En un fallo de profundo simbolismo histórico, al cumplirse 52 años del golpe de Estado que derrocó al gobierno constitucional de Salvador Allende e instauró la dictadura cívico-militar de Augusto Pinochet, la justicia ordenó al Fisco a indemnizar a 10 sobrevivientes de torturas y prisión política en la comuna de Parral y en el Regimiento de Artillería de Linares, en 1974.
El veredicto que constituye un acto de justicia tardía, pero significativa, fue emitido por el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago en un contexto político en el que la derecha, heredera de aquel quiebre democrático, insiste en una campaña que pretende borrar la memoria colectiva y dejar atrás el pasado, junto con a los más de 2.000 ejecutados políticos, los más 1.400 detenidos desaparecidos, los 28.000 prisioneros y torturados, los miles de exiliados y el millonario robo al Estado perpetrado por el dictador Pinochet.
En la sentencia, la jueza Claudia Donoso Niemeyer estableció que el Estado de Chile debe reparar a estas 10 víctimas de un crimen de lesa humanidad.
La magistrada planteó que efectivamente, tal y como señaló el Fisco al contestar la demanda, «se han efectuado por el Estado chileno distintos y variados esfuerzos una vez terminado el régimen militar, de resarcimiento de perjuicios mediante pensiones asistenciales y simbólicas a todos aquellos que se encuentran en una situación como la de los demandantes».
Sin embargo aclaró que este tipo de compensaciones han tenido «un carácter general buscando una solución uniforme, abstracta, sin considerar la situación específica y particular de cada ser humano que haya sido objeto de tales hechos», lo cual «no configura lo dispuesto en el artículo 63.1 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, que obliga al pago de una justa indemnización a los lesionados, esto es, a cada persona en específico».
«Que, siendo un hecho indubitado la calidad de víctimas invocada por los actores, forzoso resulta concluir que en virtud de principios internacionales en materia de marras los derechos que le fueran conculcados en el contexto de autos constituyen por sí solos un daño moral que debe ser compensado por el Fisco de Chile», señaló Donoso.

Torturas en centros de horror de Parral y Linares
Según el fallo, los crímenes de lesa humanidad de los que fueron víctimas los diez prisioneros y prisioneras políticas que deberán ser indemnizados por el Fisco fueron perpetrados en su gran mayoría en tres centros de represión emblemáticos de la Región del Maule.
La Escuela de Artillería de Linares se convirtió en uno de los principales recintos de detención y tortura durante la dictadura. Según el Informe Rettig, allí «funcionó la Fiscalía Militar de esa ciudad, concentrándose la mayor cantidad de detenidos de la Región y se perdió el rastro de varios de ellos que hasta la fecha continúan desaparecidos».
Prácticamente todos los que permanecieron allí «fueron sometidos a un régimen de incomunicación» y a torturas físicas, psicológicas y sexuale
Los testimonios recogidos por la Comisión Rettig relatan que los detenidos llegaban desde comisarías o cárceles locales y eran mantenidos por tiempos variables y arbitrarios: horas, días o meses, siendo rotados diariamente para interrogatorios y torturas.
La antigua Comisaría de Carabineros (3ra) de Parral fue otro recinto de horror en la VII Región. La mayoría de los detenidos eran hombres de sectores rurales. Según los testimonios, permanecían encerrados en calabozos, hacinados, sin alimentos ni agua e incomunicados. Desde allí eran llevados a un sector cercano a las caballerizas para ser interrogados y sometidos a torturas que incluían golpes, colgamientos, amenazas, aplicación de electricidad, corte de pelo con machete, y eran obligados a presenciar torturas de otros y simulacros de fusilamiento.
La antigua Cárcel de Parral, de comuna de Parral, también sirvió como uno de los principales de detención de la región entre 1973-1974.
Tras ser detenidos en operativos conjuntos de militares y carabineros, los prisioneros políticos de la dictadura eran trasladados primero a retenes rurales o comisarías y luego a la Cárcel de Parral.
De acuerdo con los testimonios y denuncias de las víctimas, una vez que llegaban a esta prisión se encontraban muy maltratadas, tras haber sufrido torturas desde el mismo momento de su detención. También consta que se las mantenía incomunicadas por tiempo prolongado.
Los prisioneros eran frecuentemente trasladados desde la cárcel, a cualquier hora del día, a nuevos interrogatorios y torturas en el Cuartel de Investigaciones de esta ciudad, algunos a la Escuela de Artillería de Linares y otros pocos a la comisaría. «Luego volvían en condiciones físicas y anímicas deplorables, lo que generaba un clima constante de amenaza en el recinto», tal y como consignó Memoria Viva.
El fallo se fundamenta en los relatos crudos y detallados de las diez víctimas, cuyas experiencias ilustran la brutalidad sistemática de la dictadura.
N.C.H.M fue detenida ilegalmente en su casa en Parral en octubre de 1974 y trasladada a la comisaría local y luego a la Fiscalía Militar de Chillán, donde “la obligaron a desnudarse y le aplicaron corriente eléctrica en distintas partes de su cuerpo, especialmente en la zona de los genitales”. Le preguntaban por el paradero de su hermano, quien luego fue asesinado. Producto de ello, padece un «estado de permanente nerviosismo y temor» y un trastorno de estrés post traumático.
La detención de MJ.S.V. en 1974 se relacionó con la búsqueda de un delincuente fugado. Los carabineros allanaron su casa en Mallocaven y se llevaron detenida a toda la familia. A la mañana siguiente, en la comisaría de San Carlos, fue torturada con “privación de alimentos y de agua e imposibilidad de poder concurrir al baño”. Cuando pidió agua sacando las manos por los barrotes, “éstos no sólo no le dieron agua, sino que le golpearon las manos”. Por las noches para ser interrogada por un fiscal fue sometida a torturas mediante la privación del sueño y le privó de ver o tener información de sus hijos.
Perdió todo; sus enseres fueron robados y su esposo desapareció para siempre. Sufre de trastornos del sueño, del ánimo, aislamiento social y un trastorno post estrés traumático crónico,
L.C.M.S. , quien a la fecha de los hechos no militaba en ningún partido político, vivió una de las experiencias más traumáticas. En octubre de 1974 un grupo de carabineros ingresaron a su domicilio y procedieron a asesinar a su madre, disparándole dos balas por la espalda. Luego, la torturaron en su propia casa: “la botaban al suelo y le echaban agua por la boca y narices y le colocaban un paño para provocarle asfixia”. También la hicieron caminar de rodillas sobre espinos. En la comisaría, recibió golpes en la cabeza con libros pesados le provocaron sordera permanente.
En cada uno de los interrogatorios fue víctima de torturas y golpizas,. En una oportunidad, un médico quien la amenazó con unas agujas muy largas y finas, «mientras sus captores le decían que si no contestaba sus preguntas se las iban a enterrar por todo el cuerpo». Debido a estas agresiones, «depresión de carácter crónico y delirio de persecución».
E.C.S.G. resultó detenida en su casa en Fuerte Viejo, en octubre de 1974 y fue trasladada a la comisaría de Chillán donde fue “torturada mediante la aplicación de golpes de pies y puños en distintas partes de su cuerpo, amenazas de muerte, privación de ir al baño y, además, la obligaron a presenciar las torturas de sus otros familiares”, incluido un simulacro de fusilamiento. Según el fallo, sufre de severas dificultades para dormir y le aterra ver militares o carabineros. Además, sufre de aislamiento social, y padece las consecuencias de un trastorno de estrés post traumático.
J.N.M.S, quien es hermano de L.C.M.S. fue detenido al día siguiente del asesinato de su madre en octubre de 1974. En la comisaría de San Carlos fue brutalmente golpeado. En la Cárcel de Chillán fue torturado con “sumersión de la cabeza en agua”, “aplicación de corriente eléctrica” y simulacros de fusilamiento.
También, los uniformados le efectuaron disparos de fusil junto a los oídos, le aplicaron asfixia, lo obligaron a presenciar torturas a otras personas y fue amenazado de muerte, entre otros métodos de tortura.
Los golpes le causaron secuelas permanentes en la columna vertebral que le impidieron trabajar con normalidad desde los 27 años de edad.
M.A.E.E. fue detenido en la vía pública de Parral en septiembre de 1973. En la comisaría, “le quemaron las manos y los brazos con cigarrillos encendidos” y le sumergieron la cabeza en un pilón de agua para caballos para provocarle ahogamiento. Su hermano menor C.E.E. de 16 años, fue detenido con él y permanece desaparecido. Según el fallo, sufre pesadillas recurrentes y un trastorno de estrés post traumático.
N.G.L.A. resultó detenido a los 16 años en un bus y posteriormente llevado a la comisaría de Parral, donde fue torturado en dos oportunidades: “aplicándole un magneto con corriente eléctrica en los oídos” e intentaron obligarlo a que él torturara a otro detenido. Al negarse, fue golpeado salvajemente. Desde octubre de 2019, su ansiedad se recrudeció, «temiendo ser nuevamente detenido» y «víctima de torturas, revelando padecer un trastorno de estrés post traumático».
R.A.E.E., quién es hermano de M.A.E.E., fue detenido en 1974 en la Plaza de Armas de Parral y llevado a la comisaría donde durante dos días fue víctima de “salvajes golpes de pies y puños y culatazos”. Padece recurrentes crisis de pánico y estados depresivos. Su hermano menor C.E.E. de 16 años, quien también fue detenido permanece desaparecido.
E..A.M.V. fue detenido a los 15 años de edad en el mismo operativo que N.G.L.A. y la fecha de ocurrencia de los hecho, septiembre de 1973, era militante de las Juventudes Socialistas.
Según el fallo, fue sometido a torturas particularmente brutales. Le aplicaron “corriente eléctrica en distintas partes de su cuerpo, especialmente en los oídos”. “Le mojaban la cabeza con agua, para que la corriente fuera más fuerte”. En una sesión, “le pusieron corriente eléctrica en el pene, lo que le provocó a don Emiliano que orinara sangre”. Un militar le hizo creer que habían asesinado a unos de sus amigos que se encontraba también detenido para obligarlo a que revelara dónde se encontraban unas supuestas armas. Producto de las torturas y todo lo vivido a la edad de 15 años s u proyecto de vida quedó destruido. Hasta la fecha experimenta una angustia permanente, crisis de pánico, pesadillas, irritabilidad y síntomas de estrés post traumático.
A partir de septiembre de 1973, P.C.R.V., exsecretario del Frente de Masas del PS en Parral pasó por múltiples centros de detención: comisaría de Parral, cárcel de Parral, Escuela de Artillería de Linares, cárcel de Linares y la Cárcel de Capuchinos en Santiago. Fue torturado con “aplicación de electricidad en distintas partes de su cuerpo, golpes con churros de goma, culatazos, quemaduras con cigarrillos y simulacros de fusilamiento”. Sometido a un Consejo de Guerra, fue condenado a más de 3 años de prisión y luego al extrañamiento. Producto de las torturas, “desarrolló un cáncer de colon, debiendo ser operado, lo que implicó la extirpación de su esfínter”.
Las torturas sufridas y su injusta y larga privación de libertad, además de la pena de extrañamiento, han provocado en P.C.R.V. un «estado de angustia permanente, mucha ansiedad, estados depresivos,
pesadillas, en las que vuelve a revivir las torturas que padeció, todo lo cual revela
que sufre un trastorno de estrés post traumático hasta la fecha».
Una herida que exige verdad, justicia y reparación
La sentencia del Décimo Octavo Juzgado Civil que ordena una indemnización a los diez prisioneros y prisioneras políticas de la dictadura es un paso crucial en el reconocimiento individual de ese daño, un recordatorio de que la justicia, aunque tarde, es un pilar fundamental para una memoria que se resiste al olvido. A 52 años del golpe de Estado de 1973, las voces de los sobrevivientes de Parral y Linares, por fin, han sido escuchadas y validadas por la ley.