Comisiones avalan castigos por permitir obras en áreas protegidas

Las autoridades poblanas omisas recibirían 15 años de cárcel y multas hasta por 72 mil pesos

En Comisiones, los diputados del Congreso de Puebla aprobaron sancionar con 15 años de prisión y con una multa superior a los 72 mil pesos a las autoridades poblanas que sean omisas y permitan que se construyan viviendas en áreas naturales protegidas.

Además, se aplicarán de cuatro a 10 años de prisión y multa de 200 hasta 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, con 19 mil 244 pesos como mínimo y 48 mil 110 pesos como máximo, a quienes permitan o se beneficien de las edificaciones en terrenos irregulares.

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Los integrantes de las Comisiones Unidas de Procuración de Justicia, Protección Civil y Desarrollo Urbano aprobaron por unanimidad la iniciativa que el gobernador Miguel Barbosa Huerta envió al Congreso de Puebla para tener orden en el desarrollo urbano y prevenir las pérdidas humanas o materiales.

En la sesión, se aprobaron algunas modificaciones menores, como el aumento de UMAS, al pasar de 180 a 200 UMAS, y ajustes en la redacción de los párrafos, con el aval de todas las fracciones parlamentarias.

Ahora, serán los ayuntamientos los responsables de autorizar y expedir las licencias de uso del suelo para edificar cualquier tipo de inmueble, teniendo como referencia los derechos de vía de infraestructura energética, comunicaciones y zonas federales.

El mandatario propuso reformar diversas disposiciones de la Ley De Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Puebla, la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable, de la Ley del Sistema Estatal de Protección Civil, del Código Penal del Estado.

En el documento, se define un asentamiento humano irregular como un conglomerado de personas establecido para fines de vivienda, sin autorización, en un área físicamente localizada de restricción natural o artificial, riesgos o de amortiguamiento, cualquiera que sea su régimen de propiedad.

¿Cómo serán las sanciones?

De acuerdo con las reformas a la Ley del Sistema Estatal de Protección Civil, le corresponderá al titular del Ejecutivo vigilar que las autoridades competentes no autoricen centros de población en zonas de riesgo y, de ser el caso, se notifique a las autoridades correspondientes para que proceda a su desalojo.

Y con las modificaciones al Código Penal, la pena de prisión actual se incrementará hasta en una mitad cuando las autoridades autoricen construcciones en áreas naturales protegidas, de preservación ecológica o en zonas no consideradas aptas para vivienda.

Actualmente, para estas faltas aplican de cuatro a 10 años de prisión y multa de 180 hasta 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, con 17 mil 320 pesos como mínimo y 48 mil 110 pesos como máximo; por lo tanto, el castigo para los infractores alcanzaría hasta los 15 años de cárcel.

Foto: Agencia Enfoque

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