Vulneraron la ley: La millonaria multa que arriesgan las concesionarias por cobrar peaje a vehículos de emergencia en Viña del Mar

El ingeniero en Transporte y Tránsito y Magister en Urbanismo, señaló que por violar artículo 42 de la Ley de Concesiones, el Ministerio de Obras Públicas, "le debería imponer una multa de 50 UTM a la empresa concesionaria que impidió el paso de los bomberos".

Por Leonardo Buitrago

04/02/2024

Publicado en

Actualidad / Chile / Portada / Regiones

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A través de un video que circuló este domingo en redes sociales, se pudo constatar que las concesionarias continúan cobrando peaje a las unidades de Bomberos que se dirigen atender la emergencia registrada en Viña del Mar, como consecuencia de lo incendios forestales que afectan a la Quinta Región, y que han dejado hasta el momento un saldo de 64 fallecidos.

En un registro que compartió Piensa Prensa en su cuenta en «X», se puede apreciar el momento en que los funcionarios de Bomberos debieron derribar las barreras, para poder continuar su trayecto y poder prestar apoyo en el combate a las llamas en la zona.

El ingeniero en Transporte y Tránsito y Magister en Urbanismo, Ariel López, recordó que la «ley 20.908 exime del pago de peaje a vehículos de emergencia».

Esta norma, modificó la Ley de Concesiones de Obras Públicas, para eximir el pago de peaje a los vehículos de emergencia durante el ejercicio de sus funciones .

De este modo, la ley que entró en vigencia en abril de 2016, autoriza el paso libre de costo para los vehículos de Bomberos, Carabineros de Chile, Investigaciones y Ambulancias de instituciones fiscales y particulares, toda vez que transiten atendiendo una emergencia.

A través de un mensaje publicado en cuenta en la red social «X», el académico Ariel López, señaló que por violar artículo 42 de la Ley de Concesiones, el Ministerio de Obras Públicas, «le debería imponer una multa de 50 UTM a la empresa concesionaria que impidió el paso de los bomberos».

La norma establece, que se presume que estos vehículos se encuentran atendiendo una situación de emergencia, cuando se trasladen con balizas o sirenas encendidas, en el marco de un procedimiento y conforme a las normas institucionales que les permitan utilizar dichos sistemas de alerta y sonido.

«No deben detenerlos, demorarlos, ni cobrarles»

Entre los comentarios publicados en respuesta al video compartido por Piensa Prensa, figuran el de algunas cajeras y cajeros, quienes han relatado que las empresas les exigen registrar patente, nombre, entre otros datos, lo cual contraviene la ley porque impide u obstaculiza el paso de los vehículos de emergencia.

“En tal caso, ninguna persona o entidad, bajo circunstancia alguna, podrá impedir u obstaculizar su paso, ni cuestionar el mérito de la emergencia invocada, tratándose especialmente de plazas de peaje.», indicaron.

Los cibernautas, también recordaron que todas las concesiones tienen cámaras que registran el paso de vehículos, por lo que si la decisión de detener y retrasar a los vehículos de emergencia en los peajes tiene fines “contables”, en dichas cámaras queda almacenada «la foto del carro de bomberos y las ambulancias».

«No deben detenerlos, demorarlos, ni cobrarles», afirmaron.

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