Derechos humanos y crímenes de lesa humanidad

Corte de Apelaciones de Santiago eleva condenas de carabineros (r) por delitos de secuestro y torturas de connotación sexual perpetrados en 1974

El tribunal de alzada falló en favor de las víctimas de un secuestro con violación ocurrido en Dictadura. Tres efectivos en retiro de Carabineros deberán purgar sus condenas elevadas por los crímenes cometidos en los subterráneos de la plaza vecina a La Moneda.

Fotografía por Jesús Martínez

Hoy la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago –integrada por las ministras Graciela Gómez, María Paula Merino y el abogado Jorge Norambuena– dio a conocer los argumentos del fallo de primera instancia, que consideró de mayor gravedad los delitos de lesa humanidad de connotación sexual cometidos por agentes del Estado en contra de dos jóvenes víctimas entre junio y julio de 1974, en los subterráneos de la plaza de la Constitución.

Unánimemente se decidió en dicha instancia elevar de 5 años y un día a 10 años y un día de presidio, la pena del ex carabinero Alejandro Sáez Mardones en calidad de autor de los ilícitos. Quien fue responsable, según la justicia, del secuestro con violación perpetrado hace 48 años atrás. A su vez, Francisco Illanes Miranda, Ernesto Lobos Gálvez, Sabino Roco Olguín, Winston Cruces Martínez y José Alvarado Alvarado deberán pagar 5 años y un día de presidio por haber sido cómplices de los delitos.

“En el caso que se revisa, los secuestros padecidos por las víctimas de autos, y que se ven agravados por las conductas que aborda el fallo, constitutivas de graves delitos de connotación sexual –violaciones y abusos sexuales–, no cabe duda que deben ser considerados como delitos de lesa humanidad, tanto al tenor de lo dispuesto en el artículo sexto del Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg (…)”, sostiene el fallo.  

“Como al amparo de lo que establece el artículo 7° en sus letras g) y k) del Estatuto de la Corte Penal Internacional ya citado, porque dichos actos se tradujeron en atentados contra la dignidad de las ofendidas, a través de la violación y abusos sexuales con los que se las afrentó y que estaban destinados a su intimidación, degradación, humillación, castigo y control, y que fueron ejecutados en virtud de la persecución desplegada en contra del colectivo o grupo al cual pertenecían, por motivos de índole político, por lo que corresponden a la categoría de actos inhumanos que los estatutos de Derecho Internacional ya citados, comprenden”, se precisó en la instancia judicial.

Al mismo tiempo el fallo confirmó la sentencia que condena al fisco a pagar una indemnización de $100 millones en total a las víctimas de los crímenes de lesa humanidad.

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