El nuevo estatuto orgánico de Codelco

La Cámara de Diputados viene de aprobar el proyecto de ley de Estatuto Orgánico de Codelco, el que ahora debe ser enviado al Tribunal Constitucional por la misma Cámara de Diputados, por contener este proyecto normas propias de ley orgánica constitucional

Por Director

18/10/2009

Publicado en

Actualidad / Columnas

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La Cámara de Diputados viene de aprobar el proyecto de ley de Estatuto Orgánico de Codelco, el que ahora debe ser enviado al Tribunal Constitucional por la misma Cámara de Diputados, por contener este proyecto normas propias de ley orgánica constitucional. Los cambios más importantes que introduce a la Ley Orgánica de Codelco son:

1. Someter la Corporación a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros, sin perjuicio de la fiscalización por parte de Cochilco, y también a las facultades fiscalizadoras de la Cámara de Diputados;

2. Salen del Directorio los Ministros de Minería y Hacienda, y el nuevo directorio estará integrado por 3 directores nombrados por el Presidente de la República, otros 3 de una terna propuesta por el Consejo de la Alta Dirección Pública y dos de una quina propuesta por los trabajadores;

3. Darle mayores facultades y atribuciones al Directorio en la administración de la empresa, para que funcione como una sociedad anónima en forma independiente de su dueño, que es la nación chilena representado por el Estado, y en particular por el Presidente de la República.

Estos son en lo formal los principales cambios en el gobierno corporativo de Codelco, que tienen como pretexto darle mayor transparencia y agilidad a su administración,  pero en el fondo, lo que en realidad se persigue no es otra cosa que preparar el camino para una futura privatización de la Corporación, que es el objetivo que las transnacionales mineras han intentado conseguir desde el mismo golpe de Estado de 1973, pero que ningún gobierno quiso o no pudo realizar, paso que el actual gobierno tampoco se atreve a dar, sin embargo, con esta reforma prepara las condiciones para que un futuro gobierno, mediante una nueva ley, pueda dar ese importante paso.

La ley de la Nacionalización, en el inciso segundo de su letra j) de su Disposición Transitoria Decimoséptima estableció que: “Facúltase al Presidente de la República para dictar las normas necesarias para coordinar el régimen de administración y explotación de estas empresas”. Esta norma está vigente en la actualidad en virtud de la Disposición Tercera Transitoria de la Constitución de 1980, lo que quiere decir que la Constitución faculta al Presidente de la República para dictar las normas de administración de Codelco independientemente del Congreso Nacional, lo que es absolutamente lógico teniendo en consideración que por mandato constitucional Codelco pertenece a la nación toda. No corresponde entonces que la Presidenta Bachelet se desprenda de las facultades que le entrega la Constitución, entregándosela a un directorio, que será esencialmente dominado por directores que por requisito de esta misma ley, deben ser contrarios a la propiedad estatal y al rol regulador y emprendedor del Estado en la economía.

En efecto, entre los requisitos para ser director de Codelco, la letra b) del art. 8 establece que fuera de tener un título profesional estos tienen que haber sido durante 5 años “director, gerente, administrador o ejecutivo principal en empresas públicas o privadas, o en cargos de primer o segundo nivel jerárquico en servicios públicos”, es decir, pueden ser miembros del Directorio de Codelco, solo los que ya hayan sido gerentes o directores, que hayan demostrados haber estado al servicio de grandes empresas y del modelo neoliberal, requisito que es abiertamente discriminatorio, que atenta contra el principio de igualdad que establece la Constitución, puesto que deja fuera a profesionales tales como los académicos, abogados, ingenieros, economistas, etc., que son mucho más numerosos que los que han sido gerentes o directores de empresa, que sin embargo no podrán postular a ser miembros del directorio de Codelco por esta discriminatoria disposición. Poco faltó que se les exigiera tener un título nobiliario de conde o marqués. Felizmente queda aún la instancia del Tribunal Constitucional para que pueda declarar la inconstitucionalidad de esta discriminatoria disposición, por infringir los N° 2 y 22 del art. 19 de la Constitución. Ello está en tabla para el martes 20 de octubre.

Pero esta disposición, fuera de ser discriminatoria y por ende inconstitucional, al establecer estos requisitos para ser director de Codelco, es además un claro indicio que lo que se persigue es entregar la administración de la Corporación a verdaderos operadores contra el rol del Estado en la economía, y en consecuencia, ello también nos está mostrando que lo que persigue esta ley es la privatización de Codelco, que es la única empresa que le entrega multimillonarios aportes al Estado, gracias a los cuales se han pagado una serie de bonos y la pensión solidaria.

Esta apreciación de debilitamiento del control estatal se ve reforzado por otra disposición de la letra i) del art. 9 que permite “autorizar la contratación de empréstitos internos y externos, en moneda nacional o extranjera”, lo que también es inconstitucional porque infringe el N° 9 del art. 63 de la Constitución, que establece que solo por ley se puede autorizar a las empresas del Estado para que puedan contratar empréstitos. Esta autorización entregada al directorio para contratar empréstitos, sin autorización legal, no solo es inconstitucional, sino que es además sumamente peligrosa, sobretodo cuando también se autoriza a este neoliberal directorio a adquirir participación en empresas en Chile o en el extranjero “cualquiera sea su naturaleza”, y además disolverlas y liquidarlas, sin solicitar autorización del Presidente de la República o del Congreso Nacional. Es decir, pueden endeudar a Codelco en malos negocios financieros, como los de Lehman Brothers y Madoff, y cuando la empresa esté altamente endeudada con estos malos negocios no quede otra “solución” para salvarla de la quiebra que la privatización. Es extraño que ninguno de los diputados y senadores que discutieron este proyecto, no se hayan percatado de todos estos peligros.

Todo nos lleva a pensar que esta ley está programada para llevar a Codelco hacia su privatización, y como guinda de la torta, se ha presentado también un proyecto de ley  para derogar la ley reservada de la Fuerzas Armadas, para así liberar a Codelco de la obligación de entregar el 10% de sus ventas a la Defensa Nacional, que ha sido hasta hoy la trinchera infranqueable que impedía su privatización.


Por Julián Alcayaga O.

Economista

www.defensadelcobre.cl

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