Exejecutivos de La Polar son condenados a pagar 100 millones de dólares a AFP Provida

El caso se remonta al llamado escándalo de La Polar en 2011, cuando salió a la luz que la compañía sobrevaloró sus instrumentos financieros mediante repactaciones unilaterales y automatizadas de carteras de clientes morosos.

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a siete exejecutivos de la multitienda La Polar a pagar 2.575.388 UF, equivalentes a 100 millones de dólares (cerca de $91 mil millones).

En un fallo unánime, dado a conocer ayer miércoles, la Octava Sala del tribunal de alzada revocó la sentencia previa y acogió una demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual presentada por AFP Provida en contra de Pablo Alcalde, Julián Moreno, Nicolás Ramírez, María Isabel Farah, Pablo Jorge Fuenzalida, Martín González y Santiago Grage, antiguos integrantes del retail, debido a los daños ocasionados a los fondos de pensiones administrados por esta entidad.

El caso se remonta al llamado escándalo de La Polar en 2011, cuando salió a la luz que la compañía sobrevaloró sus instrumentos financieros mediante repactaciones unilaterales y automatizadas de carteras de clientes morosos.

En ese momento, la AFP Provida mantenía acciones y bonos en La Polar a través de sus fondos de pensiones, lo que resultó en perjuicios económicos tanto para la AFP como para sus afiliados.

Cabe recordar que el 14° Juzgado Civil de Santiago había desestimado la acción judicial reparatoria en 2019, argumentando la falta de acreditación de elementos del hecho civil, la relación de causalidad y los perjuicios. Sin embargo, la Corte de Apelaciones revertió esta decisión, destacando que los ex ejecutivos no estaban en posición de resolver la obligación a favor de Provida en litigios anteriores.

La sentencia establece que «es posible sostener que los demandados a la época, ejecutivos principales de Empresas La Polar S.A., idearon e implementaron un sistema de repactaciones unilaterales y automatizadas de la cartera de clientes morosos de la empresa con el objeto de mantenerla vigente, de modo que La Polar exhibiera al mercado mejores resultados de los que en realidad tenía, falseando la información que se entregaba al directorio, al mercado, a la entidad reguladora y al público en general».

«Estas conductas de los demandados, realizadas en el ejercicio de sus funciones, que fueron coordinadas, reiteradas y sistemáticas y la información falsa entregada al mercado, sus accionistas y entidad fiscalizadora, provocaron una distorsión de los estados financieros de la empresa y trajeron como consecuencia que las acciones y bonos emitidos por Empresa La Polar S.A., se valorizaran en precios inconsistentes con su situación patrimonial, al exhibir utilidades inexistentes y no dar cuenta de las provisiones incobrables y castigadas que reflejaran sus resultados negativos», plantea.

El texto señala que «este artificio, que se mantuvo durante un prolongado lapso, implicó por parte de los demandados el incumplimiento de sus deberes fiduciarios; infracciones por las cuales la totalidad de ellos fueron sancionados administrativamente y, en el caso de los demandados Pablo Alcalde, Julián Moreno; Nicolás Martínez, María Isabel Farah y Pablo Fuenzalida, asimismo, condenados por la justicia criminal».

«Se encuentra completamente acreditada la infracción al deber genérico de cuidado que les era imperativo a los demandados –dados los altos cargo que desempeñaban en La Polar S.A.– al haber participado con conocimiento y voluntariamente del proceso de renegociaciones unilaterales y conforme a la responsabilidad que les correspondía en la compañía, desatendiendo el interés social y privilegiando el personal, como ocurrió con aquellos que fueron condenados por uso de información privilegiada», indica la sentencia de la Corte de Apelaciones.

De acuerdo con La Tercera los demandados planean apelar la decisión ante la Corte Suprema, lo que supondría un nuevo capítulo en este caso.

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