «uno de los temas que nos preocupa es el perfeccionamiento de los derechos de los niños con discapacidad».

Foto: gestionmunicipal.cl

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En la actualidad, el artículo 9 de la ley establece en su inciso segundo que «asimismo, el Estado adoptará las acciones conducentes a asegurar a los niños con discapacidad el pleno goce y ejercicio de sus derechos, en especial el respeto a su dignidad, el derecho a ser parte de una familia y a mantener su fertilidad, en condiciones de igualdad con las demás personas».

En ese sentido, los parlamentarios sostiene que sin perjuicio de esa declaración de principios, «en el resto de la ley lamentablemente existen pocas acciones y medidas que reflejen en forma concreta cómo se asegura el pleno goce y ejercicio de los derechos de los niños con discapacidad».

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