Condenan a 5 ex carabineros por robarse 10 mil dólares tras realizar un control vehicular en Chañaral

Durante el procedimiento se encontró un arma de fuego y 21.400 dólares, pero en el parte policial y en el acta respectiva, los carabineros informaron la incautación de solo US$11.000.

Por Absalón Opazo

21/03/2022

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Policial

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó condenó este lunes 21 de marzo a los ex carabineros Víctor Eduardo Hernández Reyes y Óscar Darío Jorquera Gaete, a 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autores del delito consumado de malversación de caudales públicos, ilícito perpetrado en la comuna de Chañaral, en diciembre de 2016.

En fallo unánime (causa rol 33-2020), el tribunal –integrado por los jueces Sebastián del Pino Arellano (presidente), Eugenio Bastías Sepúlveda y Mauricio Díaz Pizarro (redactor)– aplicó, además, a Hernández Reyes y Jorquera Gaete las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas; más el pago una multa de 11 unidades tributarias mensuales (UTM), cada uno.

En la causa, el tribunal condenó además a tres policías coacusados: Miguel Ángel López Villagrán, a la pena de 5 años de presidio; e Iván Keny Vázquez Jara y Alejandro Rodrigo Castillo Castillo, a 3 años de presidio, penas que se les sustituyó por la de libertad vigilada intensiva, como autores del delito consumado de malversación de caudales públicos, más el pago de una multa de 5 UTM cada uno y las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas.

Según el ente persecutor, en horas de la madrugada del 15 de diciembre de 2016, a la altura del kilómetro 976 de la Ruta 5 Norte, en la comuna de Chañaral, López Villagrán, Hernández Reyes y Vázquez Jara, en dicha época funcionarios de Carabineros, realizaban labores de control vehicular carretero, momento en el cual fiscalizaron un vehículo marca Subaru, placa patente NE 4420, el cual era conducido por Daniel Ortiz Alcamán, quien iba acompañado por Estail Apaza Marón.

En dicho contexto, López Villagrán se acercó al vehículo y observó que en el asiento trasero había una mochila desde donde sobresalía la empuñadura de un arma de fuego, motivo por el cual dicho funcionario procedió a la revisión del vehículo constatando que efectivamente al interior de la mochila había un arma de fuego, tipo pistola, procediendo a la detención de Ortiz Alcamán y Apaza Marón.

Para apoyar las labores de fiscalización y traslado de los detenidos a la unidad policial, concurrieron al lugar, Castillo Castillo y Jorquera Gaete, en ese entonces también funcionarios de Carabineros.

Asimismo, al revisar el equipaje de Apaza Marón, López Villagrán encontró e incautó, además del arma de fuego, una cantidad de dinero cuyo monto se determinó en 21.400 dólares, dinero respecto del cual todos los acusados tuvieron conocimiento de su hallazgo, y consintieron en dejar constancia en el parte policial y en el acta respectiva, únicamente de la incautación de US$11.000, remitiéndose solamente esta última suma a la Fiscalía Local de Chañaral; procediendo López Villagrán a sustraer para sí, y para terceros el dinero restante, repartida entre los acusados de la siguiente manera: US$2.000 para Miguel López Villagrán; US$900 para Alejandro Castillo Castillo; US$6.000 para Víctor Hernández Reyes; US$1.000 para Óscar Jorquera Gaete y US$500 para Iván Vásquez Jara.

Conforme el parte policial número 1.020 del 15 de diciembre de 2016, de la Primera Comisaría de Chañaral, quien estuvo a cargo del procedimiento fue el acusado Víctor Hernández Reyes y en la información entregada para la confección del parte policial y el acta de incautación que se proporcionó como antecedentes del procedimiento, así como el formulario de cadena de custodia, que informaba la incautación de US$11.000, se omitió la suma total del dinero incautado.

Además, en el curso de la investigación se comprobó que López Villagrán cambió US$2.000 a moneda nacional el 17 de diciembre de 2016 en la empresa AFEX, sucursal Copiapó. Así también, se informó por dicha empresa el 19 de diciembre de 2016, Marco Antonio López Fuenzalida (absuelto del delito de lavado de activos), padre del acusado López Villagrán, cambió a moneda nacional en una sucursal de la ciudad de Santiago, la suma de U$2.000; moneda extranjera cuyo valor de convertibilidad a diciembre de 2016 (valor promedio) ascendía a la suma $667,17 por dólar.

Ver fallo completo (PDF) AQUÍ

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