Corte Suprema confirma condena de 30 exagentes de la DINA por secuestro calificado de estudiante Rodrigo Ugas

Rodrigo Eduardo Ugas Morales era estudiante del Instituto Superior de Comercio de Talca y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), cuando fue secuestrado el 7 de febrero de 1975, bajo la dictadura militar de Augusto Pinochet. Su desaparición forzada, fue encubierta en el montaje conocido como “Operación Colombo”.

Por Noemi Ancavil

24/02/2024

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Actualidad / Portada

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La Corte Suprema confirmó la condena de 30 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad frente al delito consumado de secuestro calificado contra Rodrigo Eduardo Ugas Morales, estudiante del Instituto Superior de Comercio de Talca y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).

El joven de 22 años, había sido secuestrado en la comuna de Estación Central, el 7 de febrero de 1975. Su nombre apareció posteriormente en el montaje de desinformación conocido como «Operación Colombo», un operativo de la DINA que intentó encubrir la desaparición forzada de 119 opositores de la dictadura de Augusto Pinochet.

En este sentido y por esa razón, la Segunda Sala del máximo tribunal estableció -de forma unánime- un error de derecho en una sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en donde se absolvía a los imputados al acoger recursos de casación deducidos por los querellantes del caso.

Por lo tanto, la Corte Suprema determinó que: «en aquellas circunstancias aparece claro que los jueces del grado, al momento de resolver la controversia sometida a su conocimiento y absolver a los acusados (…), han incurrido en los errores de derecho denunciados por el querellante, al estimar (…) que las declaraciones indagatorias de esos acusados y la prueba de cargo resultó insuficiente para tener por configurada su participación en el ilícito».

“Pese que del tenor de los hechos que se dieron por establecidos (…) resultaba evidente que ellos, en su calidad de miembros de la DINA, a la época de los acontecimientos (…) se desempeñaban en el cuartel donde estuvo privada de libertad la víctima (…) y ejecutaron voluntariamente conductas que se encuadran en los verbos rectores del tipo penal de secuestro calificado“, resolvió la Corte.

Así es como, dentro de las condenas más extensas se ratificó a Pedro Octavio Espinoza Bravo, Raúl Eduardo Iturriaga Neuman y Miguel Krassnoff Martchenko, a penas de 13 años de presidio en calidad de autores del delito.

En tanto, son 26 ex agentes de la DINA que deberán cumplir tan solo 10 años y un día de presidio, quedando como coautores del secuestro calificado. Por último, a Samuel Enrique Fuenzalida Devía, se le dictó una pena de 541 días de cárcel, con el beneficio de la remisión condicional de la condena.

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