Temuco: Ocho militares se encuentran en prisión preventiva por agresiones durante estallido social

Los uniformados habrían realizado vejaciones injustas, golpes y hasta el simulacro de fusilamiento en octubre del 2019

Por Seguel Alfredo

19/04/2023

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En prisión preventiva ocho funcionarios del Ejército por agresiones durante “estallido social”

La Corte de Apelaciones de Temuco revocó la semana pasada, la decisión del Juzgado de Garantía que había impuesto arraigo a los imputados, quienes enfrentan el cargo de vejaciones injustas.

La segunda sala de la Corte de Apelaciones de Temuco decretó la semana pasada, la prisión preventiva de los funcionarios de Ejército C.M.M.C., J.C.C.O., W.F.B.C., E.A.Q.B., D.E.G.P., M.E.M.O., I.O.I.A. y P.F.F.G., revocando la decisión del Juzgado de Garantía de esta ciudad. Los uniformados están formalizados por vejaciones injustas, que perpetraron contra dos personas en la crisis social en 2019.

La sede de La Araucanía del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), que actúa como querellante, fue una de las partes que interpuso un recurso para revocar las medidas cautelares de primera instancia.

Durante el 22 de octubre de 2019 las dos personas fueron detenidas por una patrulla del Ejército desplegada en virtud del estado de excepción. Fueron obligadas a ofrecer disculpas a los vecinos a gritos, por estar manifestándose. En seguida, recibieron golpes y les amarraron las manos para subirlas a un jeep en el que las llevaron hasta el Cementerio General de Temuco. Ahí los integrantes de la patrulla se formaron en posición de fusilamiento e hicieron el movimiento de cargar sus armas, sugiriendo que estaban prontos a disparar. Después, les ordenaron irse, bajo la amenaza de que iban a dispararles.

Por estos hechos el Juzgado de Garantía de Temuco impuso como medidas cautelares el arraigo nacional, firma mensual y prohibición de acercarse a las víctimas. Al revisar la causa, los magistrados de la Corte de Temuco dijeron que corresponde aplicar la prisión preventiva. Entre otros razonamientos, indicaron que “al menos para estos sentenciadores, la dinámica de los hechos formalizados permitiría eventualmente calificarlos como delito de secuestro, particularmente por la forma de la detención y término de la misma, así como podrían ser constitutivos del delito de tortura”, indican en su fallo.

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