Suprema condena a exefectivos de la Armada por secuestro y torturas a prisioneros en Cuartel Silva Palma de Valparaíso

La Corte Suprema condenó a 5 exefectivos de la Armada por su responsabilidad en el delito de secuestro con grave daño, en contra de 8 prisioneros políticos que además fueron sometidos a torturas en el Cuartel Silva Palma en Valparaíso

Suprema condena a exefectivos de la Armada por secuestro y torturas a prisioneros en Cuartel Silva Palma de Valparaíso

Autor: El Ciudadano

La Corte Suprema condenó a 5 exefectivos de la Armada por su responsabilidad en el delito de secuestro con grave daño, en contra de 8 prisioneros políticos que además fueron sometidos a torturas en el Cuartel Silva Palma en Valparaíso.

La decisión fue tomada por la Segunda Sala del máximo tribunal, integrada por el ministros Manuel Antonio Valderrama, las ministras María Teresa Letelier, María Cristina Gajardo, la abogada (i) Pía Tavolari y el abogado (i) Eduardo Gandulfo.

En la sentencia (rol 249.264-2023) por el secuestro con grave daño de Eduardo Nelson Cabrera Vásquez, se condenó a Juan de Dios Reyes Basaur y Héctor Santibáñez Obreque a 6 años de presidio, en régimen de cumplimiento de arresto domiciliario por su responsabilidad como autores del delito.

En el fallo (rol 55.569-2024) por el secuestro con grave daño de Amador Amable Canelo Sánchez se condenó a Sergio Hevia Febres a 5 años y un día de presidio, en régimen de arresto domiciliario por su responsabilidad como autor del delito. En el caso (rol 59.030-2024) por el secuestro con grave daño de Erwin Hugo Conn Tesche se condenó a 5 años y un día de presidio, en arresto domiciliario, como autor del delito.

En la sentencia (rol 55.569-2024) por el secuestro con grave daños de Gilberto Alfonso Hernández Vera se condenó a Juan de Dios Reyes Basaur y Héctor Santibáñez Obreque a 5 años y un día de presidio, en régimen de cumplimiento de arresto domiciliario por su responsabilidad como autores del delito.

En el fallo (rol 7.359-2025) por el secuestro de Eduardo Enrique Ulloa Navarro, se condenó a Laureano Hernández Araya a 5 años y un día de presidio como autor de secuestro con grave daño.

En el caso (rol 8.359-2025) por el secuestro de Luis Alberto Álvarez Noziglia se condenó a Juan de Dios Reyes Basaur y Héctor Santibáñez Obreque a 5 años y un día de presidio, en régimen de cumplimiento de arresto domiciliario por su responsabilidad como autores del delito.

En el fallo (rol 9.220-2025) por el secuestro simple de Arturo Madrid López se condenó a José Elías Villalón Palominos a 61 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional, como autor del delito.

Finalmente, en la decisión (rol 8.359-2025) por el secuestro de Patricio Héctor Valdés Torres se condenó a Juan de Dios Reyes Basaur y Héctor Santibáñez Obreque a 5 años y un día de presidio, en régimen de cumplimiento de arresto domiciliario por su responsabilidad como autores del delito.

Los hechos

En todos estos casos, la investigación del ministro en visita Max Cancino estableció los siguientes hechos:

«Que existió una agrupación de inteligencia militar, jerarquizada y disciplinada denominada Servicio de Inteligencia de la Comandancia de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior, conocida como SICAJSI, que operó activamente a partir del 11 de septiembre de 1973, conformada por agentes pertenecientes a las diversas reparticiones de la defensa nacional, particularmente por funcionarios de la Armada de Chile, cuyo objetivo principal fue la represión de personas opositoras al régimen militar, para lo cual se procedía a su búsqueda y detención, las que luego eran privadas de libertad para la obtención de información mediante tortura física y psicológica».

«Luego de ubicar y detener a las personas, las patrullas armadas los conducían hasta la Academia de Guerra Naval, o al edificio contiguo, Cuartel Silva Palma, ubicados ambos en Playa Ancha, Valparaíso, lugar donde las personas eran encerradas e interrogadas», agrega el texto.

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