Alfonso Podlech, el ex fiscal militar de la dictadura que fue condenado a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad en la Araucanía

Podlech Michaud sumó una nueva condena, esta vez a presidio perpetuo por su responsabilidad como autor de los 7 homicidios calificados en Temuco y 10 años de presidio por delitos de apremios ilegítimos a las siete víctimas

Alfonso Podlech y crímenes de lesa humanidad en la Araucanía

En la sentencia rol 113.089, dictada la semana pasada, el ministro El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos, Álvaro Mesa Latorre, condenó a Óscar Alfonso Ernesto Podlech Michaud a presidio perpetuo por su responsabilidad como autor de los 7 homicidios calificados y 10 años de presidio por su responsabilidad como autor de 7 delitos de apremios ilegítimos a las siete víctimas en el denominado caso “El Polvorín”: Florentino Alberto Molina Ruiz, Juan Antonio Chávez Rivas, Víctor Hugo Valenzuela Velásquez, Juan Carlos Ruiz Mancilla, Amador Francisco Montero Mosquera, Pedro Juan Mardones Jofré y  Carlos Aillañir Huenchual, perpetrados en la comuna de Temuco, en noviembre de 1973, hechos que involucra además la responsabilidad de otros 22 militares en retiro.

Condenan a 23 militares en retiro y colaboradores por homicidio de siete personas de Temuco en noviembre de 1973

De esta forma, el ex Fiscal Militar sumó una nueva condena luego de años de impunidad. A este fallo, se han sumado otros similares, como los delitos de homicidio calificado de Hernán Henríquez Aravena y Alejandro Flores Rivera, y aplicación de apremios ilegítimos a Jorge Silhi Zarzar, Víctor Painemal Alegría y Sergio Riquelme Inostroza. También por el secuestro calificado de Jaime Eltit Spielmann. Los homicidios calificados de Daniel de los Ángeles Mateluna Gómez y José María Ortigosa Ansoleaga, perpetrados el 2 de octubre de 1973, en la ciudad de Temuco, entre otras causas que siguen su proceso.

El rol de Alfonso Podlech

De acuerdo a la información judicial, el mismo día 11 de septiembre de 1973 fue llamado a colaborar con el nuevo régimen el abogado de Temuco Oscar Alfonso Ernesto Podlech Michaud, que además era Teniente de Reserva del Ejército de Chile para apoyar la gestión de la Fiscalía Militar que funcionaba al interior de la unidad y que estaba a cargo del Segundo Comandante, Mayor Luis Jofré Soto (fallecido).

Este oficial, sin embargo, debió asumir mayores funciones como Segundo Comandante del regimiento Tucapel poco tiempo después. A partir de ese día en adelante comenzaron a llegar personas civiles al regimiento que fueron llamadas a presentarse ante la Fiscalía Militar mediante bandos publicados en la prensa escrita y en las radios, o que fueron traídas en carácter de detenidas desde diferentes puntos de la región, por patrullas de carabineros y militares. Ante el alto número de detenidos y de personas llamadas a prestar declaración, la Fiscalía Militar fue reforzada para realizar su trabajo con funcionarios del Poder Judicial que fueron solicitados a la lima. Corte de Apelaciones de Temuco por el abogado Podlech Michaud, anteriormente indicado, quien actuando como Fiscal Ad – Hoc hizo una presentación al Pleno del Tribunal de Alzada (Acta de fs. 3010 a fs. 3011, tomo IX), tras lo cual fueron asignados en comisión de servicios algunos actuarios de diferentes tribunales y un Relator de la Corte.

Debido a la falta de conocimiento en materias procesales penales, sumado al poco carácter que tenía y al trabajo como Segundo Comandante del regimiento, el Mayor Luis Jofré Soto fue delegando funciones como Fiscal Militar al abogado Oscar Alfonso Ernesto Podlech Michaud, asesor de la Fiscalía, quien comenzó a detentar el cargo de Fiscal de hecho, al punto que efectuó visitas de cárcel y que los abogados, familiares e incluso dignatarios eclesiásticos le consultaban a él por el destino de los detenidos. Sin embargo, el Mayor Jofré Soto Siguió firmando la mayoría de las veces los documentos administrativos y participó en algunos interrogatorios de detenidos.

Que, las personas llamadas a presentarse a la Fiscalía Militar y las que fueron traídas en carácter de detenidas eran mantenidas en unas dependencias ubicadas junto a la guardia y en el gimnasio grande. Una vez interrogadas por personal de la Fiscalía Militar, algunas de ellas eran dejadas en libertad, otras eran enviadas a sus casas con arresto domiciliario y otras eran conducidas hasta la cárcel pública donde permanecían mientras se resolvía su situación procesal. Asimismo, consta que  para septiembre de 1973 en el Regimiento de Infantería N° 8 «Tucapel» de Temuco existía la Sección Segunda de Informaciones e Inteligencia, con agentes que entregaban información de carácter político de todas aquellas personas sujetas a una investigación por parte de la Fiscalía Militar. Con el correr de los días la Fiscalía Militar y la Sección Segunda de Inteligencia comenzaron a trabajar mancomunadamente para interrogar a los detenidos que permanecían recluidos en la cárcel o en alguna dependencia del regimiento Tucapel. Para articular este trabajo se habilitaron dos locaciones en la unidad militar, ubicadas una entre las Compañías de Plana Mayor y la de Morteros y otra en un antiguo gimnasio en desuso que se ubicaba a un costado del «rancho» de soldados conscriptos. De este modo los detenidos eran llevados y traídos desde la cárcel al regimiento por personal militar de la Sección Segunda, siendo interrogados en la Fiscalía Militar y apremiados físicamente en alguna de las dependencias antes indicadas para «ablandarlos» antes o después de estos interrogatorios.

En ambas salas de interrogatorio y de tortura existían implementos para amarrar a los detenidos y aplicarles electricidad en diferentes partes del cuerpo, además de aplicarles otro tipo de tormentos como golpes de pies y puños.

Que, dentro de la mencionada unidad militar se formó un grupo especial denominado «Patrulla Brava» o «Patrulla Chacal». Este grupo se encargaba, entre otras funciones, de custodiar a los detenidos que eran mantenidos en las dependencias del regimiento «Tucapel» de Temuco.

Durante los días posteriores al 11 de septiembre de 1973, resultaron muertas o desaparecidas un número importante de personas en la IX región, siendo explicadas varias de estas muertes por las autoridades militares regionales mediante la publicación de bandos emanados ya sea desde la Intendencia desde la Guarnición Militar de Temuco. “El bando que explicó los hechos materia de esta investigación, a la luz de los antecedentes reunidos en este proceso, da una versión poco creíble de cómo se desencadenaron los Sentencia N° 78 Apremios ilegítimos y homicidios calificados”, señala parte de la investigación sobre una serie de personas, que da cuenta de grotescos montajes, como El Polvorín, que involucró la articulación de diversos agentes, incluido a Podlech, para masacrar a un grupo de personas, varios de ellos, militantes del Partido Comunista.

En el caso “El Polvorín”, se menciona: “Que en las últimas horas del día 10 de noviembre de 1973 los detenidos antes individualizados fueron sacados desde el regimiento Tucapel de Temuco, subidos al vehículo militar señalado precedentemente y trasladados hasta el sector del polígono de tiro del recinto militar «Isla Cautín» por los oficiales y sus acompañantes. En ese lugar, las víctimas fueron amarradas a unas estacas que se encontraban allí dispuestas en hilera (…) Que posteriormente, los detenidos en esas condiciones fueron ejecutados en el lugar uno por uno y rematados mediante ráfagas de armas de fuego, tras lo cual sus cuerpos fueron derivados a la morgue del hospital regional de Temuco donde se les practicó la autopsia de rigor”.

“Al día siguiente de ocurridos estos hechos apareció publicada en la prensa escrita local la noticia que señalaba que había ocurrido un asalto al polvorín de la Isla Cautín del Regimiento Tucapel, en el que habrían participado un número indeterminado de extremistas, noticia que fue ratificada por el Coronel Pablo Iturriaga Marchesse”, se señala en parte del informe.

Cabe recordar que Alfonso Podlech atropelló y dio muerte a la psicopedagoga Sandra Coliñanco, de 36 años, el  20 de mayo de 2019 en Villarrica, dejando herida de gravedad a una hija de la víctima, de cinco años. Pese a la gravedad del hecho, el Juzgado de Garantía dejó a Podlech libre y sólo con firma quincenal, mientras pesaba sobre él, una serie de acusaciones por crímenes de lesa humanidad durante la dictadura militar, incluso se mantuvo prófugo de la justicia.

Finalmente, el ex fiscal militar en la Araucanía, se entregó a la Policía en la Región Metropolitana a fines de marzo de este 2023, por el crimen de Jaime Eltit e ingresado a Colina 1, con 87 años de edad.

Podlech ya había sido detenido en 2008, en España, por violaciones a los derechos humanos. Había sido extraditado a Italia por la detención y desaparición del sacerdote, Omar Venturelli, sin embargo, un tribunal romano lo absolvió en julio del 2011.

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