En la última sesión del periodo ordinario, el Pleno del Senado de la República aprobó por unanimidad una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos que permitirá a funcionarios de Pemex, la Comisión Federal de Electricidad (CFE), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y el Banco de México (Banxico) portar armas de fuego para funciones de seguridad, siempre que lo justifiquen y cumplan con los requisitos legales.
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Con 105 votos a favor, la reforma también contempla el endurecimiento de penas por tráfico ilegal de armas y explosivos, así como nuevas restricciones al uso y transporte de armamento, incluida la prohibición de armas impresas en 3D y dispositivos de activación remota.
El dictamen, que ahora pasará al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, prevé sanciones de hasta 30 años de prisión y multas que superan los 200 mil pesos para quienes introduzcan al país armamento reservado al uso exclusivo de las Fuerzas Armadas o modifiquen armas para convertirlas en automáticas.
Asimismo, se establecen penas de entre 6 y 12 años de cárcel para quienes trafiquen explosivos, artificios o sustancias químicas con fines bélicos, sin los permisos correspondientes.
La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) mantendrá la facultad de autorizar o negar las licencias de portación, incluyendo armas automáticas calibre 7.62 mm o superiores, tanto para personal de seguridad pública como para funcionarios que acrediten la necesidad de uso en sus funciones.
La legislación también contempla medidas contra el mal uso de armamento oficial, al sancionar con hasta 15 años de prisión la disposición indebida de armas otorgadas a cuerpos policiales o de procuración de justicia.
Con esta reforma, se busca fortalecer el marco legal en torno a la posesión, portación y tráfico de armamento, en un contexto de creciente preocupación por la seguridad nacional y el combate al crimen organizado.
Foto: Redes
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