Amnistía Internacional alerta: «La ‘humanidad’ no puede ser selectiva» ante proyecto ley de conmutación de penas a criminales de lesa humanidad y otros delincuentes
Tras la aprobación en general en el Senado de un proyecto que busca conmutar penas por razones humanitarias, Amnistía Internacional Chile, a través de su su director, Rodrigo Bustos Bottai, expresó su alerta ante lo que considera un nuevo incumplimiento de compromisos internacionales. La iniciativa beneficiaría directamente a condenados por crímenes de lesa humanidad, como Miguel Krasnoff, ex agente de la DINA.
«La excarcelación automática por edad de condenados por crímenes de lesa humanidad vulnera el deber de investigar, sancionar y asegurar el cumplimiento de las penas», señaló Rodrigo Bustos, director ejecutivo de la organización. «La ‘humanidad’ no puede ser selectiva, tampoco puede serlo la búsqueda de justicia», enfatizó, invitando a la ciudadanía a informarse sobre las implicancias de esta votación.
Ver a continuación la carta completa del director de Amnistía Internacional Chile, Rodrigo Bustos Bottai:
La “humanidad” no puede ser selectiva
Ayer, el Senado aprobó el jueves en general un polémico proyecto que busca conmutar las penas privativas de libertad a reos por supuestas “razones humanitarias”. La iniciativa, presentada por un grupo de senadores de derecha, fue respaldada por una estrecha mayoría de 23 votos a favor y 22 en contra y beneficiaría directamente a algunos de los peores criminales de nuestra historia, como “La Quintrala”, “el sicópata de Alto Hospicio” e incluso Miguel Krasnoff, ex agente DINA condenado a más de mil años por sus crímenes contra la humanidad y considerado como uno de los peores criminales de la historia de Chile.
Desde Amnistía Internacional Chile estamos en alerta y nos parece importante que toda la ciudadanía también lo esté, ya que de aprobarse, el proyecto implicaría un nuevo incumplimiento de los compromisos del Estado de Chile en materia de Derechos Humanos, además de nueva señal de promoción de la impunidad.
Si bien las razones humanitarias constituyen criterios relevantes al analizar situaciones de privación de libertad, el derecho internacional de los ddhh no las considera suficientes para excepciones como estas. La excarcelación automática por edad de condenados por crímenes de lesa humanidad vulnera el deber de investigar, sancionar y asegurar el cumplimiento de las penas, afectando los principios de verdad, justicia y reparación integral. Tanto la Corte Interamericana de Derechos Humanos como el Estatuto de Roma exigen considerar elementos como la colaboración efectiva con la justicia, el reconocimiento del daño causado, entre otros, que el proyecto no considera.
La “humanidad” no puede ser selectiva, tampoco puede serlo la búsqueda de justicia. Queremos la verdad: ¿les importa la seguridad y la justicia o no?
Rodrigo Bustos Bottai,
Director Ejecutivo de Amnistía Internacional Chile

