Tanatólogos Helmar Rosenberg Gómez y Sergio González Bombardiere

Condenados como encubridores del homicidio del ex Presidente Frei pidieron nulidad de la sentencia

La defensa de los tanatólogos Helmar Rosenberg Gómez y Sergio González Bombardiere, de la Facultad de Anatomía de la Universidad Católica, que fueron condenados en primera instancia por el ministro Alejandro Madrid como encubridores del homicidio del ex Presidente Eduardo Frei Montalva, presentó un recurso de casación en la forma que pretende anular la sentencia

Por Absalón Opazo

09/03/2019

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH

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La defensa de los tanatólogos Helmar Rosenberg Gómez y Sergio González Bombardiere, de la Facultad de Anatomía de la Universidad Católica, que fueron condenados en primera instancia por el ministro Alejandro Madrid como encubridores del homicidio del ex Presidente Eduardo Frei Montalva, presentó un recurso de casación en la forma que pretende anular la sentencia.

Según consigna Emol, los abogados defensores argumentaron que esta última “aparece como gratuita, carente de reflexiones fácticas y jurídicas”, no cumpliendo con los requisitos necesarios para acusar a Helmar Rosenberg y Sergio González. Así lo manifestó en el recurso el abogado Pedro Doren Swett, representante de ambos médicos.

“No existe un homicidio en el que se haya podido participar. La sentencia no pudo demostrar que el señor Frei Montalva falleciera por una acción de terceros dirigida a envenenarlo. Sin embargo, condena a tres personas como autores y a una cuarta como cómplice de un homicidio causado mediante intervenciones quirúrgicas realizadas deficientemente con dolo de matar”, remarca el recurso presentado.

Doren recordó que cuando falleció Frei Montalva, en enero de 1982, nadie pensó en la posibilidad de que lo pudieran haber asesinado y que recién el año 2000 Carmen Frei hizo pública su sospecha. De modo que cuando el doctor Roberto Barahona les pidió a sus representados que fueran a embalsamar los restos del ex presidente a la Clínica Santa María, “sólo podían pensar que había fallecido por causas naturales. Mal, entonces, podían ser encubridores de un homicidio”.

El texto añade que la “decisión de condenar por encubrimiento aparece como totalmente gratuita, carente de reflexiones fácticas y jurídicas que la sostengan”, e indica que la acción de ambos médicos “se trató de un comportamiento inspirado por un sentido humanitario y de solidaridad social, realizado desinteresadamente y en la mejor forma posible según las circunstancias”.

Finalmente, la defensa de los médicos afirma que “no se da el requisito del encubrimiento, cual es el conocimiento de la perpetración de un crimen o simple delito de los actos para llevarlo a cabo”, pues describe que “vieron ante sí el cadáver del señor Frei encontrando el cuerpo en muy malas condiciones. Sólo podían pensar que había fallecido por causas naturales”.

El abogado defensor recuerda que en la sentencia de Madrid se declaró no probado un envenenamiento de Frei como causa de muerte, “desarrollándose la novedosa tesis de que dicha causa estuvo en cirugías realizadas tardías y defectuosamente con la intención de matar al paciente”.

Tampoco, sostiene, se ocultaron pruebas, al contrario, se facilitó la investigación del tribunal, por lo que la defensa pidió que se tenga por interpuesto el recurso de casación en la forma en contra de la sentencia, y que la Corte de Apelaciones declare la nulidad de la sentencia recurrida.

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