Condenan a cárcel efectiva a hombre por difundir imágenes íntimas sin consentimiento y amenazar a su expareja

Mientras mantenía una relación sentimental con la víctima, el condenado le tomó fotografías intimas sin su consentimiento, incluso cuando dormía, y tras la ruptura las difundió a través de redes sociales y la amenazó de muerte

Condenan a cárcel efectiva a hombre por difundir imágenes íntimas sin consentimiento y amenazar a su expareja

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a cárcel efectiva a un hombre por difundir imágenes íntimas sin consentimiento y amenazar a su expareja

De este modo, J.A.P.P. deberá cumplir 4 años y 187 días de presidio efectivo y pagar de una multa de 12 UTM (alrededor de $860.000) , como autor del delito consumado de captación y divulgación de imágenes privadas. Asimismo, fue sentenciado a 300 días de reclusión efectiva por el delito consumado de amenazas simples. Ilícitos perpetrados en la comuna de la región de O’Higgins.

El fallo, adoptado de forma unánime por los magistrados Mariano Rubio, Felipe Cortés y Paola González, estableció también las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para ejercer cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, adicional al pago de las costas del proceso.

Los hechos se remontan a la relación sentimental que J.A.P.P. mantuvo con la víctima entre enero y abril de 2022, período en el que aprovechó la intimidad para fotografiar a su entonces pareja mientras dormía, sin que ella otorgara su consentimiento.

Posteriormente, tras el término de la relación, difundió dichas imágenes entre diciembre de 2022 y el primer semestre de 2023 a través de redes sociales.

 Sin embargo, el 10 de abril de 2023, la situación se intensificó cuando la mujer, en su propio domicilio, comenzó a recibir correos electrónicos con frases amenazantes como: «Te voy a secuestrar, ya verás, te voy a matar, te voy a drogar, no te dejaré tranquila hasta que estés muerta, voy a subir tus fotos íntimas a las redes sociales tuyas».

En su dictamen, el tribunal de Rancagua estableció que el acusado grabó imágenes en un contexto privado, de la zona íntima de quien era su pareja en aquel entonces, y luego las divulgó, sin su consentimiento por correo electrónico «a la madre de (la víctima) y a su expareja». Incluso llegó a hackear una cuenta de la red social Instagram de la afectada para publicar que «ofrecía servicios sexuales anexando dichas imágenes»

«La conducta de J.A.P.P. satisfizo todos los requisitos legales del tipo penal en estudio, lo que le confirió la calidad de autor ejecutor del delito atribuido, conforme el numeral 1 del artículo 15 del Estatuto Penal», indicó el fallo.

Con relación al delito de amenazas, los jueces establecieron que el imputado envió mensajes a la víctima través de perdiles gfalsos en redes sociales durante el segundo semestre del año 2022 y primero del año 2023, «por cuanto la joven decidió terminar su relación sentimental con él, lo que provocó que el sujeto la amenazara de muerte, de golpearla y de reventar (ocasionar daños) a su vivienda; acciones todas que resultaron ser serias y verosímiles pues el sujeto tenía la intención de provocar temor en la víctima (y su entorno), cuestión que logró a cabalidad”.

La sentencia también destacó que el continuo hostigamiento fue corroborado por la madre y la actual pareja de la víctima, quienes vivieron con ella «el calvario que padeció por largo tiempo, tras estar recibiendo constantes mensajes de texto por Facebook e Instagram (que el imputado hackeó), cuestiones todas que el encartado admitió en estrados”.

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