Invalidó cuatro artículos del código local

Corte echa para atrás la reforma de la Ley Garrote en Tabasco

El reglamento establece endurecer las penas por impedir la ejecución de obras públicas, o realizar bloqueos de calles

Por Nelytza Lara

03/03/2021

Publicado en

México / Pueblos

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) echó para atrás las reformas al Código Penal de Tabasco que endurecen las penas por impedir la ejecución de obras públicas, o realizar bloqueos de calles, legislación conocida como Ley Garrote.

A casi un año y medio de su aprobación, el Pleno de la Corte invalidó cuatro artículos del código local.

Entre ellos, el 196 Bis y 299, los cuales sancionaban a quien impidiera o tratara de impedir por cualquier medio la ejecución de trabajos u obras privadas y públicas, así como a quien “obstruyera el acceso de personal o de maquinaria al lugar destinado para la ejecución de dichos trabajos u obras”.

También invalidó el artículo 308 Bis, que sancionaba a quien extorsionara, coercionara, intentara imponer o impusiera cuotas, e impidiera total o parcialmente el libre tránsito de personas, vehículos, maquinaria, equipo especializado o similar para la ejecución de trabajos u obras públicas o privadas, en las vías y medios de comunicación de jurisdicción local.

El artículo 308, el cual contemplaba sanciones para quien obstruyera, interrumpiera o dificultara el servicio público local de comunicación, también fue invalidado, “al considerar que no aportaba suficientes elementos que acotaran adecuadamente las conductas sancionadas”.

Sin embargo, la Corte si validó el artículo 307 del Código Penal de Tabasco, que tipifica y sanciona a quien interrumpa o dificulte el servicio público local de comunicación, destruyendo o dañando alguna vía o medio local de comunicación o de transporte público de pasajeros o de carga.

El gobernador Adán Augusto López promovió y defendió en su momento la legislación argumentando el combate a la extorsión de grupos sindicales que impiden el libre tránsito o bloquean obras para obtener un beneficio propio.

Esta legislación surgió en el inicio de megaproyectos en la entidad, como la refinería de Dos Bocas, y el paso del Tren Maya.Lo que hacemos en Animal Político requiere de periodistas profesionales, trabajo en equipo, mantener diálogo con los lectores y algo muy importante: independencia. Tú puedes ayudarnos a seguir.

Fuente: Animal Político

Para mayor información viiste el siguiente enlace

https://www.animalpolitico.com/2021/03/corte-ley-garrote-tabasco-invalida-reforma/

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