En medio de las críticas transversales que generó la decisión del gobierno de Kast de rebajar las sentencias a más de 50 condenados por abuso sexual y violación de niños, el exministro de Justicia de Sebastián Piñera, Hernán Larraín -quien ejerció entre 2018 y 2022) emitió una declaración pública que muchos calificaron de «demoledora» pues desmiente el criterio aducido por la actual administración para justificar su acción.
«Poco después de asumir el cargo, en 2018, recibí una solicitud de rebaja de condena de una persona condenada por violación a un menor de 14 años. Me pareció improcedente conceder este beneficio y lo rechacé. La parte afectada recurrió a tribunales y, poco tiempo después, recibí una resolución judicial que me obligaba a otorgarlo, señalando que si un condenado cumplía los requisitos de la Ley N°19.856, el ministro estaba obligado a concederlo», planteó en primer término el exsecretario de Estado.
«Esta doctrina», agregó Hernán Larraín, «respaldada por reiterada jurisprudencia de la Corte Suprema, nos forzó a dictar los decretos correspondientes, dejando constancia en cada caso los considerandos de estos fallos, estableciendo así que no se trataba de una decisión discrecional de la autoridad, sino del cumplimiento de un mandato judicial».
Tras esto, el exministro de Justicia recordó que se decidió, como gobierno, presentar el proyecto de ley que finalmente se aprobó en enero de 2022, donde se excluye explícitamente de este beneficio a los condenados por crímenes sexuales contra niños, niñas y adolescentes, incluyendo los delitos de violación, estupro y trata de personas con fines de explotación sexual.
En este punto, detalló Larraín, «durante la tramitación surgió la cuestión de si la exclusión del beneficio aplicaba solo a condenas futuras o también a las ya dictadas». Según el exministro, «del debate legislativo quedó claro que, tratándose de un beneficio carcelario y no de una norma de naturaleza penal, no procedía aplicar el principio de irretroactividad».
Respecto al «criterio» aducido por el actual gobierno para justificar las rebajas, el exministro recalcó que «en la aplicación posterior de esta norma, la jurisprudencia de la Corte Suprema tuvo criterios distintos. Inicialmente estimó que los condenados con anterioridad a la vigencia de la ley tenían derecho al beneficio y lo concedió».
«Sin embargo, en fallos recientes la Corte ha modificado esa posición y ha rechazado su entrega, reconociendo que la rebaja de condena no está comprendida en el principio de irretroactividad penal, criterio que recoge fielmente la historia fidedigna de la ley que impulsamos», agregó el exministro Larraín.
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