La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó por unanimidad el segundo informe del proyecto de ley que agrava las sanciones por actos de zoofilia.
Recordemos que, por ser objeto de indicaciones, la iniciativa había vuelto a la Comisión de Constitución de la misma Cámara, tras ser aprobada de manera general en noviembre de 2024.
Sin embargo, dicha instancia legislativa no logró los consensos para ratificar los cambios propuestos, tendientes a establecer una nueva agravante para sancionar el maltrato animal, en los casos en que se incurra en bestialidad, lesiones o muerte del animal.
«Primó de esta manera el criterio de la comisión técnica que, en conjunto con el Ejecutivo, fijó el rango de la pena en presidio menor en su grado medio, es decir, 541 días a tres años de cárcel», señala el reporte de la Cámara.
Modificación del Código Penal
La iniciativa modifica el Código Penal y plantea en lo principal «regular y sancionar en forma calificada, los casos de maltrato animal en que se incurra en bestialidad o zoofilia».
A partir de la propuesta, «será circunstancia agravante cometer el delito de maltrato animal previsto en el artículo 291 del Código Penal, mediante actos de bestialidad».
El proyecto indica que, para dichos efectos, se entenderá por actos de bestialidad la realización de cualquier acto de connotación sexual que afecte los genitales, ano o cavidad bucal del animal. «Se exceptúa de esta situación aquello realizado con fines legítimos», agrega la propuesta, que cita a manera de ejemplo algunos procedimientos veterinarios, científicos o reproductivos.

Seguiremos informando.
Foto Portada: Referencial
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