IPS hace llamado a personas beneficiarias de leyes reparatorias de 82 o más años para que soliciten la PGU

Actualmente, la mayor parte de quienes reciben beneficios de reparación no tienen la PGU, o solo acceden a una parte en muy pocos casos. Con la Ley N° 21.735, si cumplen todos los requisitos, podrán recibir el monto completo del beneficio, esto es, $250.000 mensuales desde septiembre de 2025, según un calendario por tramos de edad. 

IPS hace llamado a personas beneficiarias de leyes reparatorias de 82 o más años para que soliciten la PGU

Autor: El Ciudadano

La Reforma de Pensiones continúa avanzando, y en ese marco, el Instituto de Previsión Social (IPS) y la Subsecretaría de Previsión Social realizaron un encuentro en la Región Metropolitana con personas representantes de agrupaciones de beneficiarios del IPS, que reciben pensiones por leyes de reparación y de gracia.

El objetivo fue informarles que quienes tendrán 82 años o más cumplidos al 1 de septiembre de 2025 ya pueden ingresar su solicitud de Pensión Garantizada Universal (PGU).  

«Actualmente, la mayor parte de quienes reciben beneficios de reparación no tienen la PGU. Solo acceden a una parte de ella, en muy pocos casos, cuando su pensión de reparación (Valech, Rettig o Exonerados) o de gracia es menor al monto máximo de ese beneficio. Desde ahora, con la Ley N° 21.735, si cumplen todos los requisitos podrán recibir el monto completo del beneficio, esto es, $250.000 mensuales desde septiembre, según un calendario por tramos de edad», explicaron desde el IPS. 

Al respecto, el subsecretario de Previsión Social, Claudio Reyes, señaló que «es importante que este conocimiento se difunda, porque esta Pensión Garantizada Universal, en el caso de este grupo de beneficiarios, tiene que ser solicitada, lo que ya se puede hacer a partir del mes de junio, recordando que deben tener el Registro Social de Hogares».

«Es primordial que todos dispongan de esta información para que los beneficiarios logren ejercer este derecho», agregó el subsecretario Claudio Reyes. 

Por su parte, el director nacional del IPS, Juan José Cárcamo, dijo que «el llamado para quienes conocen a alguna persona de 82 años y más, que tiene un beneficio de reparación, a transmitirle esta información y tratar, en lo posible, de orientarla para pedir el beneficio». 

¿Cuándo pueden solicitar la PGU las personas con beneficios de reparación, según su edad? 

Edad exigida a septiembre de cada año Fecha desde la que se puede presentar solicitud de PGU una persona con pensión de reparación 
Grupo 82 años o más Junio 2025 
Grupo 75 años o más Junio 2026 
Grupo 65 años o más Junio 2027 

Requisitos 

Más allá de contar o no con un beneficio de reparación, para obtener la PGU se deben cumplir algunos requisitos. Los principales son: tener 65 años o más; no integrar un grupo familiar del 10 % más rico de la población del país (esto se determina en el IPS); tener una pensión base calculada menor o igual a $1.210.828 (no se considera como parte de la pensión base el beneficio por ley de reparación); y acreditar al menos 20 años de residencia en Chile desde los 20 años, y 4 de los últimos 5 años anteriores a la fecha de la solicitud.  

¿Dónde solicitar la PGU? 

El IPS ha habilitado distintas maneras de solicitar el beneficio: 

  • En sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social. 
  • Por Internet: en www.chileatiende.cl con ClaveÚnica. También por Videoatención en ese mismo sitio, en este caso sin necesidad de ClaveÚnica. 
  • En el municipio, AFP o compañías de seguros (si se está afiliado a una de esas entidades). 

Para más información, las personas pueden llamar al Cal Center 101 de ChileAtiende, al 600 440 0040 o escribir a las redes sociales @ChileAtiende en X, Facebook e Instagram. 

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