Carabineros fueron condenados por vejámenes a adolescente en Temuco

Por vejámenes contra un adolescente detenido tras un control de identidad, el Tribunal Oral de Temuco condenó a dos carabineros a 818 días de reclusión y la suspensión en el cargo, caso por el cual el INDH se había querellado por apremios ilegítimos en 2017

Por Absalón Opazo

15/12/2019

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Por vejámenes contra un adolescente detenido tras un control de identidad, el Tribunal Oral de Temuco condenó a dos carabineros a 818 días de reclusión y la suspensión en el cargo, caso por el cual el INDH se había querellado por apremios ilegítimos en 2017.

La abogada de la Sede Regional del INDH en La Araucanía, Gloria Painemilla, valoró la condena por el delito de abusos contra,  que incluye la inhabilidad de los condenados para ejercer cargos públicos.

“El fallo consideró la situación especial de la víctima en tanto adolescente, quien pertenece al grupo de niños, niñas y adolescentes (NNA), de especial preocupación y protección en el ámbito del Derecho Internacional de los Derechos Humanos”, afirmó Painemilla.

La abogada indicó que el fallo además consideró la extensión del mal causado, por cuanto el joven requirió un tiempo de recuperación de al menos dos semanas, tras resultar con contusiones en la frente, en el cuello y las piernas, además de una hemorragia subconjuntival izquierda.

Los hechos

En enero de 2017 el adolescente L.C. salió de su casa a las 04:00 horas para dirigirse a su trabajo, momento en el cual funcionarios de Carabineros realizaban un control de identidad a sus amigos que lo iban a buscar en auto. Dado que el joven no contaba con su cédula de identidad ofreció traerla desde su domicilio, que no se encontraba a más de 30 metros del lugar.

Entonces el adolescente fue agredido por el funcionario policial, quien le propinó un golpe con su mano en el costado izquierdo del rostro. Al intentar huir del lugar, L.C. fue retenido por tres Carabineros, recibiendo golpes de puño en el tórax y abdomen, y una patada en sus testículos. Posteriormente, fue detenido y trasladado hasta la Segunda Comisaria de Carabineros, donde se mantuvo privado de libertad durante algunas horas.

A juicio de la abogada del INDH se trató de un procedimiento totalmente viciado, en el que hubo un trato cruel y abusivo hacia el adolescente, con las consecuencias físicas y psicológicas que aquello significó, no sólo para él sino también para su familia.

Acogen recurso de amparo  

En otro caso, la Corte de Apelaciones de Temuco acogió la acción de amparo preventivo interpuesta por la sede regional del INDH de La Araucanía, en favor de una familia de la comuna de Carahue compuesta por nueves personas -entre ellas niños, niñas y personas con discapacidad-, por un procedimiento policial abusivo.

La acción preventiva se dirigió en contra del General Jefe de Zona de Orden Público de Carabineros, por un procedimiento realizado en una vivienda que fue atacada por un piquete de carabineros, integrado por 9 funcionarios, quienes, al margen de toda legalidad y proporcionalidad, irrumpieron en el inmueble, disparando y haciendo ingreso al patio del hogar, lanzando gas lacrimógeno y nuevamente procediendo a efectuar disparos de escopetas.

“Lo que hace la Corte en su resolución, que es unánime y contundente, es reprochar un actuar completamente ilegal por parte de un piquete de las Fuerzas Especiales, que esa noche concurrió hasta el domicilio sin razón, sin justificación y al margen de toda legalidad y protocolo a disparar al interior del domicilio donde se encontraban tres niños y niñas del grupo familiar”, señaló el Jefe del INDH en La Araucanía, Federico Aguirre.

El Jefe del INDH en La Araucanía señaló que el procedimiento abusivo fue completamente acreditado por la resolución de la Corte de Apelaciones, que ordenó no sólo pasar los antecedentes al Ministerio Público para instruir una investigación criminal; además ordenó al Jefe de Zona de Orden Público de La Araucanía que instruya al personal que se ajuste en su actuación a los protocolos de manera estricta y rigurosa, incluyendo las normas constitucionales, legales de tratados internacionales vigentes en nuestro país.

“Como INDH esperamos que la resolución de la Corte de Apelaciones de Temuco sea estrictamente cumplida por la institución policial, de manera tal que se den garantías de no repetición de hechos lesivos como los que han sido descritos y han servido de fundamento a la resolución judicial”, afirmó Aguirre.

Fuente: INDH

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