Criminalización del movimiento estudiantil

¿Cómo quedó el proyecto Aula Segura tras nueva “cocina” entre el Gobierno y senadores de oposición?

"Deberán entenderse siempre como infracciones graves contra la convivencia escolar los actos que causen o amenacen seriamente con causar un severo daño a la integridad física o psíquica de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de terceros que se encuentren en las dependencias del establecimiento”, dice el texto.

Por Felipe Menares

25/10/2018

Publicado en

Chile / Educación / Política / Portada

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Durante la noche del miércoles 24 de octubre, el Senado aprobó el proyecto de ley que entrega más herramientas a los directores de establecimientos educacionales para imponer sanciones ante hechos de violencia registrados en los colegios y liceos del país. La iniciativa fue aprobada con 33 votos a favor y uno en contra, del frenteamplista Juan Ignacio Latorre (RD).

Días atrás, la comisión de Educación del Senado había aprobado una propuesta totalmente distinta a la presentada por el Gobierno. Los cambios introducidos por la instancia incluso afectaron al nombre de iniciativa, que pasó de llamarse “Aula Segura” a “Aula Democrática”.

Pero más allá del nombre, las modificación suprimió el concepto de expulsión y propuso suspender a los estudiantes mientras se desarrolla el proceso sancionatorio por faltas graves o gravísimas, consignadas en el reglamentos de cada recinto educacional.

Pese a los cambios impulsados por la comisión de Educación, el Gobierno y senadores de oposición llegaron a un acuerdo, pero en la comisión de Hacienda, instancia que debía revisar el informe financiero de la propuesta.

Ena von Baer, Marcela Cubillos, Carlos Montes, Carolina Goic celebrando tras la votación

Como resultado de esta “cocina”, se reincorporó el concepto de expulsión o cancelación de matrícula. Además, el texto establece que «deberán entenderse siempre como infracciones graves contra la convivencia escolar los actos que causen o amenacen seriamente con causar un severo daño a la integridad física o psíquica de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de terceros que se encuentren en las dependencias del establecimiento”.

En este sentido, el documento, que ahora pasó a llamarse “Convivencia Escolar”, incluye dentro de las acciones susceptibles de sanción «agresiones de carácter sexual, las agresiones físicas que produzcan lesiones, el porte, posesión y tenencia de armas o artefactos incendiarios, así como también actos que atenten contra la infraestructura esencial para la prestación del servicio educativo por parte del establecimiento”.

El proyectó fijó además un plazo de 15 días hábiles como plazo del proceso sancionatorio, incluidos 10 días para apelar. Además, el texto consigna el deber de los directores de colegios de sancionar ante hechos de violencia.

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