En un nuevo capítulo del tenso pulso entre el Poder Ejecutivo y la Justicia, el gobierno del presidente de Argentina, Javier Milei, anunció este lunes que apelará el fallo que declaró la nulidad del denominado “Protocolo Antipiquetes”, la polémica normativa que desde diciembre de 2023 regula —y, según críticos, criminaliza— el derecho a la protesta en la vía pública. La decisión judicial, emitida por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 11 a cargo del juez Martín Cormick, fue celebrada por organizaciones de derechos humanos y repudiada por el oficialismo, que la calificó como un aval al “caos”.
La ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva, fue la encargada de comunicar la posición del Gobierno a través de la red social X (ex Twitter). En un mensaje, sostuvo: “SIN PROTOCOLO NO HAY ORDEN, HAY CAOS. Un Juez dictó una medida que intenta avanzar sobre el Protocolo Antipiquetes. Este avance responde a la vieja política que no quiere paz ni orden en la Argentina. No vamos a dar un paso atrás: la vamos a apelar”.
Posteriormente, en un comunicado oficial, el Ministerio de Seguridad señaló que «el protocolo es legítimo», argumentando que «tiene fundamentos técnicos, jurídicos y operativos».
«Vamos a defenderlo porque es la herramienta que devolvió orden, previsibilidad y paz social a la vida de los argentinos», afirmaron, alegando que su implementación permitió «garantizar la libre circulación» y que las calles “vuelvan a pertenecer a quienes eligen trabajar, circular y vivir en libertad”.

Fundamentos del fallo contra el protocolo antipiquetes
El fallo que desató el descontento por parte del gobierno «libertario» tiene 38 páginas y fue emitido a raíz de una acción de amparo presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) junto a otras organizaciones sociales. En su resolución, el juez Cormick consideró que la administración pública no tiene facultad para dictar normas que lesionen derechos constitucionales básicos como la libertad de reunión, de petición a las autoridades y la libertad de expresión.
En línea con los argumentos del CELS, el magistrado sostuvo que la protesta social “de ningún modo puede ser interpretado como equivalente a un delito penal que justifique el accionar represivo policial expreso sin la debida autorización de un juez”.
Además, el fallo cuestionó aspectos específicos del protocolo, como las “tareas de inteligencia” que habilitaba para obtener información sobre la identidad de los manifestantes mediante registros fílmicos y fotográficos, prácticas que, según Cormick, vulneran la Ley de Inteligencia Nacional. También señaló que la normativa no establece distinciones para grupos vulnerables (niños, adultos mayores, personas con discapacidad) y que intenta legislar sobre materia penal y procesal, ámbitos que exceden la competencia del Poder Ejecutivo. Por todo ello, exhortó al Ministerio de Seguridad a “abstenerse en la implementación del protocolo antipiquetes y a adecuar su actuación a las normas vigentes del Código Procesal Penal”.
La exministra de Seguridad y actual senadora, Patricia Bullrich, arquitecta del protocolo, salió rápidamente a defenderlo y a respaldar la apelación. En sus redes sociales afirmó: “El protocolo antipiquetes fue validado por decenas de jueces y cuenta con el respaldo de los argentinos. ¿Quién lo declara nulo? El mismo Juez que siempre lo hace contra el Gobierno. ¿Quiénes festejan? Los que viven del caos, la extorsión y la desestabilización”.
Bullrich remarcó que los perjudicados por el fallo son “los argentinos que quieren trabajar, circular y vivir en paz”, y cerró con una consigna repetida por el oficialismo: “El orden no se negocia”.
Sin embargo, para las organizaciones de derechos humanos y sectores de la oposición, el “orden” que pregona el gobierno tiene un muy alto costo en términos de violencia institucional y restricción de garantías. El protocolo, en vigor durante los más de dos años de gestión de Milei, ha sido el marco legal que amparó una represión sistemática contra manifestantes, periodistas y trabajadores de prensa. El caso más emblemático es el del fotógrafo Pablo Grillo, quien aún enfrenta una larga recuperación tras recibir un proyectil de gas lacrimógeno en la cabeza el pasado 12 de marzo durante una marcha de jubilados en el Congreso.
Su situación, lejos de ser aislada, se enmarca en un patrón de violencia documentado en numerosas movilizaciones.
El Ministerio de Seguridad insiste en que el protocolo “no prohíbe, ordena” y que su objetivo es equilibrar el derecho a protestar con otros derechos como la libre circulación y el trabajo. No obstante, el juez Cormick y las organizaciones demandantes consideran que su aplicación concreta prioriza la disuasión y la represión inmediata, criminalizando de facto la protesta y delegando en la policía facultades que corresponden al Poder Judicial.
Este fallo se produce en un contexto de creciente tensión entre el gobierno y la Justicia, y apenas una semana después de que el mismo juez Cormick conminara al Ejecutivo a cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario.
La apelación anunciada por el gobierno de Milei llevará la disputa a una instancia superior, donde se definirá si prevalece la visión de “orden” basada en la restricción y la fuerza, o el enfoque que entiende la protesta social como un pilar de la democracia.

