Caso La Polar y Achifarp: reiteración de conflictos de interés no declarados en la Fiscalía Centro Norte
El denominado Caso La Polar estalló públicamente en 2011, tras revelarse la repactación unilateral y masiva de deudas de clientes sin su consentimiento. La investigación penal fue tramitada por la Fiscalía Centro Norte (FCN) entre los años 2011 y 2015.
Los fiscales a cargo de la causa fueron Andrés Montes Cruz y José Morales Opazo. Durante la investigación, el Ministerio Público estableció que los integrantes del denominado Comité de Repactaciones tenían conocimiento de las prácticas investigadas.
De acuerdo con antecedentes incorporados en la carpeta investigativa, existen correos electrónicos y otros medios de prueba que dan cuenta de que Javier Vega Sepúlveda, entonces gerente de marketing de La Polar, estaba en conocimiento y participaba de los procesos de repactación unilateral de deudas.
Según dichos antecedentes, Vega Sepúlveda intervino en decisiones vinculadas a la denominada “carpeta E”, correspondiente a clientes “energizados”, esto es, consumidores cuyas deudas fueron reprogramadas unilateralmente sin consentimiento, práctica que posteriormente fue calificada como ilícita por los tribunales.
Consta en correos electrónicos internos de la compañía que ejecutivos del comité, incluido el área de marketing, estaban al tanto del mecanismo de repactación y de su implementación sobre la cartera de clientes «energizados».
Pese a la existencia de estos elementos probatorios, Vega Sepúlveda no fue imputado, quedando únicamente en calidad de testigo dentro de la causa.
Este resultado procesal adquiere especial relevancia jurídica considerando que Vega Sepúlveda mantenía un vínculo familiar directo con el fiscal Andrés Montes Cruz, en calidad de cuñado, relación que ya existía durante toda la tramitación de la causa. Pese a ello, no consta públicamente que el fiscal se haya inhabilitado ni que haya declarado formalmente dicho conflicto de interés.
Llama la atención que esta relación familiar —relevante desde el punto de vista del deber de imparcialidad— haya pasado prácticamente desapercibida para la cobertura mediática del caso, sin que fuera objeto de escrutinio público durante los años en que se desarrolló la investigación y se dictaron las principales decisiones procesales.
Mientras otros ejecutivos de La Polar fueron formalizados y condenados, Vega Sepúlveda quedó excluido de toda imputación penal, pese a su rol directivo y a la existencia de antecedentes documentales que lo situaban con conocimiento y participación en los hechos investigados.
El patrón se repite: caso Achifarp
Más de una década después, un esquema relacional similar vuelve a observarse en el denominado caso Achifarp. En esta causa, Javier Vega Sepúlveda figura como propietario de la cadena de farmacias Fracción, empresa que compite directamente con las farmacias populares, tanto en el mismo segmento de consumidores como mediante el uso del eslogan “medicamentos a precio justo”.
La investigación penal fue asignada a la fiscal Giovanna Herrera, esposa del fiscal Andrés Montes Cruz y concuñada de Javier Vega Sepúlveda. La causa tiene como objeto indagar presuntas irregularidades vinculadas a la Asociación Chilena de Farmacias Populares (Achifarp), organización que incide directamente en el mismo mercado en el que opera la empresa de Vega Sepúlveda.
De acuerdo con los antecedentes disponibles, no consta que la fiscal Herrera se haya inhabilitado ni que haya informado formalmente este vínculo familiar y el interés económico asociado.
Desde una perspectiva jurídica, esta situación configura un conflicto de interés objetivo, al intervenir una fiscal en una causa cuyos efectos económicos potenciales impactan directamente en un familiar cercano, circunstancia que, conforme a los principios de imparcialidad y probidad administrativa, hacía procedente su inhabilitación o, al menos, una declaración expresa del conflicto.
“La intervención de un persecutor penal en causas donde existen vínculos familiares directos con actores que mantienen intereses económicos relevantes compromete el deber de objetividad del Ministerio Público”, señalan fuentes jurídicas consultadas para este reportaje.
Así, tanto en el caso La Polar como en Achifarp, se observa un patrón reiterado de intervención de fiscales con vínculos familiares directos respecto de personas con intereses económicos relevantes en las causas investigadas, sin que existan registros públicos de mecanismos efectivos de resguardo de imparcialidad, transparencia o control interno por parte de la Fiscalía Centro Norte.
Hasta la fecha de publicación de este reportaje, ni el Ministerio Público ni los fiscales aludidos han informado públicamente sobre eventuales inhabilitaciones, declaraciones de conflicto de interés o revisiones administrativas internas relacionadas con estas causas, pese a la relevancia institucional de los antecedentes expuestos.
Antecedentes a considerar:
Imagen 1
Documento de la SVS que evidencia que Javier Vega, gerente de Marketing en la Polar estaba en el comité de cobranza de La Polar, donde se renegociaban unilateralmente las deudas con los clientes morosos. Imputaron a 5 gerentes. A él no. Andrés Montes no se inhabilitó. Hay varios correos del tema que el envía, recibe o le copian a Vega.
Imagen 2
Correo de Vega a otros gerentes para cambiar modalidad de cobros
Imagen 3
Documento completo SVS – enlace





