¿Por qué el rodeo es considerado una actividad de maltrato animal?

Diversas expresiones señalan que esta actividad está lejos de ser considerada un deporte o una expresión cultural popular campesina

Por Seguel Alfredo

18/09/2022

Publicado en

Actualidad / Chile / Portada

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En 1962, el rodeo fue declarado deporte nacional. Quienes lo practican -y defienden- se adjudican las tradiciones chilenas del país como una fuente de orgullo.

Existe un rechazo mayoritario al rodeo y gran cantidad de ciudadanos y ciudadanas no se identifica con esa actividad, teniendo como ejemplo una encuesta Cadem del 2015, donde se señalaba que sólo un 20 % se identificaba con esta práctica, que un 65 % no y que un 15 % “algo”.

Más aún, una encuesta realizada por Criteria a fines de agosto de este 2022, fue mucho más categórica, la que arrojó que un 63% dice que el rodeo debe ser considerado maltrato animal y un 75% señaló que no se sienten identificados con el rodeo como práctica típica chilena. También, un 60% dijo que está muy en desacuerdo con que exista esta actividad.

Anualmente desde gobiernos regionales y municipios se destinan cientos de millones de pesos para financiar esta actividad. “Más de $890 millones recibió el Rodeo en aportes públicos desde las municipalidades y los gobiernos regionales entre 2020 y 2021”, titulaba así la revista Jengibre en una publicación en El Mostrador.

El rodeo es una actividad que divide a Chile y en septiembre del 2019, esa división se hacía patente en el seno del Congreso, ya que se presentaban iniciativas legislativas por uno u otro lado.

Así, la comisión de Medio Ambiente de la Cámara iniciaba su debate del proyecto de ley que considera el rodeo como maltrato animal. Por otro lado, se presentaba una moción que solicitaba declarar un día nacional del rodeo.

Ver registro

Tampoco se relaciona a una actividad tradicional de expresión campestre popular, debido a su alto valor en sus trajes y aperos y porque tampoco, en la tradición campestre de inquilinos, peonaje o campesinos, han tenido las condiciones poner a disposición novillos a merced de una actividad recreativa por entretención.   

Maltrato decretado

Ver video con algunas imágenes reveladas por Animal Libre sobre maltrato animal en el Rodeo de Chile.

Más allá de las opiniones de diversas organizaciones por los derechos de los animales, los estatutos del rodeo; DECRETO Nº 343 y la selección de algunos articulados, muestra del acto de exposición a maltrato de los animales en la práctica del Rodeo, y el sufrimiento que les puee provocar.

“Art. 4. Inciso 2º: Se entiende por atajada correcta la efectuada por el caballo cruzado y pegado, el animal rematado dentro de las banderas y finalmente entregado… Este último requisito no se exigirá cuando el animal se haya caído o arrodillado”.

“Art. 6. Golpes al novillo pasada la bandera de salida: Una vez que todo el novillo haya asado la bandera de salida hacia el Apiñadero, no podrá ser golpeado deliberadamente…”

“Art. 7.- consideraciones generales.

A. Si en una empujada hacia la quincha cae el animal dentro de las banderas sin ser apretado, la atajada no se computará por no haber remate.

Si el novillo afirma la mano en la quincha, pero el caballo lo remata, golpeando el novillo contra la quincha, se computa la atajada. Los Jurados computarán en caso que salte el novillo, siempre que al rematarlo no se produzca abertura

E. En aquellos casos cuando el novillo va con puerta, presente signos visibles de lesiones, calambres u otros, queda autorizado el Capataz para hacerse cargo del novillo, para entregarlo sin apremio en la puerta de salida…

Sobre cambio de Novillo: A. Todo novillo que al salir del toril, que durante el trabajo en el apiñadero o que en cualquier lugar de la cancha presente algún tipo de herida expuesta en cualquier parte de su cuerpo, sangramiento de nariz o que presente algún tipo de lesión que le dificulte su desplazamiento normal deberá ser “cambiado de inmediato” por otro novillo

Sobre cambio de Novillo: A. Todo novillo que al salir del toril, que durante el trabajo en el apiñadero o que en cualquier lugar de la cancha presente algún tipo de herida expuesta en cualquier parte de su cuerpo, sangramiento de nariz o que presente algún tipo de lesión que le dificulte su desplazamiento normal deberá ser “cambiado de inmediato” por otro novillo… TOMA DE COLA AL NOVILLO – GOLPES AL NOVILLO CON PUERTA – GOLPES INDEBIDOS –CASTIGO AL NOVILLO CON LA ESPUELA.

A. Si un Jinete toma de la cola al novillo, lo golpea cuando va con puerta o lo castiga con la espuela, el jinete y su caballo serán eliminados del Rodeo…

D. Cualquier golpe indebido al novillo que no sea en la atajada será castigado con un punto malo

E. Cualquier acción indebida de la collera que signifique botar el novillo en el  apiñadero, durante la carrera o una vez recibido en la atajada será penalizada con un punto malo…

CASTIGO AL CABALLO

A. Se sanciona al corredor que castigue a un caballo en forma evidente y exagerada en cualquier lugar del recinto del rodeo, es decir, medialuna, corrales, pesebreras, etc., con la: eliminación del Rodeo. B. El golpe o estimulación del caballo con azotes del ramal o correón, serán sancionados con la eliminación de la serie en que esté participando y, en caso de reincidencia, con la eliminación del rodeo…

DIFERENTES CASOS DE CAIDAS

A. Caída de caballo que arrea en la cancha o en la atajada, se computa lo efectuado por el caballo de la mano, y no se considerará falta de rebaja la no recibida. Es requisito para que se compute la atajada, que el Jinete de la mano entregue el novillo.

B. Caída del caballo que va a la mano dentro de las banderas se considerará accidente. No se castigarán posibles faltas y se iniciará la carrera siguiente desde el Apiñadero. Si cae en la cancha, se inicia de nuevo la carrera.

C. Definición caída de caballo: 1. Se considera que el caballo está caído cuando tiene la guata, costillas, nalgas o el hocico apoyado en el suelo…”

Maltrato animal en la legislación chilena

La ley chilena entiende a los animales como cosas y, eventualmente, como propiedad de alguien. Regulaciones recientes avanzan sobre eso y los definen como seres vivos, sintientes, a quienes hay que proteger de “sufrimientos innecesarios”, sin embargo, de este marco legislativo se escapan las prácticas que suceden en el rodeo

A inicios de septiembre del 2021, con más de 182 mil firmas de apoyo, organizaciones por los derechos de los animales, presentaron un proyecto de ley acogido por un grupo de parlamentarios, para que esta actividad no sea considerada una actividad deportiva dado el grave daño que sufren los animales con esta práctica y a su vez, sea regulado desde los Municipios.

A continuación,  compartimos un especial radial de archivo, con Dani Seguel, comunicadora y activista, quien presenta el bloque sobre los derechos de los animales y el rodeo, con la participación de:

Daniela Miranda, presidenta nacional de la organización animal libre Chile, quien hace referencia a proyecto Ley para regular rodeo en los municipios.

Celeste Jiménez, abogada animalista quien ha dedicado 25 años al trabajo por los derechos de los animales y comenta diversos aspectos relacionados al rodeo.

Acceder al audio en el siguiente link

https://go.ivoox.com/rf/75567479

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