Crisis en el gigante sudamericano

Brasil: Comité de DDHH de la ONU analizará el fallo contra Lula

El 24 de enero último la Justicia ratificó y aumentó la condena impuesta por el juez Sergio Moro al ex presidente de Brasil Luiz Inácio Lula da Silva.

Por El Ciudadano Argentina

31/01/2018

Publicado en

Latinoamérica

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El Comité de Derechos Humanos de la ONU evaluará en el segundo semestre de este año la persecución judicial, por parte del juez federal Sergio Moro, encargado de la operación anticorrupción Lava Jato, de que es víctima el ex presidente Luiz Inácio Lula da Silva, anticipó el diario digital Brasil 247.

El caso fue llevado a la Comisión de Derechos Humanos de la ONU el pasado año. De acuerdo con la publicación, que cita al Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el tema pudiera ser apreciado en julio u octubre, cuando tendrán lugar los otros encuentros programados.

Durante la víspera, el reconocido abogado británico Geoffrey Robertson, quien defiende al ex mandatario en cortes internacionales, atribuyó al carácter “arcaico” del sistema judicial brasileño la imposibilidad de que Lula pueda tener un juzgamiento imparcial.

 

 

Cabe recordar que el 24 de enero último el TRF4 ratificó y aumentó la condena impuesta por el juez Sergio Moro al ex presidente de Brasil Luiz Inácio Lula da Silva.

Los tres jueces encargados de examinar la apelación presentada por la defensa del ex dignatario coincidieron en desestimar íntegramente los alegatos de la misma y respaldaron el voto del relator Joao Pedro Gebran Neto, quien elevó a 12 años y un mes de prisión la pena dictada antes por Moro (nueve años y seis meses de cárcel).

Defensa de Lula solicita “habeas corpus”

Tal como informa Cuba Debate, abogados de la defensa del actual candidato a la presidencia de Brasil, solicitaron este 30 de enero un habeas corpus ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), a fin de que éste permanezca en libertad por el resto del proceso.

En su demanda, los letrados piden que el TSJ desestime la determinación “inconstitucional e ilegal” del Tribunal Regional Federal de la Cuarta Región (TRF4), que dispuso el encierro del exmandatario una vez juzgados los recursos dirigidos a esa corte intermedia.

Según la defensa de Lula, al ordenar el cumplimiento anticipado de la pena (sin agotar todos los recursos procesuales en todas las instancias) el TRF4 contradice artículos contemplados en la Constitución Federal, el Código de Proceso Penal, la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Remarca que Lula fue condenado por el delito de corrupción pasiva por la supuesta práctica de “actos indeterminados”, sin que se demostrara cualquier flujo financiero destinado al pago de ventajas indebidas al expresidente y solo sustentando dicha acusación en la declaración de un co-reo que negociaba una delación premiada para reducir su condena.

No hubo demostración de un comportamiento funcional específico vinculado a la práctica u omisión de un acto de oficio, sin lo cual no se puede configurar un delito de corrupción pasiva, ni tampoco la entrega de cualquier bien o valor, tornando imposible que exista la práctica del crimen de lavado de dinero, insiste el documento.

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