Corte Suprema ratifica condena a militares (r) por asesinato de profesor en 1973: 12 años para autores y 4 para cómplice
Imagen portada: Rubén Eduardo Morales Jara
Imagen: Puente y río Quepe (Araucanía)
La Corte Suprema de Chile confirmó en un fallo unánime la condena contra cuatro exmilitares por el homicidio calificado del profesor de matemáticas Rubén Eduardo Morales Jara, ocurrido en septiembre de 1973 en el puente sobre el río Quepe, Temuco. La Segunda Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, María Cristina Gajardo y el abogado integrante Eduardo Gandulfo, rechazó los recursos de casación presentados por los condenados, respaldando la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco (rol 8.325-2022).
Los militares en retiro, Ramón Aquiles Barros Mardones, José Albino Krause Álvarez y Luis Hernán Peña Andaur fueron condenados a 12 años de presidio como autores del delito, mientras que Juan Carlos Figueroa Claus recibió 4 años por su rol de cómplice. El tribunal destacó que los recursos presentados adolecían de vicios formales, siendo «incongruentes» y obstaculizando una resolución de fondo. El fallo subrayó: «Los recurrentes plantean causales que, en su desarrollo, resultan incongruentes y obstaculizan una acertada inteligencia».
La sentencia detalló que los condenados buscaban una «revalorización de la prueba», algo inadmisible en esta etapa procesal. Citando al jurista Waldo Ortúzar, el tribunal recordó que la casación no permite «establecer hechos mediante nuevas pruebas», sino solo evaluar si las pruebas existentes respaldan la decisión judicial. Además, criticó la «imprecisión» de los argumentos de las defensas, que mezclaban causales incompatibles.
Los hechos, establecidos en primera instancia por el ministro Álvaro Mesa Latorre, revelan que Morales fue detenido ilegalmente, torturado en el Regimiento Tucapel y ejecutado en un falso operativo. Una patrulla liderada por el subteniente Manuel Espinoza Ponce (ya fallecido) lo fusiló en el puente Quepe y arrojó su cuerpo al río. Para encubrir el crimen, se difundió la falsa noticia de su «fuga» durante un traslado.
El fallo cierra décadas de impunidad y refuerza la jurisprudencia sobre crímenes de la dictadura. La Corte concluyó: *»Se rechazan los recursos de casación en el fondo»**, reafirmando que las violaciones a los derechos humanos no prescriben y que la justicia debe prevalecer, incluso medio siglo después.