Suprema acoge demanda contra ENAP por contaminación de bahía de Quintero

Acción legal es por reparación de daño ambiental

Por Daniel Labbé Yáñez

26/09/2019

Publicado en

Chile / Medio Ambiente / Portada

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La Corte Suprema acogió un recurso de casación y una demanda de reparación de daño ambiental presentada en contra de la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) por la municipalidad de Quintero, esto por el derrame de hidrocarburos producido el 24 de septiembre de 2014 en la bahía de la comuna.

La Tercera Sala del máximo tribunal consideró que la empresa es responsable del daño producido por el rompimiento de una cañería de transporte de hidrocarburos por parte del buque tanque «Mimosa», lo que provocó el vertimiento de 37.800 litros de combustible en la zona. 

La Corte estableció que ENAP ha causado «un daño ambiental significativo en (…) agua, fondo marino, biota acuática, fauna costera y playas».

A partir de ello se mantuvo la medida cautelar que obliga a la empresa a «realizar un completo análisis de los riesgos de la actividad de descarga de combustibles desde naves a través de la instalaciones existentes». Junto con ello, la petrolera deberá «implementar un sistema de control y monitoreo apenas ocurrido un derrame, tanto para hidrocarburos como para otras sustancias que se cargan o descargan en la bahía afectada».

Por otra parte, la empresa «deberá implementar plan de monitoreo, a efectos de identificar, cuantificar y preservar las condiciones de desarrollo del pingüino de Humboldt, gaviotín chico, chungungos y otra flora, fauna y biota afectadas por el derrame».

Lo anterior porque la sentencia estableció que hubo daños en la fauna y la biótica de la bahía de Quintero, detallando que «se recolectaron 48 ejemplares de fauna afectada, de los cuales 35 fallecieron, con señales de intoxicación por hidrocarburos (…) Entre aquellos afectados, se encuentran 13 pingüinos de Humboldt, 1 chungungo (Lontra felina) y, además, se registra la muerte de 1 Sterna lorata, esto es, aquella conocida como gaviotín chico», estos tres últimos en peligro de extinción.

Se apunta que también hubo afectación de otros organismos -como «jaibas, caracoles, choritos, pulgas de mar y locos, con presencia de elementos tóxicos»- y de la biota acuática «por la extracción de recursos bentónicos en las labores de limpieza, dejándose establecida la extracción de 300 toneladas de residuos que incluían peces, invertebrados y algas del sector».

Por otra parte, se enfatiza en que hubo «efectos directos» en los habitantes de los sectores costeros aledaños a la bahía, esto a raíz de que se decretó por la autoridad marítima la prohibición de extracción, distribución y consumo de productos del mar, desde Horcón y hasta los sectores de extracción de Cachagua y Zapallar. La Corte apunta que la gravedad «se acentúa si se considera que se trata de localidades que desarrollan actividades económicas fuertemente marcadas por la pesca, extracción de algas y turismo», lo que se tradujo en «pérdidas económicas para los pescadores artesanales».

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