Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó tercer retiro de fondos de pensiones

Ahora, la iniciativa será votada por la Sala de la Cámara, donde requiere para su aprobación de un quorum de 3/5 (92 votos a favor).

Por Absalón Opazo

13/04/2021

Publicado en

Chile / Congreso / Trabajo

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Este martes, la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó la indicación sustitutiva, presentada por parlamentarios de oposición, que permite en definitiva un tercer retiro de los fondos previsionales de las AFP. Ahora, la iniciativa será votada por la Sala de la Cámara, donde requiere para su aprobación de un quorum de 3/5 (92 votos a favor).

El debate, que se extendió por tres horas y media, concluyó con la aprobación por siete votos a favor y seis en contra de la nueva redacción, que busca sortear los considerandos del Tribunal Constitucional en la tramitación del pasado proyecto de segundo retiro. Esto, pese a que algunos parlamentarios de Chile Vamos (oficialismo) se manifestaron a favor de aprobar el tercer retiro, pero no así de la redacción que la indicación propone.

De este modo, y tras la votación en contra de la única indicación presentada a los proyectos que tenían un carácter transitorio, se optó por regular esta materia en los artículos permanentes, de acuerdo al detalle que explicó en la sesión el diputado Matías Walker (DC).

En primer lugar, el texto agrega en el artículo 65 de la Constitución que «por la declaración del estado de excepción constitucional de catástrofe, la Cámara de Diputados o el Senado podrán ejercer la iniciativa para autorizar el retiro de los fondos acumulados en las cuentas de capitalización individual de los cotizantes del sistema privado de pensiones, bajo la modalidad y condiciones que fije la presente Constitución o la ley. La moción no podrá generar gasto fiscal directo».

Además, incorpora un artículo 41 bis que señala que «con la finalidad de mitigar los efectos sociales derivados del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública decretado a causa del COVID-19, por única vez, autorizase a los afiliados del sistema privado de pensiones (…), de forma voluntaria, a retirar hasta el 10 por ciento de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, la que se regirá conforme a la ley 21.295 con excepción del art. 10».

Por otra parte, y con posturas disímiles, se aprobó una indicación aditiva referida a los pensionados por rentas vitalicias, que podrán por una vez y de forma voluntaria adelantar el pago de sus rentas hasta por el monto equivalente al diez por ciento de los fondos originalmente traspasados a la respectiva compañía de seguros, estableciéndose como monto máximo de pago por adelantado 150 unidades de fomento. Esta modificación busca considerar a cerca de 600 mil personas del sistema de rentas vitalicias.

Asimismo, la instancia parlamentaria rechazó una indicación de las y los diputados del FRVS Jaime Mulet y Alejandra Sepúlveda que proponía la creación de un Fondo Complementario de Retiros Previsionales, que se financiaría con aportes de empleadores y/o el Estado, para financiar los complementos de pensiones que sean necesarios para compensar los montos retirados por los afiliados. Esta norma proponía que el Presidente de la República presentara un proyecto de ley al respecto.

Finalmente, y tal como se anunció en la víspera, el ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Juan José Ossa, hizo presente una «reserva de constitucionalidad», señalando que «se infringen varias normas constitucionales en la indicación sustitutiva aprobada y en lo referido a rentas vitalicias», argumentando además que con esta medida, «se deja a miles de chilenos sin pensión a futuro».

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