Su objetivo es "defender, promover y garantizar las libertades de expresión"

Presidente de Ecuador envía al legislativo proyecto de nueva Ley de Comunicación

Prohíbe la censura previa de cualquier expresión, opinión o información difundida por cualquier medio, salvo el caso de espectáculos públicos en los que se requiera regular el acceso a ellos para tutelar la infancia y adolescencia

Por Nelytza Lara

26/05/2021

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El presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, envió en la noche del martes a la Asamblea Nacional la nueva Ley Orgánica de Expresión y Comunicación, que reemplazará a la vigente Ley de Comunicación expedida durante el Gobierno de Rafael Correa (2007-2017).

«Es imperativo reemplazar la legislación vigente y en su lugar adoptar un marco normativo moderno, democrático y libre; es hora de aprender la lección de que la mejor solución al problema del abuso a la libertad de expresión es siempre más expresión, nunca silencio forzado», expresa Lasso en la exposición de motivos del proyecto.

El proyecto establece que su objetivo es defender, promover y garantizar las libertades de expresión, de comunicación y de prensa.

Entre otras cosas, prohíbe la censura previa de cualquier expresión, opinión o información difundida por cualquier medio, salvo el caso de espectáculos públicos en los que se requiera regular el acceso a ellos para tutelar la infancia y adolescencia.

También prohíbe crear obstáculos al libre flujo informativo o a la circulación de los periodistas y comunicadores, así como discriminar por expresiones o publicaciones.

Además, establece que ningún medio de comunicación, periodista o comunicador podrá ser sancionado por opinar o formular críticas o denuncias contra el poder público, y que no podrá iniciarse en contra de ellos procedimientos penales de ninguna naturaleza por sus opiniones, pues su responsabilidad ulterior será únicamente de naturaleza civil.

La responsabilidad ulterior es la obligación que tienen las personas de asumir las consecuencias legales posteriores a difundir, a través de los medios de comunicación, contenidos que lesionen derechos establecidos en los instrumentos internacionales ratificados por Ecuador, en la Constitución y la ley.

El proyecto también señala que toda persona que haya sido mencionada por un medio de comunicación de forma que se afecten sus derechos a la dignidad, honra o reputación tiene derecho a que ese medio publique o brinde acceso para su réplica o respuesta de forma gratuita, con las mismas características, dimensiones, pagina o sección en medios escritos, o en el mismo programa, espacio y horario en medios audiovisuales y medios web, en 72 horas o en las próximas 3 programaciones, a partir de la solicitud.

La ley de Comunicación vigente ha recibido duras críticas, tanto desde el interior del país por gremios periodísticos y diversos sectores, como por organismos internacionales, entre ellos la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Relatoría de la ONU para la Promoción y Protección de la Libertad de Expresión, por considerar que afecta la libertad de expresión y de prensa, y que limita la investigación y las expresiones críticas de los periodistas hacia políticas públicas o funcionarios del Estado.

La norma original fue modificada en diciembre de 2018, y entre otros artículos eliminó dos de los más polémicos: el relativo al denominado linchamiento mediático y las normas deontológicas, y eliminó la Superintendencia de Comunicación, órgano encargado de sancionar a periodistas y medios, pero mantuvo otros considerados por medios y periodistas como atentatorios a la libertad de expresión y de prensa.

Fuente: Sputnik

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