Chile: La PDI está investigando a las Mutuales por presunto fraude al fisco

  A fin de ratificar su denuncia en contra de las mutuales ante el Comisario de la PDI, Iván Crisóstomo Alarcón, es que este lunes llegará hasta la Brigada Investigadora de Delitos Económicos de la Región Metropolitana, el senador Alejandro Navarro

Por Director

07/08/2016

Publicado en

Chile / Política

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Corrupcion

 

A fin de ratificar su denuncia en contra de las mutuales ante el Comisario de la PDI, Iván Crisóstomo Alarcón, es que este lunes llegará hasta la Brigada Investigadora de Delitos Económicos de la Región Metropolitana, el senador Alejandro Navarro.

El parlamentario explicó que, “esta cita tendrá por fin poner en conocimiento a la Policía de Investigaciones, por medio de su brigada especial en esta materia, del presunto fraude al fisco que las mutuales han estado cometiendo por años, y que ya asciende a los $90 mil millones”.

“Pues, no todas las licencias que asume el sistema público de salud son a causa de enfermedades de origen común, sino que muchas corresponden a enfermedades profesionales o accidentes del trabajo, que deberían asumir las mutuales”, explicó el senador por la Región del Biobío.

Para ejemplificar, el congresista señaló que, “durante el año 2014 el sistema público tramitó 3.053.000 licencias médicas, de las cuales 540 mil correspondieron a licencias de origen laboral que el sistema público asumió como curativas producto del rechazo de la mutual y la superintendencia de Seguridad Social, debiendo el Fisco desembolsar más de $90 mil millones.

El presidente de la Comisión de DDHH del Senador recordó que dicha situación la ha denunciado en diversas oportunidades: “en el 2013 por ejemplo, casi dos mil millones de pesos fueron devueltos por las mutuales a la isapre MasVida, por concepto de licencias médicas que la isapre pagó por prestaciones, que en realidad correspondían a accidentes del trabajo que habían sufrido trabajadores y trabajadoras beneficiarios de la ley 16.744”.

“Por lo que solicitamos al director de Fonasa de ese entonces, Arturo San Martín, que se crease una Junta Médica especial para revisar todos las licencias de accidentes laborales y enfermedades profesionales que son rechazados por las mutuales y la superintendencia de Seguridad Social, y que son derivados al sistema público. Sin embargo, no se tomaron medidas ante nuestra denuncia”, indicó el legislador.

“Lo grave de esta situación”, continuó, “es que las mutuales fueron creadas para prevenir y resguardar a los trabajadores en caso de accidentes laborales o enfermedades profesionales. Sin embargo, desvirtuaron el espíritu de la ley 16.744 la que fuese promulgada el año1968, en el Gobierno de Eduardo Frei Montalba, convirtiéndose hoy en una máquina de defraudar el Estado”.

Navarro agregó que “esto se origina a través de incentivos perversos; ya que si un accidente no es calificado como laboral por la mutual o la Superintendencia de Seguridad Social, o no es denunciado como tal, disminuye la tasa de accidentabilidad de la empresa, por tanto, al ser estas menos riesgosas, permite que la prima que cobra la mutual al empleador, para efectos del seguro laboral, mantenga o disminuya su valor”.

“De esta forma, las mutuales pueden lucir cifras, como las de la mutual Asociación Chilena de Seguridad (AChS), que se jactan de haber bajado la tasa de accidentabilidad de sus empresas al 4%”, agregó.

Respecto a los eventuales delitos que se configurarían y por los que la Policía de Investigaciones está también indagando, el parlamentario sostuvo que “si funcionarios y autoridades determinadas de la Superintendencia de Seguridad Social, que deberán ser identificadas en el curso de la investigación, a sabiendas, desechan las apelaciones o reclamaciones de los trabajadores que solicitan la recalificación de sus accidentes de origen laboral o enfermedades profesionales, impidiendo que opere el seguro de accidentes de la Ley 16.744, por lo que quedan de cargo del Fisco, se configuraría el delito contemplado en el Art. 239 inc. 1 del Código Penal que dispone: ‘El empleado público que en las operaciones en que interviniere por razón de su cargo, defraudare o consintiere que se defraude al Estado, a las municipalidades o a los establecimientos públicos de instrucción o de beneficencia, sea originándoles pérdida o privándoles de un lucro legítimo, incurrirá en la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo”.

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