Tenían 22 y 14 años al ser fusilados y uno gritó “¡cobardes!”: Corte rebaja condenas a militares (r) por homicidio calificado en Angol

La Corte de Temuco confirmó la condena pero rebajó las penas de exmilitares por el fusilamiento en 1973 de Luis Cotal (14) y Ricardo Rioseco (22) en Angol. Los condenados recibieron entre 5 y 15 años. Los encubridores recibieron 3 años. El fallo destaca el pacto de silencio que mantiene desaparecidos los restos de las víctimas, a pesar de la condena.

Tenían 22 y 14 años al ser fusilados y uno gritó “¡cobardes!”: Corte rebaja condenas a militares (r) por homicidio calificado en Angol

Autor: Seguel Alfredo

Corte de Temuco cofirma condena pero rebaja penas a exmilitares por fusilamiento de estudiantes de 22 y 14 años en octubre de 1973

A pesar de confirmar su responsabilidad en crímenes de lesa humanidad, la justicia redujo las penas de los condenados. Los restos de las víctimas, Luis Cotal y Ricardo Rioseco, siguen desaparecidos debido a un pacto de silencio.

La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó las condenas contra nueve exmiembros del Regimiento Húsares de Angol por el homicidio calificado, en calidad de crímenes de lesa humanidad, de Luis Raúl Cotal Álvarez (14 años) y Ricardo Gustavo Rioseco Montoya (22 años), ocurrido la noche del 4 de octubre de 1973. No obstante, el tribunal de alzada decidió rebajar las penas.

La sentencia, dictada por mayoría, redujo la condena de los principales responsables de 19 a 15 años y un día de presidio. Los condenados son los exuniformados Germán Eduardo Ojeda Bennett, Carlos Patricio Bunster Medina, Alejo César Tisi Gómez, Jorge Alberto Lagos Robles, Alessandro Ernesto Cartoni Pruzzo, Manuel Arturo Montero Souper, Eduardo Humberto Carrasco Hauenstein y José Omar Correa Martínez. Además, la pena del exsoldado conscripto Luis Alejandro Toledo Osses fue rebajada de 15 a 5 años de presidio.

Los hechos, establecidos de manera firme por la justicia, detallan que las víctimas fueron detenidas arbitrariamente por patrullas militares sin que existiera prueba alguna de su participación en los supuestos disparos contra el regimiento que se usaron como pretexto para su captura. Fueron llevados a una bodega frente al cuartel, donde el mayor León Rivera González (ya fallecido) dio la orden directa de fusilamiento.

Parte del relato de la sentencia, señala: “Que acto seguido, el mayor León Rivera González dio la orden de disparar contra los jóvenes, que en esos momentos estaban de pie junto a un paredón de ladrillos, acatando la orden del superior y ejecutando a los muchachos, momento en que uno de los jóvenes les grita ‘cobardes’. Dicha orden de fusilamiento fue cumplida, entre otros, por el soldado conscripto Luis Alejandro Toledo Osses, que cumplía funciones de vigilancia en la garita sur y el cabo José Omar Correa Martínez, quien le ordenó concurrir aquel lugar. Además, varios oficiales, entre ellos el capitán Armando Staeding Schaffer; los subtenientes Carlos Bunster Medina, Alessandro Cartoni Pruzzo, Manuel Montero Souper; el cabo Pedro Bitterlich Jaramillo, que efectuaba patrullajes en la población, y otros conscriptos que lo acompañaron en esas funciones esa noche, presenciaron en el lugar la ejecución de esos muchachos.Luego de lo anterior, los soldados conscriptos, entre ellos, José Liborio Lavín Leiva, ubicaron los cuerpos en sacos al interior de un vehículo militar, observando la camisa blanca ensangrentada de uno de los jóvenes y trasladaron los cadáveres hasta el puente La Arcadia, lanzándolos al cauce del río Malleco, perdiéndolos de vista en la oscuridad de la noche”.

El relato judicial es gráfico y conmovedor. Los jóvenes fueron ejecutados frente a un paredón, estando de pie, sin ataduras y sin armas. El fallo recoge el testimonio de una testigo que escuchó cómo uno de ellos, en un acto de desesperación, gritó “¡tío, soy yo, tu sobrino!” momentos antes de ser acribillado. Las víctimas: Luis Cotal, de solo 14 años y sin militancia política; Ricardo Gustavo Rioseco Montoya, de 22 años, estudiante universitario.

Encubrimiento y desaparición de restos

El fallo también condenó a cinco exuniformados por el delito de encubrimiento. Los subtenientes Eduardo Carrasco Hauenstein y Gabriel Fuentes Campusano, el teniente Carlos Campusano Osorio, el cabo Mario Tapia Sepúlveda y el soldado José Lavín Leiva recibieron penas de 3 años y un día por su rol en la ocultación de los crímenes. Luego que los cuerpos fueron trasladados en sacos y lanzados al río Malleco desde el puente La Arcadia, días después, fueron recuperados y enterrados en un lugar secreto al interior del regimiento, cuyo paradero se desconoce hasta hoy debido a un pacto de silencio, según consta en el relato de la sentencia.

En la última parte de la sentencia, se señala: “Que, por último, hasta esta fecha, ningún funcionario público, sean soldados, suboficiales u oficiales, del Regimiento Húsares de Angol que se desempeñaban en la época de los hechos, ha dado algún antecedente a la autoridad respectiva en relación a lo sucedido con los cuerpos de los jóvenes Luis Raúl Cotal Álvarez y Ricardo Gustavo Rioseco Montoya, manteniendo hasta el día de hoy ocultamiento de todo tipo de antecedentes sobre la muerte de ellos”.

La sentencia subraya que, pese a que el propio comandante del regimiento informó al padre de Rioseco (quien estaba detenido) del fusilamiento de su hijo, la Fiscalía Militar de la época no instruyó proceso alguno para investigar los hechos.

Este fallo, si bien confirma la responsabilidad criminal, reactiva las demandas de verdad y justicia de las familias, quienes tras 52 años aún desconocen el lugar donde reposan los restos de sus seres queridos.

Mira a continuación, detalles de la sentencia judicial:

Corte de Temuco condena a penas de 15 años y un día a militares (r) por homicidio calificado de estudiantes de Angol en 1973


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