Comuneros mapuche acusados siempre han alegado inocencia

Caso Iglesia: Justicia descarta «terrorismo» y condena sólo por incendio común a dos de los cuatro imputados

Los hermanos Pablo y Benito Trangol Galindo fueron declarados culpables, mientras que Ariel Trangol y Alfredo Tralcal, fueron absueltos. Según el tribunal, el retiro de la querella por "terrorismo" que realizó el Gobierno de la presidenta Bachelet fue "determinante" en la causa.

Por Absalón Opazo

14/04/2018

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En lo que representa un duro revés para las intenciones de la Fiscalía, y para los mismos acusados, que siempre han alegado su inocencia, este sábado, el juez Luis Torres descartó el carácter «terrorista» en el Caso Iglesia y condenó a 2 de los 4 imputados por el delito de incendio común.

El dictamen dado a conocer en la audiencia desarrollada en el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, estableció la culpabilidad de los hermanos Pablo y Benito Trangol Galindo, mientras que Ariel Trangol y Alfredo Tralcal, fueron absueltos. Según el tribunal, el retiro de la querella por «terrorismo» que realizó el Gobierno de la presidenta Bachelet fue «determinante» en la causa.

El denominado «Caso Iglesia» se originó en junio de 2016, cuando la Iglesia del Señor (evangélica), ubicada en el camino a Niágara en la comuna de Padre Las Casas, región de La Araucanía, fue atacada por un grupo de encapuchados que luego de obligar a un grupo que participaba de un culto a salir del templo, procedieron a incendiarlo.

La acción motivó la presentación, por parte del ex intendente de la Araucanía de Bachelet, Andrés Joauannet, de una querella por el delito de incendio terrorista.

En la ocasión, los medios oficialistas informaron que Carabineros había detenido a cuatro sospechosos: el lonko Alfredo Tralcal Coche, de 45 años; y los hermanos Ariel Alexis Trangol Galindo, de 29 años; Benito Rubén Trangol Galindo, de 33 años; y Pablo Iván Trangol Galindo, de 22 años.

Sin embargo, a un año de sucedidos los hechos, los cuatro imputados iniciaron una extensa huelga de hambre -de más de 100 días- demandando que las autoridades garantizaran sus derechos, y denunciando que tras más de un año en prisión preventiva, las condiciones del juicio en su contra eran absolutamente irregulares, abusivas y desproporcionadas, sin pruebas, y con la aplicación de la Ley Antiterrorista en su contra.

Estos hechos, además, catalizaron la muerte del padre de los hermanos Trangol, tal como lo relató su viuda, Marta Galindo: “Incluso, por estar presos mis hijos, falleció mi marido, porque cuando supo de los problemas, se alteró, empezó a tener mucha pena, puro llanto todos los días y falleció”. Sus hijos no pudieron despedirlo por estar en prisión preventiva en la cárcel de Temuco.

En ese sentido, los comuneros siempre alegaron su inocencia. A través de un comunicado público, expresaron: “Nuestra detención se efectúa a más de 10 kilómetros del lugar de los hechos, bajo el pretexto de un control de identidad, y los únicos elementos que nos encuentran son herramientas propias del trabajo de la tierra. Entendemos que este ensañamiento se debe a nuestra apoyo a los procesos de reivindicación en los lof wenteche del gülumapu, para lo cual se nos invoca la Ley Nº 18.314 (Ley Antiterrorista)”.

https://www.elciudadano.cl/justicia/mapuche-imputados-en-el-caso-iglesias-reiteraron-su-inocencia-a-101-dias-del-inicio-de-su-huelga-de-hambre/09/16/

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