La reforma laboral impulsada por Milei habilita esquemas de jornada flexible mediante bancos de horas que permiten extender la jornada diaria hasta 12 horas, compensando después con descansos en lugar de pago de horas extra. Además, incluye la prohibición del derecho a huelga -declarando actividades como esenciales o de importancia trascendental-, obligando a garantizar una cobertura de un mínimo del 50% o 75% durante una medida de fuerza.
En una maratónica sesión que se extendió hasta pasadas las 4 de la madrugada de este jueves, el Senado de Argentina aprobó con 42 votos a favor y 30 en contra la media sanción al proyecto de reforma laboral impulsado por el gobierno ultraderechista de Javier Milei.
El oficialismo de la Libertad Avanza (LLA) con el apoyo de sus aliados del PRO, la Unión Cívica Radical (UCR) y partidos provinciales, logró imponer un paquete de modificaciones que, según denunciaron los bloques opositores y sindicatos son de carácter regresivo, apuntan a la precarización y atentan contra los derechos fundamentales de los trabajadores, en consonancia con el modelo de ajuste estructural y recortes que promueve con su política de «motosierra».
El texto aprobado, que ahora pasará a la Cámara de Diputados con fecha de tratamiento aún no confirmada aunque se especula para la próxima semana. Según proyecciones la iniciativa alcanzaría 131 votos positivos en el recinto de la Cámara baja, superando así el quórum de 129 necesario para su sanción definitiva como ley.
Inmediatamente después conocerse el resultado, el presidente Milei pidió a la Cámara de Diputados que propicie un «tratamiento rápido» del proyecto que definen como “la modernización del mercado laboral argentino”.
Ampliación de la jornada laboral a 12 horas
Uno de los ejes centrales del proyecto, y que mayores controversias generó es la modificación sustancial del régimen de jornada laboral. La iniciativa establece la posibilidad de ampliar la jornada diaria de 8 a 12 horas, siempre que se respete un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.
Otro de los puntos centrales es la eliminación de horas extras a través de la creación de un «banco de horas», con lo que eliminaría el sistema tradicional de «pago doble» que es muy utilizado por las trabajadoras y trabajadores para aumentar sus ingresos. En vez de recibir un salario adicional por horas trabajadas fuera del horario habitual, el banco de horas establece que los empleados compensen ese tiempo extra trabajando menos en otros días o tomándose un día libre.
Además, se incorporan los contratos a tiempo parcial por un período inferior a la jornada legal, lo cual podría significar una puerta de entrada a la precarización de los ingresos.
Restricciones al derecho de huelga
En materia de conflicto colectivo, la reforma introduce modificaciones de enorme calado. Se amplía el listado de actividades consideradas servicios esenciales, que deberán garantizar una cobertura mínima obligatoria del 75%
El nuevo plexo normativo incorpora como esenciales las telecomunicaciones —incluyendo expresamente internet y comunicaciones satelitales—, la aviación comercial, el control de tráfico aéreo y portuario en todas sus variantes (balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba y remolque), los servicios migratorios y aduaneros, los servicios sanitarios y hospitalarios (más el transporte y distribución de medicamentos), la producción y distribución de agua potable, gas, petróleo, combustibles y energía eléctrica, la recolección de residuos, el transporte de caudales, los servicios privados de seguridad y custodia, y la educación en niveles de guardería, preescolar, primario, secundario y especial, quedando excluido únicamente el nivel universitario.
Adicionalmente, el proyecto crea una nueva categoría: los “servicios de relevancia crítica” o “importancia trascendental”, que deberán garantizar un piso de operatividad del 50% durante los conflictos. Esta categoría incluye un abanico que abarca desde el transporte marítimo, fluvial, terrestre y subterráneo de personas y mercaderías hasta los servicios aduaneros y migratorios vinculados al comercio exterior, la producción farmacéutica, la radio y la televisión, las industrias de proceso continuo (siderurgia, aluminio, química y cementera), la industria alimenticia en toda su cadena de valor, los servicios bancarios y financieros, la hotelería, la gastronomía, el comercio electrónico, la construcción, los aeropuertos, la minería, los frigoríficos, los correos, el sector agropecuario y la producción afectada a compromisos de exportación.
Las fuerzas de seguridad, por su parte, deberán brindar cobertura del 100%.
Según la reforma, los sindicatos quedan obligados a preavisar las medidas de fuerza con cinco días de anticipación.
Asambleas: con permiso y sin salario
Otro de los puntos que despertó airadas críticas durante el debate es la nueva regulación de las asambleas laborales en el lugar de trabajo. Según el texto aprobado, las reuniones sindicales “no podrán interrumpir la actividad normal de la empresa” y requerirán autorización previa del empleador.
Como condición adicional, el sindicato deberá acreditar estar al día en el cumplimiento del pago de haberes para poder ejercer esta facultad. El tiempo destinado a asambleas, establece la norma, “no será remunerado”, según consignó El Destape.
Convenios colectivos: el fin de la ultraactividad
La reforma introduce una modificación sustancial en el sistema de negociación colectiva al acotar drásticamente el principio de ultraactividad. A partir de la sanción de la ley, únicamente permanecerán vigentes una vez vencido el convenio aquellas cláusulas de naturaleza normativa, es decir, las que establecen condiciones y beneficios individuales directos del trabajo. Estas cláusulas se mantendrán operativas hasta que entre en vigor un nuevo convenio.
Las cláusulas obligacionales solo mantendrán vigencia por acuerdo expreso de las partes. Además, se establece que los convenios de ámbito menor (empresa, región) prevalecerán sobre los de ámbito mayor (actividad, nacional), invirtiendo así el principio de jerarquía normativa que regía tradicionalmente.
La Secretaría de Trabajo, por su parte, queda facultada para suspender por resolución fundada los efectos de convenios vigentes por ultraactividad “cuando su aplicación genere distorsiones económicas graves que afecten el interés general”.
Fondo de Asistencia Laboral: un seguro con carencia y demoras
La creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) constituye otra de las columnas vertebrales de la iniciativa. Se trata de fondos individuales por empleador destinados a contribuir al pago de indemnizaciones por despido. Las cuentas se conformarán mediante una contribución mensual obligatoria del 1% para grandes empresas y del 2,5 % para micro, pequeñas y medianas empresas, calculada sobre las remuneraciones base para contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
El fondo contará con un período de carencia de 6 meses y solo cubrirá a trabajadores registrados con al menos 12 meses de antigüedad en la empresa. Los recursos serán considerados patrimonio separado, inajenable e inembargable. El régimen entrará en vigencia el 1° de junio de 2026, fecha que el Poder Ejecutivo podrá prorrogar por hasta 6 meses mediante decreto.
Transferencia de la justicia laboral y migración de causas
Uno de los cambios incorporados sobre el final de la negociación fue el traspaso de la Justicia laboral a la órbita de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que quedó incluido como anexo al final del proyecto. La Justicia Nacional del Trabajo mantendrá su vigencia hasta tanto se promulgue la ley que apruebe el acuerdo de transferencia de competencias entre Nación y Ciudad. Una vez promulgada dicha ley, se dispondrán los actos necesarios para su “progresiva disolución”.
Paralelamente, las controversias judiciales contra el Estado Nacional quedan excluidas del fuero laboral y migran al fuero contencioso administrativo federal, ámbito donde no rige la Ley de Contrato de Trabajo. Los magistrados laborales quedan obligados a adecuar sus decisiones a los precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; el apartamiento infundado de la jurisprudencia del máximo tribunal configurará causal de mal desempeño.
Aportes a cámaras empresariales
En un giro respecto del texto original, El Destape reportó que a partir de la sanción de la ley, los aportes a cámaras empresariales no podrán superar el 0,5% de las remuneraciones; mientras que los aportes a asociaciones sindicales no deberán exceder el 2% de los salarios, tanto para afiliados como para no afiliados alcanzados por el convenio colectivo.
Adicionalmente, el texto final establece que a partir del 1° de enero de 2028 los aportes a cámaras empresariales serán estrictamente voluntarios, y que no podrá imponerse el pago de cuotas sindicales a trabajadores sin su consentimiento individual, expreso y previo, consentimiento que podrá revocarse en cualquier momento.
Derogación de estatutos especiales y leyes protectorias
A partir del 1° de enero de 2027 quedarán derogados los regímenes especiales que regían para múltiples actividades. La lista incluye la Ley 12.908 de Periodistas, la Ley 14.546 de Viajantes de Comercio, la Ley 23.947 de Peluqueros, la Ley 12.867 de Personal de Artes Gráficas, y los Decretos Leyes 13.839/46 y 14.954/46 de Choferes Particulares y otros. Todos estos colectivos pasarán a regirse por la Ley de Contrato de Trabajo común.
Simultáneamente, se suprimen a partir de la misma fecha la Ley de Teletrabajo (27.555), la Ley 23.472 de Fondo de Garantía de Créditos Laborales y las leyes de trabajo a domicilio contenidas en los decretos leyes mencionados. También se elimina el Capítulo VIII del Título II de la LCT, referido a invenciones del trabajador.
Pago de sentencias, obras sociales y licencias médicas
En materia judicial, las sentencias condenatorias contra grandes empresas podrán cancelarse en hasta 6 cuotas mensuales consecutivas como máximo. Para las micro, pequeñas y medianas empresas, el límite se extiende a 12 cuotas. Con efecto para contribuciones que se devenguen a partir del 1° de enero de 2027, la contribución patronal a obras sociales será del 6% de la remuneración, un punto porcentual más que el 5 por ciento previsto en el proyecto original. La Superintendencia de Servicios de Salud estará facultada para auditar el destino de estas contribuciones.
En cuanto a licencias por enfermedad inculpable, se establecen dos niveles de remuneración: 50 por ciento si la imposibilidad proviene de “actividad voluntaria y consciente con riesgo para la salud”, o 75 por ciento en otros casos, por períodos de 3 o 6 meses según la existencia o no de personas a cargo. Los certificados médicos deberán incluir diagnóstico, tratamiento, días de reposo y firma digital emitida por profesionales habilitados en todo el territorio nacional. El trabajador estará obligado a someterse al control médico del empleador. En caso de discrepancia insalvable, se podrá recurrir a junta médica en institución oficial o institutos privados, con costo a cargo del empleador. El empleador podrá reubicar al trabajador en otro puesto tras ausencias prolongadas cuando no exista disminución definitiva de capacidad laboral.
Antigüedad, período de prueba y otras modificaciones
De acuerdo con la reforma impulsada por Milei, si transcurriese un plazo de 2 años entre el cese del vínculo laboral —cualquiera fuera la causa— y el trabajador reingresara a prestar servicios con el mismo empleador, la antigüedad del tiempo de servicio anterior no será computada. El período de prueba, por su parte, se extiende de 3 a 6 meses de forma general, permitiendo a los empleadores finalizar el contrato sin indemnización durante ese lapso. Para empresas pequeñas, el plazo puede extenderse hasta un año.
No habrán pagos de salarios a través de billeteras virtuales
Un capítulo aparte merece la pulseada por el pago de salarios en billeteras virtuales. Finalmente, la reforma laboral no permitirá abonar remuneraciones a través de billeteras virtuales por decisión expresa del Congreso. La determinación representó una victoria para los bancos en una disputa que enfrentó a entidades financieras tradicionales con el sector fintech, representantes de trabajadores y autoridades regulatorias. El pulso por el control y uso de los fondos salariales se mantuvo como uno de los ejes del debate parlamentario y expuso las tensiones entre modelos de negocio y regulaciones.
Finalmente, el Poder Ejecutivo sufrió un revés fiscal, ya que se eliminó el artículo 190 original que proponía reducir la alícuota del Impuesto a las Ganancias para grandes empresas del 30 al 27%.. En su lugar, el nuevo artículo 190 establece disposiciones sobre residencia fiscal para extranjeros naturalizados por inversiones relevantes.

Derechos perdidos y movilizaciones
Más allá de las modificaciones incorporadas sobre el cierre de la jornada, El Destape y otros medios argentinos señalaron que “el mileísmo mantuvo, a pesar de las críticas y la presencia social en las calles, el espíritu principal del texto escrito en Casa Rosada”.
En ese núcleo duro se identifican al menos cuatro ejes: el ataque a la preeminencia de los convenios colectivos de trabajo mediante la priorización de acuerdos de ámbito menor, la derogación de estatutos profesionales históricos, la prohibición encubierta del derecho a huelga mediante la declaración masiva de servicios esenciales y de importancia trascendental, y la potestad patronal de suspender el salario durante el tiempo destinado a asambleas.
La Confederación General del Trabajo (CGT) calificó la iniciativa como una reforma laboral «regresiva y precarizadora» , describiéndola como un ataque a los derechos fundamentales.
Por su parte, la Central de Trabajadores de la Argentina Autónoma y la Central de Trabajadores de la Argentina de los Trabajadores anunciaron “absoluto rechazo” y se declararon en “movilización permanente”, convocando protestas para frenar el avance legislativo.
En la misma línea, el secretario general de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), Rodolfo Aguiar, planteó que la reforma laboral representa «la mayor ofensiva que haya existido en democracia contra los trabajadores».
«Están gastando millones para llevarnos puestos», enfatizó.
El proyecto aguarda ahora su tratamiento en la Cámara de Diputados, donde el oficialismo confía en alcanzar los 131 votos que lo convertirían en ley. En el medio los sindicatos y trabajadores contemplan medidas de fuerza y salir a las calles a expresar su rechazo, mientras la motosierra de Milei ya tiene nuevo filo, que apunta directo a la jornada laboral.

