Alertan sobre implicancias de que no se realice una debida consulta indígena en proceso constituyente

Las convencionales Isabel Godoy (Colla) y Natividad Llanquileo (Mapuche) han alertado sobre la deslegitimación que tendría el proceso constituyente sin la consulta indígena de acuerdo a estándar internacional

Ante las dificultades que se han manifestado al interior de la Convención, Isabel Godoy manifestó: “sin la consulta indígena lamentablemente el texto constitucional carecería de legitimidad y nosotros perfectamente podríamos impugnarlo“.

Una situación que abordó la representante del pueblo Colla y vicepresidenta de la mesa ampliada de la Convención, Isabel Godoy, quien en conversación con Radio y Diario Universidad de Chile afirmó que la dilación en este tema ha sido provocado por el “grupo de Elisa Loncón”.

Y es que, con el reparo de un grupo de constituyentes, el documento base de la consulta indígena fue aprobado en el pleno de la Comisión de manera general, señaló. No obstante, cuando se abrió el plazo para ingresar indicaciones llegó una propuesta de adecuación para reemplazar el documento aprobado que fue firmado por Loncón, Tiare Aguilera y Luis Jiménez, entre otros convencionales.

El disenso, explicó Godoy, radicó en que “nosotros estamos ateniéndonos a lo que dice el Convenio 169 que dice que las medidas administrativas o legislativas deben ser consultadas, entonces tenemos que llegar con una propuesta de normas al pueblo, no podemos llegar con el documento en blanco y menos si estamos con los plazos acotados entonces nosotros en el documento base, planteamos algunas normas pero que no son cerradas”, indicó la representante del pueblo Colla, en contrapunto a la postura que fue defendida por la presidenta de la Convención y que buscaba suprimir las propuestas de normas. 

Con el documento de adecuación que ellos hicieron es pasar a llevar a todos los pueblos porque ellos van a imponer un documento encima que es construido desde algunos pueblos”, sostuvo Godoy, interpretando el hecho como “una pasada de máquina” por la cual como pueblo Colla han optado a la libre determinación, “nosotros vamos a usar el instrumento que el pueblo Colla determine que va a usar y el pueblo Quechua también lo manifestó así“, señaló.

Es así que el nudo de la Comisión radicó en resolver si la moción ingresada consistía en una indicación al documento base, o bien, una reforma a lo aprobado en general, disenso que se ha arrastrado hasta hoy en circunstancias que el plazo para enviar el insumo a la Secretaría Técnica ya está vencido, razón por la cual, señaló Godoy, “se deberá hacer una enmienda al reglamento para poder correr los plazos y poder seguir con lo de la consulta indígena“.

En cuanto al resto de las causas que han atribuido al rezago en la consulta indígena, Godoy, denunció que el Estado no está cumpliendo con la provisión de recursos, lo quetransgrede la disposición que mandata Convenio 169 de la OIT, aseveró.

“Aquí no está cumpliendo con un convenio que está ratificado por Chile entonces ese presupuesto debería haberse estimado y enviado en el presupuesto 2022 pero se mandó en una rendición aparte al Congreso y el Congreso no ha estado a la altura del proceso, o sea nosotros esperábamos que por último que quedara en el tesoro público para que después desde el tesoro público se pudiera hacer la bajada con los recursos y en estos momentos no están garantizados estos recursos”, criticó.

Bajo este escenario, Godoy explicó que se han barajado métodos alternativos para realizar la consulta. “Estamos buscando los mecanismos, la universidad local que hay acá que nos puede ayudar con la sistematización, también hemos acudido al PNUD que nos pueda ayudar con la misma sistematización y en la región con el Gobierno Regional y las municipalidades sobre todo por los salones que hay que tener para hacer la convocatoria”.

Asimismo se ha planteado la idea de desarrollar encuentros auto-convocados, añadió, “los indígenas siempre nos juntamos a comer churrasca, esa es nuestra costumbre, entonces también puede ser autogestionado. Estamos buscando todos los mecanismos para poder garantizar que se haga el proceso de consulta porque sin la consulta indígena lamentablemente el texto constitucional carecería de legitimidad y nosotros perfectamente podríamos impugnarlo“.

Por otro lado y abordando el mes quinto de la Convención, la vicepresidenta de la mesa ampliada valoró que pese a las dificultades que se han ido suscitando, los plazos propuestos se han ido cumpliendo adecuadamente. En esa línea criticó el hecho de que los medios de comunicación “mantengan en la retina de la ciudadanía” que a esta altura, el órgano constituyente ya debería tener un texto preliminar de constitución

“No es así y si fuera de esa manera, sería mucho más fácil y rápido y lo haría alguna universidad, alguna institución, pero acá se trata de que este proceso es distinto. Acá se requiere de participación popular y participación indígena por lo tanto son pasos que se van cumplimento y los primeros pasos se han ido cumpliendo, que era la instalación misma de la Convención y eso lo cumplimos en tres meses, que no es menor”.

En esa línea, comparó que “en la dictadura se demoraron cinco años en hacer el texto completo y afuera se han demorado nueve meses en hacer el puro reglamento y ahora estamos de lleno en lo que es el proceso de participación popular con la plataforma instalada y el proceso de participación indígena y también están llegando algunas iniciativas de norma a la Convención por lo tanto con todas las dificultades que hemos tenido, estamos cumpliendo”, aseguró.

Natividad Llanquileo: Si no se realiza una consulta conforme a los estándares internacionales está en riesgo todo el proceso constituyente

En una columna de opinión, la convencional Mapuche Natividad llanquileo, señaló cuáles son esas medidas susceptibles de afectar a los pueblos indígenas que deben consultarse.

A continuación, extendemos el texto íntegro:

Ayer (lunes) se votaron las indicaciones al Documento Base que había elaborado la Coordinación de la Comisión de Derechos de los Pueblos Indígenas y Plurinacionalidad. Ese documento, como su nombre indica, es la base sobre la que se desarrollará el proceso de consulta indígena. Tras largas jornadas de discusión producto de la Indicación Sustitutiva Global que presentó un grupo de Escaños Reservados y que obtuvo la mayoría en la votación, el documento base original fue remplazado por otro documento compuesto sólo por fichas explicativas. 

Nosotras nos opusimos firmemente a esa indicación, ya que al eliminar el apartado de “propuestas de referencias de normas” que tenía el documento base original -y que causaban la alarma de El Mercurio y el empresariado- no impulsa un proceso de consulta, sino uno de simple participación.

Y es que existe una confusión jurídica básica en toda esta discusión: no cualquier participación cumple la obligación internacional de consultar que pesa sobre la Convención. Esta obligación sólo se cumple cuando se somete a deliberación y decisión de las comunidades indígenas “las medidas que son susceptibles de afectar los derechos de los pueblos indígenas” (Reglamento de Participación y Consulta, el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas)

¿Cuáles son esas medidas susceptibles de afectar a los pueblos indígenas que deben consultarse? Desde luego, no son las fichas recién aprobadas en la indicación sustitutiva, porque no contienen “la forma en que se concretizan y garantizan en el texto constitucional” los derechos indígenas, como exige el artículo 19 nº 2 del Reglamento.  Las medidas que deben consultarse son las propuestas referenciales de normas que contenía el documento base y que fueron eliminadas con la indicación sustitutiva, en contra del Reglamento que nos rige.

Esas propuestas referenciales de normas que propusimos no las inventamos nosotras, eran simplemente los derechos de la Declaración de Naciones Unidas, la Declaración Americana de Derechos de Los Pueblos Indígenas y el Convenio 169 de la OIT, adecuadas a nuestra realidad. Las comunidades pueden siempre modificarlas, especificarlas en su realidad, sustituirlas por otras redactadas por ellos, o bien, ratificarlas. Nunca fueron normas cerradas como defendían los promotores de la indicación aprobada, sino orientaciones para ayudar en la técnica legislativa, porque para que existan derechos y no meras declaraciones, debe haber reconocimiento del derecho, más obligaciones para el Estado y más mecanismos para exigir el cumplimiento.

Si no complementamos la indicación sustitutiva aprobada el día de ayer, se incumple la obligación internacional de consultar y se impide la formación de los acuerdos vinculantes, porque nadie construye un acuerdo redactando por sí solo propuestas de normas, sin que las comunidades puedan pronunciarse si corresponden a lo que quieren concretamente en la Constitución. De no corregirse esto, se abren vicios reclamables ante los tribunales ordinarios de justicia y los organismos internacionales de derechos humanos, porque se incumple la obligación de consultar las medidas susceptibles de afectar a los Pueblos. De esta forma, la Nueva Constitución nacerá ilegítima, con el estigma de no haberse efectuado una consulta de buena fe, sino sólo una participación no vinculante.

La Coordinación propuso una solución: complementar los dos documentos. El derecho es también un espacio de lucha, y nuestras comunidades saben que no todo lo que consultamos se ganará, pero no debemos renunciar anticipadamente nosotras a consultar los derechos que nos amparan y la forma en que quedarán redactados en la Constitución. Pese a nuestra diferencias políticas, los escaños reservados debemos salvaguardar los derechos indígenas, y en este contexto adverso, sin tiempo ni recursos frente a una seria amenaza fascista, invitamos a la reflexión y al dialogo para avanzar juntas y juntos por la dignidad de todos los pueblos.

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