No es llegar y llevar con el hielo. Este sábado 7 de febrero, la Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó el amparo económico presentado por empresas de turismo contra la decisión de Conaf que ordenó el cierre de las caminatas sobre el glaciar Exploradores —ubicado en el Parque Nacional Laguna San Rafael— y la no renovación de permisos para desarrollar ecoturismo en ese sector.
En un fallo unánime (causa rol 102-2025), la Primera Sala del tribunal —integrada por los ministros Luis Aedo Mora, Natalia Rencoret Oliva y el fiscal judicial Jaime Álvarez Astete— concluyó que la actuación de Conaf se ajustó a derecho y se apoyó en antecedentes técnicos “objetivos” provenientes de un organismo competente: la Dirección General de Aguas (DGA).
Cierre del glaciar Exploradores: los informes técnicos que citó el fallo
La acción fue presentada luego de la resolución administrativa N°419-2025, dictada el 11 de diciembre de 2025, que dispuso cerrar el tránsito peatonal sobre el glaciar y no renovar autorizaciones para operadores turísticos. Conaf fundamentó la medida en la inestabilidad estructural y en un riesgo geológico grave e inminente en el sector frontal del glaciar, de acuerdo con informes técnicos elaborados entre 2023 y 2025.
El fallo detalló que la decisión cuestionada tenía “prudente razonabilidad” por la nueva condición del glaciar, recordando que el 6 de octubre de 2023 se reportó un desprendimiento histórico de aproximadamente 80 hectáreas de hielo, el mayor en al menos catorce años. También sostuvo que la medida no buscó impedir el acceso al parque, sino modificar el tránsito en torno al glaciar, priorizando la atenuación de riesgos para la vida y la salud.

La sentencia además refrendó el monitoreo sistemático de la DGA —con análisis satelitales, fotogrametría y supervisión remota con drones— y citó una fase activa de desintegración, con aumento superior al 200% en el sistema de grietas, adelgazamiento de la masa de hielo, pérdida de soporte estructural, formación de lagunas supraglaciares y riesgo de colapso de bloques.
Cierre del glaciar Exploradores: alternativas y regulación de la actividad turística
Otro punto clave: el tribunal enfatizó que las bases de los concursos contemplaban causales de término anticipado, incluyendo el “cierre permanente del Glaciar” por desprendimientos validados por el ente técnico.
Finalmente, el fallo recordó que existieron mesas público-privadas desde octubre de 2023 y que Conaf ofreció alternativas: por carta oficial N°114-2025 (2 de diciembre de 2025), propuso continuar con senderos laterales seguros para observación e interpretación. Por eso, concluyó que el amparo no podía usarse para revertir una resolución sustentada en evidencia técnica: se rechazó la acción y no hubo condena en costas, al estimar que existían motivos plausibles para litigar.
