Ante denuncias de intervencionismo electoral: Superintendencia de Educación recuerda que sostenedores tienen prohibición de propagar tendencias político partidistas en recintos

Cabe recordar que el pasado martes 30 de agosto, desde el Colegio de Profesores, representado por su vicepresidente, Luis Eduardo González, ingresaron una denuncia ante la Superintendencia de Educación contra el establecimiento educacional Liceo New Heaven High School, ubicado en Antofagasta.

Por Leonardo Buitrago

01/09/2022

Publicado en

Chile / Educación / Política / Portada

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sostenedores

Frente a diversas situaciones relacionadas con propaganda política en recintos educacionales, denunciadas por integrantes de comunidades educativas, así como también por representantes del Colegio de Profesores y de la Federación Nacional de Trabajadores de la Educación, desde la Superintendencia de Educación precisamos que la normativa educacional plantea la prohibición por parte de sostenedores/as de propagar tendencias político partidistas en los establecimientos educacionales.

El sistema educativo chileno se construye sobre la base de los derechos garantizados en la Constitución, así como en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en especial, del derecho a la educación y la libertad de enseñanza.

En este sentido, las y los sostenedores de establecimientos educacionales, quienes son los responsables del funcionamiento de los recintos escolares, se encuentran impedidos de orientar la enseñanza a propagar tendencias político-partidista, debiendo resguardar que el proceso educativo se desarrolle en ambientes de respeto, ya que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que se respete su opinión, su libertad de conciencia y sus convicciones ideológicas y culturales.

Asimismo, la normativa establece que las y los apoderados tienen el derecho a exigir al establecimiento educacional que en cualquier ámbito de la vida escolar y por cualquier integrante de la comunidad educativa, no se promueva tendencia político partidista alguna.

En ese sentido, es importante señalar que como Superintendencia de Educación nos compete fiscalizar que los sostenedores de establecimientos educacionales reconocidos oficialmente por el Estado se ajusten a las leyes, reglamentos e instrucciones que dicte la Superintendencia, por tanto, ante eventuales situaciones y denuncias relacionadas a esta materia en los recintos escolares la responsabilidad recae en los sostenedores y no en personas naturales (docentes, asistentes de la educación, entre otros), quienes deben velar por el cumplimiento de la normativa educacional.

Grave intervencionismo electoral en Antofagasta

Cabe recordar que el pasado martes 30 de agosto, desde el Colegio de Profesores, representado por su vicepresidente, Luis Eduardo González, ingresaron una denuncia ante la Superintendencia de Educación contra el establecimiento educacional Liceo New Heaven High School, ubicado en Antofagasta.

Lo anterior debido a que el 29 de agosto la directiva del establecimiento envió un correo a través de una plataforma virtual a todas (os) las (os) apoderadas (os). En dicho correo aparece un texto en el que se manifiesta explícitamente la postura del establecimiento frente al plebiscito constitucional a realizarse este domingo 4 de septiembre.

El correo, señalan desde el gremio de profesores, incita directamente a las (os) apoderadas (os) a votar por la opción del Rechazo. En el correo se adjunta una infografía favorable a la opción mencionada y elaborada por la organización Profesores Por Chileagrupación política y gremial que ha defendido públicamente la opción del Rechazo en la franja electoral.

correo parte 1

«Consideramos que la utilización de la plataforma interna del colegio para estos fines nos parece completamente ilegal, pues sencillamente se ha utilizado por el sostenedor, o quien haya realizado dicha acción, para promover sus propias tendencias políticas», señala la denuncia ingresada.

Con este acto se pasa a llevar el artículo 19 de la actual Constitución, que indica que la «enseñanza reconocida oficialmente no podrá orientarse a propagar tendencia político partidista alguna». Además infringe el decreto N°327/2020 del Ministerio de Educación que regula los derechos y deberes de apoderadas (os).

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