Por Leopoldo Lavín Mujica
Introducción: Un fenómeno multidimensional
La situación del Poder Judicial chileno, y en particular de su Corte Suprema, no puede reducirse a una simple dicotomía entre fortaleza institucional y casos aislados de corrupción.
Se trata de un escenario complejo donde convergen avances normativos, casos judicializados de alto impacto que evidencian prácticas sistémicas, una profunda crisis de legitimidad social y condiciones estructurales que facilitan la captura por redes de influencia.
Este análisis integra las múltiples dimensiones del fenómeno, con especial atención a los casos más recientes que han conmovido a la institución.
Un Marco Teórico para comprender la crisis: La sociología de las élites delincuentes
Mi primer trabajo sobre el tema fue en noviembre de 2014 en un artículo en elciudadano.cl.
Para trascender el análisis casuístico y comprender la profundidad sistémica de la corrupción judicial en Chile, me resultó iluminadora la teoría del jurista y sociólogo francés Pierre Lascoumes.
Desde su perspectiva, la corrupción de las élites dirigentes no es una patología excepcional, sino un fenómeno sociológicamente normal en estructuras de poder donde los grupos dirigentes, al operar con márgenes de acción no controlados, han logrado cooptar y desvirtuar los mecanismos formales de control, reemplazándolos por una autorregulación corporativa opaca.
Esta perspectiva es clave para entender que los escándalos judiciales chilenos son manifestaciones sintomáticas de una economía moral de las élites judiciales.
La «economía moral», en términos de Lascoumes, es el sistema interno de valores, normas justificativas y códigos de conducta que un grupo de poder desarrolla para legitimar sus privilegios y acciones, incluso cuando estas transgreden las leyes o la ética común.
Es una «economía» porque existe un sistema de intercambio (de favores, lealtades, silencios) que opera con sus propias «monedas» (influencia, información, protección), y una «moral» porque el grupo crea su propio marco de lo que considera aceptable o necesario para su supervivencia y dominio.
Esta dinámica crea una «zona gris» donde las transgresiones éticas se normalizan, y donde la ciudadanía puede mostrarse ambivalente, priorizando a veces un pragmatismo electoral o la percepción de eficacia sobre la probidad estricta.
Los casos que analizaremos a continuación no son, entonces, excepciones aisladas en un sistema sano, sino manifestaciones esperables de un sistema cuyas élites han construido una burbuja de impunidad, recurriendo a estrategias de justificación como la negación o la banalización cuando son descubiertas.
1. El Marco Normativo y la Evidencia de Casos Judicializados
Chile cuenta con una arquitectura formal anticorrupción relativamente robusta, que incluye una Estrategia Nacional de Integridad, leyes de responsabilidad penal para personas jurídicas y organismos especializados como la Contraloría General.
Este marco explica en parte su posición destacada en índices regionales de percepción de corrupción. Sin embargo, esta estructura convive con una serie de investigaciones penales que han alcanzado a los más altos niveles de la judicatura.
La judicialización de la cúpula judicial ha dejado de ser una sospecha para convertirse en una realidad documentada. Los casos más emblemáticos incluyen:
El «Caso Hermosilla» o de los «Audios» (2023-2024)
Reveló la existencia de una red de influencias operada por el abogado Luis Hermosilla para nombrar jueces, designar al Fiscal Nacional e interferir en causas, exponiendo el funcionamiento de camarillas internas.
Las conversaciones privadas obtenidas de su teléfono celular destaparon una trama de tráfico de influencias que involucraba a altos funcionarios judiciales, políticos y empresarios, operando con total opacidad y al margen de los cauces institucionales.
El «Caso Muñeca Bielorrusa» (2024-2025)
La exministra de la Corte Suprema Ángela Vivanco fue formalizada por la Fiscalía por presuntos delitos de cohecho y lavado de activos, siendo la primera ministra de la Corte Suprema en la historia democrática en enfrentar un proceso de este tipo.
Su caso evidenció cómo las redes de influencia alcanzaban el máximo nivel del Poder Judicial, y cómo la concentración de poder en la cúpula permitía prácticas que desdibujaban la línea entre lo público y lo privado.
El Caso Letelier (2025-2026)
La exministra de la Corte Suprema María Teresa Letelier, quien dejó el cargo en diciembre de 2025 por cumplir el máximo de edad legal, está imputada por los delitos de tráfico de influencias, prevaricación y violación de secretos, todos en carácter de reiterados.
La investigación, conectada con el «Caso Hermosilla», la vincula con gestiones políticas para ascensos judiciales, incluido el del exministro Antonio Ulloa. Un episodio crítico ocurrió cuando, tras ser solicitado su teléfono por la Fiscalía, Letelier denunció su robo. Sin embargo, la PDI determinó inconsistencias en su relato, incluyendo que el chip del teléfono fue activado en el celular de su hija, la ministra Bárbara Quintana.
Estos hechos llevaron a un allanamiento de su domicilio en enero de 2026. La presunta obstrucción a la justicia en este caso ejemplifica los mecanismos de auto-regulación y justificación que una ministra en la cúspide creía disponibles.
El Caso Antonio Ulloa Márquez (2024-2025)
El entonces ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago fue objeto de una acusación constitucional aprobada por el Senado en noviembre de 2025, que lo destituyó e inhabilitó para cargos públicos por cinco años por «notable abandono de deberes».
Los cargos, surgidos de la investigación del «Caso Audios», incluyeron la filtración de información confidencial del tribunal al abogado Luis Hermosilla y su intervención para influir en el nombramiento de al menos 11 cargos judiciales.
Su caso es emblemático de la crisis de los mecanismos internos de control: previamente, en septiembre de 2025, el Pleno de la Corte Suprema no logró la mayoría para removerlo (votación 7 a 7), una decisión criticada como una «señal de impunidad» que obligó a una intervención política extraordinaria del Congreso.
El Caso Manuel Guerra Fuenzalida (2024-2026)
Aquí vale la pena explayarse por su actualidad y significación. El exfiscal regional Metropolitano Oriente, Manuel Guerra, constituye un quinto caso que extiende la trama de corrupción más allá de la judicatura hacia el Ministerio Público.
Guerra, quien estuvo a cargo de investigaciones de alta connotación pública como los casos Penta, Dominga y Exalmar, enfrenta una investigación por cohecho agravado, violación de secretos y prevaricación administrativa, todos en carácter de reiterados.
La investigación, a cargo del fiscal regional de Arica, Mario Carrera, se originó a partir de los chats extraídos del teléfono de Luis Hermosilla. En estas conversaciones se reveló que, mientras Guerra ejercía como fiscal regional, mantenía una comunicación fluida con Hermosilla, a quien entregaba información reservada de las causas que investigaba.
Los mensajes muestran coordinaciones en el marco del Caso Penta para cerrar la causa con salidas alternativas y evitar ir a juicio oral con los dueños del Holding, Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín.
También evidencian cómo Guerra traspasó a Hermosilla información sobre el caso del exdirector de la PDI, Héctor Espinosa, con el objetivo de encontrar una fórmula para cambiar el delito de cohecho por uno menor.
Según la acusación fiscal, Guerra «habría solicitado reiteradamente al abogado Luis Hermosilla Osorio beneficios de carácter personal y ‘extra posicionales’, aprovechando su posición de Fiscal Regional».
Estos beneficios incluían: la gestión de reuniones privadas con altas autoridades del Poder Ejecutivo y el expresidente Sebastián Piñera; la intermediación para una eventual designación como consejero del Consejo de Defensa del Estado (CDE); solicitudes reiteradas de trabajo, tanto en el ámbito privado como académico (que finalmente se concretaron en la Universidad San Sebastián y municipios del sector oriente); y gestiones en favor de terceros.
El exfiscal Jorge Abbott, en su testimonio, declaró que fue «manipulado» por Guerra, quien le habría enviado un correo solicitando la reasignación de los casos de financiamiento ilegal de la política para justificar decisiones procesales que ahora se revelan como parte de un acuerdo subyacente con los imputados.
Abbott señaló: «Ahora llego a la convicción que esa acción de Manuel Guerra fue una manipulación. En ese momento pensé que solo me había tocado pagar los costos de la honesta decisión de un fiscal regional, pero ahora sé que no fue así y el correo me lo envió para usarlo de justificación de no tener un compromiso previo para terminar la causa».
La Corte Suprema confirmó la querella de capítulos en su contra en febrero de 2026, removiendo su fuero y habilitando su formalización. Esta se llevó a cabo el 9 de marzo de 2026 ante el 4° Juzgado de Garantía de Santiago.
En la audiencia, el fiscal regional de Arica, Mario Carrera, expuso en detalle la gravedad de las conductas imputadas, revelando que Guerra compartió información reservada sobre investigaciones de alta sensibilidad pública, incluyendo el montaje de la Operación Huracán, causas de corrupción en Vitacura, indagatorias vinculadas al estallido social y pesquisas contra los senadores Iván Moreira y Manuel José Ossandón, entre otras.
Según la Fiscalía, Guerra habría conducido estas investigaciones «alejándose de criterios técnicos y jurídicos» para asegurar resultados favorables a los imputados.
En el caso Penta, por ejemplo, se le acusa de posibilitar la aplicación de procedimientos abreviados con penas sustancialmente inferiores, «afectando gravemente el interés público y la persecución penal».
A cambio, habría solicitado a Hermosilla beneficios personales, como su designación en el Consejo de Defensa del Estado (CDE), su incorporación al estudio jurídico de Hermosilla y Chadwick, y apoyo para su carrera académica y municipal.
Tras dejar el Ministerio Público, Guerra se integró a la Universidad San Sebastián, a la Asociación de Municipalidades para la Seguridad en la Zona Oriente (AMSZO) y a la Municipalidad de Providencia, concretando los beneficios gestionados a través de la red.
En la misma audiencia, se produjo una situación procesal relevante: mientras el Ministerio Público solicitó como medidas cautelares el arresto domiciliario total, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y otros querellantes pidieron la prisión preventiva para el exfiscal, reflejando la diversa valoración de la gravedad del caso y el riesgo de fuga u obstrucción a la justicia.

2. Condiciones Estructurales que Facilitan las Malas Prácticas
Los casos de corrupción florecen en un terreno abonado por características institucionales específicas del sistema judicial chileno.
Desde el marco teórico de Lascoumes, estas condiciones no son meras deficiencias administrativas, sino mecanismos que permiten a la élite judicial mantener su economía moral y su capacidad de auto-regulación disfuncional:
Hiperconcentración de poder: La Corte Suprema acumula funciones jurisdiccionales, de gobierno interno, administrativas y disciplinarias sin contrapesos efectivos. Esta concentración crea amplios espacios de discrecionalidad donde pueden prosperar las redes de influencia, y permite al grupo dirigente controlar el ingreso, la promoción y la sanción de sus miembros, estableciendo un sistema de excepciones a su favor.
Sistema de nombramientos opaco: El mecanismo de cooptación, donde los propios jueces en ejercicio seleccionan a los nuevos integrantes, fomenta la formación de camarillas basadas en lealtades personales o políticas, en detrimento de la meritocracia y la transparencia. Este sistema asegura la reproducción de la economía moral del grupo, incorporando solo a quienes comparten sus códigos y lealtades.
Sobrecarga procesal extrema: La duplicación de la carga de trabajo en la Corte Suprema en los últimos años limita la capacidad de supervisión y puede usarse como justificación para la opacidad y la falta de controles efectivos.
Cultura del «silencio cómplice»: La lealtad al grupo y la preservación de su reputación se convierten en el valor supremo, por encima de la verdad o la justicia abstracta. El silencio no es pasividad, sino una acción activa exigida por la economía moral: callar para no dañar al grupo. Quienes rompen este código enfrentan el ostracismo profesional, como lo demuestra la falta de denuncias internas a pesar de la magnitud de los casos revelados.
Auto-regulación como mecanismo de protección: La capacidad de la élite judicial para investigar y sancionar a sus propios miembros, sin controles externos efectivos, ha resultado en una protección corporativa antes que en una rendición de cuentas real. El caso Ulloa, donde la Corte Suprema no logró removerlo (votación 7 a 7), es el ejemplo más claro de esta disfuncionalidad: los mecanismos internos de control fueron cooptados y desvirtuados, transformándose en instrumentos de protección del grupo.

3. La crisis de legitimidad: Una desconfianza estructural
La teoría de Lascoumes ayuda a comprender por qué una crisis de esta naturaleza deriva inevitablemente en una crisis de legitimidad profunda.
La economía moral de la élite judicial, con sus códigos y justificaciones internas, entra en un choque frontal con la economía moral de la ciudadanía, que espera imparcialidad y sujeción a la ley común.
Las encuestas reflejan una desconfianza ciudadana masiva: un 78% de los chilenos cree que las decisiones judiciales son influenciadas por personas con poder y dinero, y un 66% piensa que los partidos políticos ejercen presión sobre los tribunales. Solo un 14% declara confiar en los tribunales, y un 57% identifica a la corrupción como el principal problema del Poder Judicial.
Esta crisis se alimenta de la percepción de una justicia desigual, donde quienes tienen recursos y conexiones operan bajo reglas distintas.
La connivencia entre operadores judiciales y figuras políticas, evidenciada en los casos de Hermosilla, Letelier, Vivanco, Ulloa y Guerra, valida esta percepción y erosiona la base social del Estado de Derecho.
Decisiones como la del Pleno de la Corte Suprema que no removió a Ulloa, o la revelación de que Guerra coordinaba salidas procesales favorables a imputados de alto perfil mientras recibía beneficios laborales, son interpretadas públicamente como actos de impunidad selectiva que profundizan la desconfianza.
La sociedad ya no percibe a la judicatura como un poder neutral, sino como un grupo de interés más, capturado por sus propias lógicas corporativas y por redes externas de influencia política (Hermosilla, Chadwick) y económica.
La destitución de Ulloa por el Senado, si bien restauró parcialmente la confianza en el sistema de controles, también dejó en evidencia la falla del órgano natural de disciplina judicial. El caso Guerra, por su parte, extiende esta crisis al Ministerio Público, mostrando que las redes de corrupción no se limitan a los jueces, sino que alcanzan también a los fiscales encargados de las investigaciones penales más sensibles.
Que un fiscal de tan alto rango haya podido manipular causas emblemáticas como Penta o interferir en investigaciones del estallido social, revela una captura sistémica que compromete la credibilidad de todo el sistema de justicia penal.
4. Respuestas y reformas: Desarmar las condiciones de la auto-regulación disfuncional
Desde el marco teórico de Lascoumes, las reformas necesarias trascienden la mera sanción de personas o la escritura de nuevos códigos éticos. Se trata de desarmar estructuralmente las condiciones que permiten la auto-regulación disfuncional y la creación de zonas grises.
Los casos analizados —Hermosilla, Vivanco, Letelier, Ulloa y Guerra— han expuesto de manera cruda el fracaso del control interno y la necesidad de que el sistema político actúe como último garante, una situación excepcional que no puede institucionalizarse como regla:
Fragmentar el poder concentrado: La creación de un Consejo de la Justicia externo a la Corte Suprema para las funciones de gobierno y nombramientos no es solo una mejora administrativa. Es una reingeniería institucional destinada a romper el monopolio de la élite judicial sobre su propio sistema, introduciendo transparencia y controles cruzados.
Transparencia en los nombramientos: Es urgente reformar el sistema de cooptación, reemplazándolo por mecanismos basados en el mérito, con criterios públicos y participación de actores externos acreditados, siguiendo modelos como los Consejos de la Magistratura de España o Portugal.
Mecanismos externos de investigación y control: La investigación de delitos o faltas graves cometidas por jueces y fiscales no puede quedar en manos de la propia jerarquía judicial. La experiencia de los casos Ulloa (donde el Congreso tuvo que intervenir ante la parálisis de la Corte Suprema) y Guerra (cuya investigación solo avanzó gracias a la filtración de los chats y la designación de un fiscal externo, y donde hoy incluso hay discrepancia entre los persecutores sobre las medidas cautelares) subraya la necesidad de crear unidades independientes, similares a la Comisión de Quejas Judiciales de Ontario (Canadá).
Protección efectiva al denunciante: Es fundamental legislar un Estatuto del Denunciante Judicial que garantice canales seguros y externos, anonimato y protección contra represalias laborales, inspirado en la Ley de Denunciantes de la UE.
Transparencia proactiva: Obligar por ley a la publicación de actas administrativas, declaraciones de patrimonio de los ministros y los criterios de asignación de causas sensibles, como lo hace el Poder Judicial de Costa Rica. Esto significa sacar los procedimientos de la opacidad de la zona gris y someterlos al escrutinio público, donde las rutinas de justificación pierden eficacia.
El éxito de estas medidas depende críticamente de un factor: la voluntad política sostenida y la presión social informada.
Las reformas que buscan abrir instituciones históricamente cerradas enfrentan una resistencia natural. Su avance requiere de una coalición política amplia y de una ciudadanía que, a través de una prensa libre y una sociedad civil activa, exija cambios concretos.
Conclusión: Normalidad sociológica y oportunidad de cambio
En síntesis, la sociología de las élites delincuentes de Pierre Lascoumes nos ofrece una lente poderosa para reinterpretar la crisis judicial chilena. Lo que desde una mirada superficial parece una contradicción (instituciones formalmente sólidas con casos graves de corrupción), desde esta teoría es la manifestación esperable de un sistema donde una élite ha operado con opacidad, márgenes de acción no controlados y una auto-regulación que ha sido cooptada para fines corporativos.
Los casos de la red Hermosilla, la exministra Vivanco, la exministra Letelier, el exjuez Ulloa y el exfiscal Guerra no son anomalías en un sistema sano. Son síntomas graves de disfunciones estructurales que requieren una intervención profunda. Todos ellos comparten un patrón común: el uso de la posición institucional para obtener beneficios personales (ascensos, cargos, trabajo, influencia) a través de redes informales que operan al margen de los cauces legales.
El caso Ulloa expuso de manera cruda el fallo del control interno y la necesidad de que el sistema político actúe como último garante. El caso Guerra, por su parte, revela que el problema no se limita a los jueces, sino que alcanza también a los fiscales, expandiendo la zona gris hacia el Ministerio Público y comprometiendo la credibilidad de las investigaciones penales más sensibles para la democracia.
La audiencia del 9 de marzo de 2026, con la solicitud diferenciada de medidas cautelares, muestra que incluso entre los persecutores existen distintas valoraciones sobre cómo enfrentar estos crímenes de élite, reflejando la complejidad de juzgar conductas que durante años operaron en la más absoluta opacidad.
El camino de reforma, por tanto, no pasa solo por castigar a los transgresores, sino por rediseñar radicalmente las reglas del juego institucional para disipar las zonas grises, debilitar la auto-regulación opaca y restablecer la confianza mediante una rendición de cuentas real y efectiva ante la sociedad.
La destitución de Ulloa por el Senado y la formalización de Guerra marcan precedentes de intervención externa; la tarea ahora es institucionalizar esos contrapesos para que la democracia no dependa de actos excepcionales, sino de un funcionamiento ordinario, transparente y legítimo de sus instituciones judiciales. El desafío es monumental, pero el costo de la inacción para la democracia chilena sería aún mayor.
Leopoldo Lavín Mujica
