El INE siempre imponiendo gastos

Tumban acuerdo del INE para que partidos políticos comprobaran gastos de representantes de casilla

El TEPJF revocó un acuerdo del INE que obligaba a los partidos políticos a reportar y comprobar gastos de representantes de casilla

Personas votando

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó un acuerdo del INE que establecía que los partidos políticos debían reportar y comprobar al menos el 25 por ciento de los gastos que emplearán en representantes de casilla el día de la jornada electoral.

De acuerdo con esa propuesta, aprobada el 4 de mayo, los partidos políticos ya no podían “pagar” y menos reportar con recibos de gratuidad a las personas que fungieran como sus representantes de casilla.

El INE estableció que al menos 25 por ciento de los pagos de estas personas debían ser reportados.

De acuerdo con lo anterior, la revocación del TEPJF caía en la obligación de pagar por la representación de casilla. Es decir, al mandatar que se reporten estos gastos, se obligaba a los partidos a destinar dinero por la representación de casilla; “se imponía la obligación de realizar un gasto”.

Con la revocación se garantiza que los partidos, si así lo deciden y lo acuerdan, no paguen la representación de casilla, aunque tampoco obliga a aquellos que sí lo hicieron a comprobar dichos gastos.

Además, desde el TEPJF se criticó que la medida impuesta por el INE —la de comprobar gastos— haya sido anunciada a tres semanas de la jornada electoral.

En ese sentido, el tribunal urgió a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral en coordinación con la Unidad Técnica de Servicios de Informática que en un plazo de 72 horas se habilite el sistema a los partidos políticos para que puedan realizar los cambios de estatus de sus representantes de casilla, ya sea por gratuidad u onerosidad, es decir, a los que no les pagan o sí les pagan.  

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